Una decisión tomada por la Secretaría Técnica del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) señaló que se deberá sancionar al ex juez supremo Javier Enrique Mendoza Ramírez por haber cometido plagio. La infracción se cometió en el año 2015, cuando el magistrado realizó la redacción de una sentencia, pues tomó párrafos completos de otras obras sin citar a sus autores.
Según el informe correspondiente, se indicó a la Comisión de Derechos de Autor de la entidad que se declare como responsable a Mendoza Ramírez debido a que él fue el juez ponente de la sentencia de la sentencia casatoria de las salas civiles de la Corte Suprema de Justicia.
Según se reportó en La República, el informe escrito por la secretaria técnica de Indecopi, Lourdes Marjorie Herrera Tapia, también indica que en este caso corresponde que el juez tenga una multa equivalente a cuatro unidades impositivas tributarias (UIT), que según el valor que estas tienen en el año 2024 implicaría el pago de 20.600 soles.
Aunque la sentencia fue emitida en noviembre del 2015 y publicada en el Diario Oficial El Peruano en diciembre de ese mismo año, la denuncia fue presentada dos años después, en el año 2017, por el ex juez Gunther Hernán Gonzales Barrón. Sin embargo, esta fue negada inicialmente por Indecopi, pues el abogado no era la parte agraviada por la falta del magistrado Mendoza Ramírez.
Quienes sí fueron afectados por el plagio cometido fueron los juristas Fort Ninamancco, Julio Pozo Sánchez, Héctor Lama More, Juan Luis Avendaño Valdez, entre otros que participaron en la creación de los textos originales. Sin embargo, el Poder Judicial señaló que la demanda por infracción en contra del derecho a la propiedad intelectual sí procedía y ordenó que Indecopi inicie las investigaciones correspondientes.
En total fueron tres obras las que fueron citadas por Mendoza Ramírez en su sentencia casatoria de las salas civiles de la Corte Suprema de Justicia:
- ‘Embargo inscrito versus propiedad no inscrita. Un enfoque jurisprudencial a propósito de los treinta años del Código Civil’, publicado en octubre del año 2014 (Fort Ninamancco Córdova).
- ‘Embargo inscrito y tercería de propiedad. Su oponibilidad a la jurisprudencia’ publicado en junio del año 2013 (Fort Ninamancco Córdova).
- ‘Entre dos derechos de diferente naturaleza: embargo vs. propiedad. ¡Prevalece el derecho de propiedad!’, publicado en julio del año 2013 (Juan Luis Avendaño).
“Se lesiona el derecho de paternidad cuando una persona no reconoce la paternidad de una obra correspondiente del autor y (...) se atribuye la autoría de esta, sea en forma parcial o total”, explicó el informe.
Presidenta Dina Boluarte también habría incurrido en plagio
Actualmente, la presidenta Dina Boluarte también está involucrada en un caso de plagio que está siendo investigado por el Poder Judicial, pues más de la mitad de su contenido (55%) sería una copia. Según el periodista Christopher Acosta, quien halló un ejemplar del texto en la Biblioteca Nacional y lo sometió al programa antiplagio ‘Turnitin’.
Más de 20 páginas incluyen contenido copiado de la argentina Gisele Jaquenod de Giusti, del mexicano David Sower Valencia Duran y hasta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, advirtió el reportaje. Incluso, la conclusión del libro fue calcada de manera íntegra.
Lo extraño del caso es que el libro solo fue utilizado por Boluarte y su colega Efraín Anaya, exconsejero destituido del antiguo CNM que la registró ante la Biblioteca Nacional del Perú. Sin embargo, al menos cuatro coautores declararon ante el Ministerio Público que desconocían de su existencia.
Al respecto, la penalista Romy Chang mencionó ante el programa Punto Final que el delito no calificaría para la prescripción porque, “si bien ella lo hizo hace muchos años, lo cierto es que el libro está impreso, se sigue consultando en la Biblioteca Nacional y sigue difundiéndose; entonces los afectados continúan siendo afectados, por tanto, podemos hablar de un delito continuado”.