A menos de un mes de que inicien las clases del año escolar 2024 en todo el Perú , desde el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) hicieron hincapié en las obligaciones de deben cumplir los colegios públicos y privados para asegurar una educación de calidad e inclusiva con los estudiantes con discapacidad.
Estas disposiciones están contempladas en la Ley General de la Persona con Discapacidad (Ley 29973), la cual indica que toda persona con discapacidad tiene derecho a recibir una educación que responda a sus necesidades y potencialidades, en el marco de una efectiva igualdad de oportunidades.
“El Ministerio de Educación regula, promueve, supervisa, controla y garantiza su matrícula en las instituciones educativas públicas y privadas de las diferentes etapas, modalidades y niveles del sistema educativo nacional”, se lee en la norma.
“Ninguna institución educativa pública o privada puede negar el acceso o permanencia de una persona por motivos de discapacidad”, continúa el texto.
Obligaciones a tener en cuenta
Conadis enlistó las cinco obligaciones que toda institución educativa debe tener en cuenta antes de brindar el servicio a dicha población estudiantil:
-Reserva de vacantes: todas las escuelas se encuentran en la obligación de reservar al menos dos vacantes por aula, en todos sus niveles educativos, para alumnos con discapacidad leve y moderada. “Estas plazas deben ser publicadas oportunamente a través de sus canales de difusión”, informa el portal oficial de la institución en mención.
-Ambientes accesibles: si el colegio cuenta con alumnos con discapacidad física, deberá adecuar sus instalaciones a las necesidades del individuo, sin que esto implique cobros adicionales para los padres de familia.
-Material educativo accesible: según el tipo de discapacidad que tengan sus estudiantes, las escuelas deben tener materiales adaptados, tales como “información en sistema Braille, macrotipos, recursos audiovisuales traducidos en lengua de señas peruana, entre otros”.
-Adaptaciones metodológicas y curriculares: algunos estudiantes con discapacidad intelectual o psicosocial podrían necesitar de mayor tiempo para procesar información y ser evaluados, por tal motivo, esas indicaciones deben ser tomadas en cuenta en las sesiones pedagógicas.
-Docentes capacitados: los profesores que laboren en los centros educativos deberán estar capacitados para poder optar por una metodología de enseñanza, y herramientas pertinentes, para estudiantes con y sin discapacidad. “Desde un trato respetuoso hasta la forma de impartir las clases”, precisa la Conadis.
“Ante la posible vulneración de derechos, el Conadis pone a disposición de los padres de familia la línea gratuita 1866, a fin de que puedan recibir orientación legal gratuita por parte de especialistas de la Red Alivia Perú”, termina el comunicado del organismo adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP).
¿Las clases iniciarán el lunes 11 de marzo?
De acuerdo a los “Lineamientos para la prestación del servicio educativo en las instituciones y programas educativos de la Educación Básica para el año 2024″, que publicó el Ministerio de Educación (Minedu) hace un par de semanas, las clases escolares en el 2024 iniciarán el lunes 11 de marzo.
Sin embargo, la titular de la cartera, Miriam Ponce, precisó hace unos días que cada gobierno regional podrá determinar una fecha diferente. La reprogramación dependerá de las condiciones ambientales en las que se encuentre la jurisdicción.
“El alumno no podrá resistir si el calor es muy abrumador. Y en aquellas regiones donde se evalúe que no van a poder iniciar porque el calor va a estar demasiado fuerte, el gobierno regional tendrá que sustentarlo. En Lima, las características son diferentes y cada caso se puede ver con las unidades de gestión educativa local que evalúan el proceso”, anotó la ministra Ponce al explicar la directiva.