Ranking mundial de donación de órganos: Perú cuenta con solo un donante por millón de habitantes, mientras España tiene 46

El país inca ocupa los últimos puestos en el ranking mundial mientras España se ubica en el primer puesto por años consecutivos, según el Registro Internacional en Donación de órganos y Trasplante

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España lidera el ranking mundial de donantes de órganos, mientras Perú ocupa el puesto 62 | Foto composición: Infobae Perú
España lidera el ranking mundial de donantes de órganos, mientras Perú ocupa el puesto 62 | Foto composición: Infobae Perú

De acuerdo a las autoridades médicas, una persona que dona sus órganos puede salvar hasta 8 vidas, en promedio. Lamentablemente, en el caso de Perú, la insuficiencia de voluntarios se convierte en un obstáculo significativo para hacer frente a la extensa lista de pacientes que aguardan ansiosamente la posibilidad de beneficiarse con un trasplante de órgano.

Según datos del Registro Internacional en Donación de órganos y Trasplante (con sus siglas en inglés IRODaT), Perú se ubica en el puesto 62 a nivel mundial en la cantidad de donantes fallecidos. Una situación totalmente diferente a lo que se vive en España, país que ocupa el primer puesto de la lista.

Las estadísticas del año 2022 muestran que hubo un promedio de 46,03 donantes fallecidos por millón de habitantes para órganos vitales como corazón, hígado, riñones, pulmones, páncreas y intestinos, mientras que en Perú la tasa fue de 1,20 donantes por millón de habitantes.

La leyes de España y Perú

Tanto en Perú como en España no es obligatorio ser donante de órganos en caso de fallecimiento, sin embargo, hasta hace unos meses existía un contraste en las constituciones de ambos países.

Madre dona riñón y salva la vida de su hija. (Foto: Andina)
Madre dona riñón y salva la vida de su hija. (Foto: Andina)

En España, la Ley 30/1979 sobre extracción y trasplante de órganos, opera bajo el principio de “consentimiento presunto” o “opt out” desde 1979. Es decir, todas las personas son consideradas donantes potenciales a menos que hayan expresado en vida su voluntad de no serlo. El sistema español de donación de órganos es uno de los más exitosos a nivel mundial, en gran parte debido a esta política y a una red bien organizada que facilita las donaciones y trasplantes.

Hasta el año pasado en Perú, la donación de órganos requería el consentimiento explícito del titular en su DNI o de sus familiares post mortem. No obstante, con la promulgación de la Ley nº 31756 en mayo de 2023, se estableció que todas las personas son donantes presuntos salvo que hayan expresado lo contrario o que exista una excepción conforme a la ley.

El Ministerio de Salud (Minsa) del Perú espera que con la nueva ley, la lista de pacientes en espera de algún trasplante sea cada vez menos.

¿Qué personas no pueden donar órganos en Perú?

En Perú, existen restricciones para la donación de órganos en caso de individuos con determinadas condiciones de salud. Por lo general, no pueden donar órganos:

  • Personas con enfermedades infecciosas activas, como VIH o algunas formas de hepatitis, que puedan transmitirse al receptor.
  • Individuos con enfermedades malignas en actividad, ya que existe el riesgo de transmitir el cáncer al receptor del órgano.
  • Personas con enfermedades sistémicas severas o con afectaciones multiorgánicas que comprometan la funcionalidad del órgano a donar.
  • Aquellos con antecedentes de uso de drogas intravenosas o conductas de riesgo que aumenten la probabilidad de enfermedades transmisibles.

Cabe resaltar que cada caso debe evaluarse individualmente por el equipo médico especializado, pudiendo existir excepciones según el estado específico del donante y del receptor.

Donación de órganos: ¿Qué pasa si no he declarado en mi DNI?

Beneficios para aquellos que pongan "Sí" en el DNI para donar órganos. (Foto: El Peruano)
Beneficios para aquellos que pongan "Sí" en el DNI para donar órganos. (Foto: El Peruano)

Si en tu Documento Nacional de Identidad (DNI) no especificaste tu voluntad respecto a la donación de órganos, con la promulgación de la Ley Nº 31756 en Perú, se presume que eres un donante, a menos que hayas declarado lo contrario a través de los medios establecidos por la ley. La ausencia de una especificación en el DNI no exime de la aplicación de la presunción de donación.

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