Trabajadoras del hogar deben recibir gratificación: ¿qué otros derechos tienen y cuáles son las multas por incumplir?

El Poder Judicial advierte que cumplir con las condiciones laborales de las trabajadoras del hogar, desde el número de horas hasta la prohibición de descuentos, es obligatorio

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Revisa los derechos y sanciones
Revisa los derechos y sanciones por no cumplir con lo estipulado en las normas a favor de las trabajadoras del hogar. - Crédito: Andina

En 2021, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) oficializó la aprobación del Reglamento de la Ley N.º 31047, normativa destinada a mejorar las condiciones laborales de las trabajadoras y trabajadores del hogar. La legislación contempló aspectos fundamentales como la obligatoriedad de un contrato escrito, la estructura del salario, el derecho a gratificaciones, y la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), entre otros beneficios clave.

Este reglamento representó un avance significativo en la lucha por la igualdad de condiciones en el ámbito laboral, ya que estableció un marco legal más sólido para proteger los derechos de las empleadas domésticas en el Perú.

Así, en un reciente pronunciamiento, Miguel Ángel Díaz Cañotejuez superior de la Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Lima Este, subrayó la importancia de la promoción y defensa de los derechos de las trabajadoras del hogar en la región, puesto que dicho enfoque busca asegurar que se respeten las garantías fundamentales de este sector, a menudo marginado en el ámbito laboral.

¿Cuáles son los derechos de las trabajadoras del hogar en el Perú?

De acuerdo al experto, en Perú, la Ley 31047 y su normativa complementaria, el Decreto Supremo 009-2021-TR, han sido diseñadas con el objetivo de mejorar las condiciones laborales de las empleadas domésticas, al alinearse con los estándares establecidos por el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Esta legislación busca proporcionar a estas trabajadoras tengan los mismos derechos que gozan aquellos en el sector privado, como salarios mínimos, gratificaciones y descansos adecuados.

Además, el reglamento establece que todos los empleados domésticos, ya sea que residan o no en el lugar de trabajo, contratados por tiempo indefinido o determinado, y sin tener en cuenta la cantidad de horas trabajadas, tienen derecho a recibir dos bonificaciones anuales: una por las Fiestas Patrias y otra en Navidad. Esta disposición legal es fundamental para garantizar los derechos y beneficios de los trabajadores del sector, por lo que se ofrece una compensación equitativa y obligatoria por parte de sus empleadores.

“Las condiciones de alojamiento y alimentación no son parte de la remuneración, por ningún motivo la persona empleadora del hogar descuenta estos de la remuneración o los contabiliza como parte de la remuneración”, recalcó el decreto, publicado en el 2021.

La persona trabajadora del hogar también tiene derecho a un descanso vacacional anual de 30 días calendario luego de un año continuo de servicios. Finalmente, se estableció que los empleadores tienen la facultad de definir y modificar los horarios y la duración de la jornada de trabajo, sin sobrepasar las ocho horas diarias ni las 48 horas semanales.

¿Qué multas corresponden a quienes incumplan los derechos de las trabajadoras del hogar?

En el 2021, se anunció la aplicación de sanciones más rigurosas para empleadores de trabajadores del hogar que incumplan con las normativas establecidas en el régimen especial, las cuales continúan vigentes. Estas medidas se establecen para combatir las infracciones relacionadas con el incumplimiento de las condiciones laborales y de la obstrucción a las labores de inspección.

El siguiente esquema de penalizaciones se basa en la identificación de cada infracción como un acto individual, aplicado a cada trabajadora afectada, a fin de intensificar la responsabilidad de los empleadores en el ámbito doméstico:

  • Si la infracción es leve, le corresponde 0,05 de una UIT.
  • Si la infracción es grave, le corresponde 0,13 de una UIT.
  • Si la infracción es muy grave, le corresponde 0,25 de una UIT.
  • Si la infracción es muy grave y está tipificada en los numerales 25.7 y 25.18 del artículo 25, le corresponde 4,50 de una UIT.

Instan a denunciar incumplimiento de derechos de trabajadoras del hogar

Aprueban guía para prevenir y
Aprueban guía para prevenir y sancionar hostigamiento sexual contra trabajadoras del hogar. (Agencia Andina)

El juez Díaz informó que las trabajadoras del hogar en Perú ahora cuentan con la posibilidad de presentarse directamente ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) para exponer reclamos relacionados con sus condiciones laborales.

Esta medida facilita un canal más accesible para que este sector laboral, a menudo vulnerado, ejerza sus derechos. Además, se ha enfatizado la opción de que los empleados domésticos puedan acudir al Poder Judicial para presentar reclamaciones laborales, al optar por instancias como los juzgados de paz letrado o juzgados especializados, según el caso.

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