Sueldo Docente 2024: ¿Qué requisitos debe cumplir un profesor para recibir más de S/8 mil como remuneración mensual?

Según el Minedu, el sueldo más alto que puede percibir un docente en Perú es de S/8,681.40. Es necesario que los maestros cumplan una serie de condiciones para acceder a esta remuneración

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Profesores nombrados pueden ganar más de 8 mil soles mensuales si cumplen algunos requisitos |  Agencia Andina / Infobae Perú.
Profesores nombrados pueden ganar más de 8 mil soles mensuales si cumplen algunos requisitos | Agencia Andina / Infobae Perú.

El aumento salarial para los profesores en Perú ha sido motivo de discusión y expectativas en los últimos meses. Tras la oficialización del incremento en la remuneración, los docentes esperan con ansias conocer cuál será su nuevo sueldo para este año.

Como se sabe, todos los docentes no gozan del mismo sueldo. La remuneración mensual que perciben varía según el tipo de contrato que tienen, la escala magisterial a la que pertenecen y la horas laboradas.

En ese sentido, te cotamos sobre uno de los sueldos más llamativos que es el de S/8,681.40. Se trata de la remuneración más alta que percibe un profesor en Perú, y a la que un grupo exclusivo de docentes puede acceder si cumple una serie de requisitos.

Cabe mencionar que, este monto llamativo y tentador no solo refleja el reconocimiento a la labor docente, sino que además puede complementarse con bonos y asignaciones adicionales, dependiendo de los cargos y responsabilidades asignados.

Requisitos para acceder al sueldo docente de más de 8 mil soles

De acuerdo a la información dada por el Ministerio de Educación (Minedu), pueden acceder al sueldo de S/8,681.40 los profesores que:

  • Pertenecen a la categoría de docentes nombrados
  • Se encuentran en la octava escala magisterial
  • Cumplen una jornada de 40 horas laborales

¿Qué hacer para pertenecer a la octava escala magisterial?

Para pertenecer a la octava escala magisterial en Perú, generalmente se requiere cumplir con ciertos criterios específicos establecidos por el Ministerio de Educación. Aunque estos criterios pueden variar según las políticas y regulaciones vigentes, algunos requisitos comunes podrían incluir:

  • Ser profesor de la Carrera Pública Magisterial (CPM) perteneciente a la primera, segunda, tercera, cuarta, quinta, sexta o séptima escala magisterial. Este requisito se verifica a través del Nexus.
  • Contar con idoneidad ética, la cual se acredita mediante una declaración jurada virtual completada por el postulante durante la inscripción al Concurso de Ascenso 2023 - Educación Básica.
  • Tener la cantidad mínima de años de servicios oficiales en la escala magisterial de la CPM a la que pertenezca. Para la octava escala magisterial, se requiere un mínimo de 4 años de servicio oficial en zona urbana o 3 años en zona rural o de frontera.

Es importante que los docentes que deseen participar en el concurso se aseguren de cumplir con todos los requisitos establecidos por el Ministerio de Educación, y que actualicen y verifiquen su información personal y profesional en los sistemas dispuestos por el Minedu, ya que esta información se utilizará para emitir su informe escalafonario. Si deseas más información, INGRESA A ESTE LINK.

¿Cuánto ganarán los docentes nombrados este 2024?

Docentes rindiendo el examen de la Carrera Pública Magisterial 2023. Nuevo salario de docentes nombrados entrará en vigencia en el primer pago del mes de marzo | Crédito: Minedu.
Docentes rindiendo el examen de la Carrera Pública Magisterial 2023. Nuevo salario de docentes nombrados entrará en vigencia en el primer pago del mes de marzo | Crédito: Minedu.

Los docentes que cumplan con una carga horaria de más de 30 horas recibirán remuneraciones que oscilan entre S/3.100 en la primera escala magisterial y S/6.511 en la octava. Por otro lado, aquellos que trabajen 40 horas semanales podrán percibir entre S/4.134 y S/8.681, dependiendo de la escala magisterial a la que pertenezcan.

Las escalas se dividen en 8.

  • Octava (210%): S/6.511,05 para jornadas de 30 horas y S/8.681,4 para jornadas de 40 horas.
  • Séptima (190%): S/5.890,95 para jornadas de 30 horas y S/7.854,6 para jornadas de 40 horas.
  • Sexta (175%): S/5.425,88 para jornadas de 30 horas y S/7.234,5 para jornadas de 40 horas.
  • Quinta (150%): S/4.650,75 para jornadas de 30 horas y S/6.201 para jornadas de 40 horas.
  • Cuarta (130%): S/4.030,65 para jornadas de 30 horas y S/5374,2 para jornadas de 40 horas.
  • Tercera (120%): S/3.720,6 para jornadas de 30 horas y S/4.960,8 para jornadas de 40 horas.
  • Primera (100%): S/3.100,5 para jornadas de 30 horas y S/4.547,4 para jornadas de 40 horas.
  • Primera (100%): S/3.100,5 para jornadas de 30 horas y S/4.134 para jornadas de 40 horas.
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