María Benito, paciente de Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA), podrá ser desconectada del respirador artificial que la mantenía con vida y así acceder a una muerte digna. El Poder Judicial ordenó al Seguro Social de Salud (EsSalud) que la paciente pueda tener esta opción cuando lo requiera.
“(Se decide) exhortar al Décimo Primer Juzgado Constitucional cumplir a la brevedad con lo dispuesto en la presente resolución, por constituirse en tutela urgente los derechos constitucionales vulnerados”, dice el documento.
De acuerdo con la resolución, EsSalud deberá designar un médico para que aplique un sedante paliativo con el fin de evitar el sufrimiento de la mujer.
Esto está regulado en los artículos 4, 15 y 16 de la Ley General de Salud, Ley N.º 29414, y los artículos 17, y 24° del Reglamento de la Ley de los Derechos de las Personas Usuarias de los Servicios de Salud, Decreto Supremo N.º 027-2015.
El profesional elegido no incurrirá en responsabilidad penal, es decir, que no podrá ser denunciado, debido a que este proceso está regulado. “Siendo un acto previsto en la norma peruana, no se requiere de mayor protocolo, dejando sentado que el acto a realizar es atípico a la norma penal”, se lee en el texto.
Una de las objeciones que había sobre este procedimiento era que, según su abogada Josefina Miró Quesada, el pedido era en realidad una eutanasia. “(Ese es) un procedimiento médico diferente en el que un médico deliberada, directamente u intencionada causa una muerte en cuestión de segundos a pedido de un paciente. Claramente, este no es el caso”, precisó a Infobae Perú.
Por otro lado, Josefina comentó que las observaciones indicaban que Benito habría perdido la capacidad absoluta de ver. “No sé de dónde saca las fuerzas para seguir luchando, para autodeterminarse en su proceso de muerte y decidir sobre su vida”, mencionó a este medio.
Este cambio era significativo para la calidad de vida de María, debido a que ella utilizaba su vista para tener contacto con las personas que la rodean. “Lo hace paulatinamente. Los cierra para decir que no y los abre para decir que sí. Hay una comunicación que le permite reafirmarse”, explicó.
Este es otro de los casos emblemáticos donde mujeres peruanas han logrado estar cada vez más cerca de tener una muerte digna, luego de que Ana Estrada logró su derecho a recibir eutanasia.
“Dejar partir también es una forma de amar y no ser tan egoístas. La muerte es parte de la vida, pero a nadie le gusta (hablar) de la muerte, como si fuésemos inmortales. Si se hace justicia, porque todavía creo en ella, me gustaría irme sin darme cuenta”, dijo María en una oportunidad.
¿Qué pasó con Ana Estrada?
En el caso de Ana Estrada, EsSalud resolvió las observaciones planteadas al protocolo de eutanasia de Ana Estrada, de 45 años, quien padece de polimiositis, una enfermedad que también es incurable y degenerativa.
Esta decisión fue comunicada mediante un memorando de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica del Hospital Rebagliati, detallando que las sugerencias hechas anteriormente por el Séptimo Juzgado Constitucional habían sido incorporadas.
Entre los ajustes que se establecieron destacan dos observaciones: la posibilidad de que Estrada designe a alguien de su confianza para firmar el consentimiento informado de la eutanasia en caso de que ella no pudiera hacerlo y también se le permite escoger un médico de su confianza para llevar a cabo el procedimiento, emulando prácticas de países como Países Bajos o España.
La defensa legal de Ana, liderada por Miró Quesada y Percy Castillo, enfatizó que esta decisión no solo representa un triunfo personal para ella, sino también para todas aquellas personas en situaciones similares que buscan morir sin sufrimiento y en paz.