JNJ: Subcomisión aprueba informe final que propone destituir e inhabilitar a los 7 miembros

Se acusa a los integrantes de la JNJ por la permanencia de la doctora Inés Tello tras haber superado los 75 años de edad. Fueron 14 votos a favor, 4 en contra y 2 abstenciones

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Congreso daría el primer paso
Congreso daría el primer paso para defenestrar arbitrariamente a los miembros de la JNJ. Composición Infobae.

La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso aprobó este viernes 16 de febrero el informe final que recomienda destituir e inhabilitar 10 años de la función pública a todos los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) por supuesta infracción constitucional.

El informe final recibió 14 votos a favor, 4 en contra y 2 abstenciones. Nuevamente, congresistas de Perú Libre y Fuerza Popular votaron en el mismo sentido.

Informe final elaborado por el congresista Esdras Medina. En este documento, el parlamentario atribuye a Imelda Tumialán, Aldo Vásquez, Henry Ávila, Inés Tello, Humberto de la Haza, María Zavala y Guillermo Thornberry haber infringido el artículo 156 de la Constitución, cuyo inciso 3 establece que para ser consejero se requiere ser mayor de 45 y menor de 75.

La infracción constitucional, según la denuncia, es que los integrantes de la JNJ habrían interpretado indebidamente la carta magna para permitir que Inés Tello se mantenga en el cargo tras haber superado los 75 años. Esto fue plasmado en la resolución 224-2020-JNJ, suscrita por los 7 miembros.

Cabe precisar que dicha resolución de la JNJ se amparó en un informe técnico emitido por la Autoridad Nacional de Servir que concluyó que el rango etario de entre 45 y 75 años establecido en la Constitución solo es aplicable al momento de postular.

El informe final contra la JNJ

En el informe final se consigna que los exmiembros de la Comisión Especial JNJ citados, Ernesto Blume, Walter Gutiérrez y José Lecaros, coincidieron “de manera inequívoca e inobjetable” en que el rango etario es una “condición de entrada y una condición de permanencia” como integrante de la JNJ.

Sin embargo, se omite que Blume, en 2019, sabía la edad de Tello de Ñecco y se mostró a favor de que permanezca los 5 años de mandato en caso fuera elegida. Esto fue lo que dijo el expresidente del Tribunal Constitucional en dicha oportunidad:

“Todo un gusto tenerlo en la Comisión Especial, sobre todo conociendo su trayectoria. De llegar a usted ser miembro de la Junta Nacional de Justicia, con toda la experiencia vivida que usted tiene, ¿qué medidas tomaría en términos inmediatos, concretos al asumir el cargo? Acá le hago una precisión: No dentro de los siguientes 8 meses, sino considerando que usted cumple el requisito para postular que es tener entre 45 años y 75 años, y una vez electa, pues, la ley no dice que tiene usted que cesar en un tiempo determinado, sino al concluir su mandato. No se construya a los 8 meses, sino en forma incondicionada a un tiempo, pero sí urgente. ¿Qué medidas tomaría?”
Pregunta de Ernesto Blume a Inés Tello durante el proceso de selección de miembros de la JNJ en 2019 | Justicia TV

El informe final también sostiene que Servir no tendría “facultades para interpretar la Constitución en forma vinculante”. Sin embargo, la Ley que crea la institución establece como función “emitir opinión técnica vinculante en las materias de su competencia”.

¿Qué seguiría?

En caso de que la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales apruebe el informe final, el documento pasará a la Comisión Permanente, que deberá debatir y votar las conclusiones.

En caso sea ratificado, el informe final pasará al Pleno del Congreso. Debido a que se trata de una propuesta de inhabilitación, se requiere del voto de los 2/3 del número legal de congresistas, sin participación de los parlamentarios que integran la Comisión Permanente.

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