Un revés más a la lista. El Poder Judicial rechazó una segunda acción de amparo de la suspendida exfiscal de la Nación, Patricia Benavides, con la que pretendía anular la suspensión que le impuso la Junta Nacional de Justicia (JNJ) por presuntamente liderar una organización criminal.
Así lo decidió el juez John Paredes Salas, del Tercer Juzgado Constitucional de Lima, al declarar improcedente la demanda de Benavides Vargas de dejar sin efecto la resolución de la JNJ que la separa del Ministerio Público por 6 meses, en el marco del proceso disciplinario inmediato que se le instauró.
La decisión del magistrado se fundamenta, según la resolución judicial a la que accedió Infobae Perú, en que la exfiscal de la Nación “ha decidido seguir cuestionando lo decidido” (la suspensión) por la JNJ en sede administrativa. El juez se refiere a la reconsideración que formuló, cuya audiencia se llevó a cabo el pasado jueves 11 de enero.
“Esta situación descrita da como resultado que la demanda ha sido presentada en tiempo ‘prematuro’; pues al haber el demandante decidido culminar la vía administrativa, esta ha entendido que su situación aún no corre el riesgo de tornarse en ‘irreparable’, hecho que este juzgado considera acertado, teniendo en cuenta la calidad de la decisión administrativa que se cuestiona, de naturaleza provisional y de carácter preventivo”, se lee en el documento.
Es decir, la acción de amparo de Patricia Benavides incurrió en una causal de improcedencia: no haber agotado la vía previa/administrativa.
“Por las consideraciones antes expuestas, el Juez Titular del Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte de Justicia de Lima, ha resuelto declarar: Improcedente la demanda de amparo interpuesta por Liz Patricia Benavides Vargas en contra de la Junta Nacional de Justicia, por estar la misma inmersa en la causal prevista en el numeral 4 del artículo 7 del Código Procesal Constitucional”, decidió el magistrado juez John Paredes Salas.
Juez niega ‘ruleteo’
En su resolución, el juez John Paredes Salas niega que la defensa de Patricia Benavides haya incurrido en duplicidad de demandas o ‘ruleteo’. Esto fue advertido por el juez Jorge Luis Ramírez Niño de Guzmán, del Quinto Juzgado Constitucional de Lima.
“Cabe mencionar que ninguno de los hechos demandados en el expediente mencionado guarda identidad con los hechos demandados en presente proceso; en tanto, el único acto administrativo cuestionado aquí, conforme a la subsanación de la demanda, es la Resolución 198-2023- PLENO-JNJ, que dispone suspenderla de forma provisional, por el plazo de 6 meses, de su condición de fiscal suprema y fiscal de la Nación”, indicó el magistrado Paredes Salas.
Ordenó remitir un oficio al Quinto Juzgado Constitucional de Lima poniendo de conocimiento su respuesta respecto al aparente ‘ruleteo’.
Movidas en el TC
En relación a la demanda competencial contra la JNJ ante el Tribunal Constitucional, esta semana se han dado importantes movimientos en este caso.
Primero, el pleno del TC habilitó al magistrado Pedro Hernández, recientemente nombrado por el Congreso en una sesión sin debate, para intervenir y votar en la demanda competencial.
“Se dispone: el abocamiento del magistrado Pedro Alfredo Hernández Chávez al conocimiento del presente expediente y, a través de la Secretaría Relatoría, póngase a disposición del magistrado el video de la audiencia mencionada”, se lee en la resolución suscrita por el presidente del TC, Francisco Morales Saravia, quien generó polémica al contratar al procesado penalmente Heriberto Benítez como asesor jurisdiccional.
Segundo, Hernández Chávez ha convocado a una nueva audiencia para el lunes 22 de enero a las 8:15 de la mañana. Ahí escuchará los alegatos de las partes, Ministerio Público y la Junta Nacional de Justicia (JNJ).