El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha determinado los lineamientos que deben seguir los padres de familia y las instituciones educativas privadas para este año escolar 2024.
En entrevista con RPP, Milagros Pozo Ascuña, directora de Fiscalización del Indecopi, confirmó que estas instituciones particulares solo pueden hacer tres tipos de cobros:
- Cuota de ingreso: Se deposita cuando el menor va a ingresar por primera vez al colegio.
- Matrícula: El pago de la matrícula, que se da antes del inicio de clases, no puede ser mayor que la pensión.
- Pensión: Se cancela mensualmente al finalizar cada periodo educativo; es decir, si las clases comienzan los primeros días de marzo, como normalmente se da, entonces el 30 o 31 de ese mes recién se puede cobrar.
En el caso de que el niño o adolescente sea cambiado de escuela, se puede devolver el monto de ingreso, pero los padres deben ser informados de las condiciones y el procedimiento.
Además, Milagros Pozo aclaró que como en el país hay un mercado libre, y, por lo tanto, no existe una regulación de precios, el Estado no puede poner topes para los colegios particulares en cuanto a matrícula, pensión u otro cobro.
“Lo que sí puede hacer el Estado, y de hecho lo hace a través de las normas de servicio educativo, es establecer las condiciones para informarle a los padres de familia para que, cuando comience un nuevo año, yo no me vea sorprendido como mamá o como papá, que me están subiendo la pensión”, explicó.
“Desde el año pasado iniciamos una campaña en los centros educativos para recordarles nuevamente que esta obligación la tienen que hacer antes de iniciar el proceso de matrícula, qué es lo que tienen que informar y adicionalmente, hemos supervisado algunos colegios para verificar que hayan cumplido”, añadió.
Luego, indicó que las pensiones solo se depositan una vez que ha culminado el periodo de clases mensual. “Me pueden cobrar a partir de fin de marzo, nada de la quincena. Las últimas excepciones son en julio y diciembre, donde el periodo educativo acaba antes. Evidentemente, se cobra antes. Normalmente, son nueve mensualidades o 10 teniendo en cuenta la matrícula.”, sostuvo.
Sin embargo, aseguró que las escuelas no pueden pedir la matrícula y la pensión al mismo tiempo. “Normalmente, los colegios particulares inician sus clases en marzo. Entonces, estamos hablando entre marzo, mayo, junio, julio, hasta diciembre, que es donde se cobran las pensiones”, esclareció.
“A nivel nacional, hemos iniciado con comunicaciones a los centros educativos y también hemos fiscalizado que estén cumpliendo con estas obligaciones. De hecho, estamos en pleno análisis de toda la información que nos han mandado y en el caso de que encontremos una escuela que no ha comunicado, y está en el plazo, lo instamos para que lo haga. La finalidad de nosotros es que los padres de familia no se vean afectados”, contó al mismo medio.
Calendario del año escolar 2024
Si bien los colegios particulares no deben seguir exactamente el calendario del Minedu, deben ceñirse a la cantidad de horas lectivas. Este es el cronograma:
- Primer bloque de semana de gestión: Del 1 al 8 de marzo del 2024
- Primer bloque de clases: Desde el 11 de marzo hasta el 10 de mayo del 2024
- Segundo bloque de clases: Del 13 de mayo al 19 de julio del 2024
- Segundo bloque de semanas de gestión: Del 22 de julio al 2 de agosto del 2024
- Tercer bloque de clases: Del 5 de agosto al 11 de octubre del 2024
- Cuarto bloque de clases: Del 14 de octubre al 20 de diciembre del 2024
- Tercer bloque de semanas de gestión: Del 23 al 27 de diciembre del 2024