Ucayali: PJ ordena a secta religiosa ‘menonita’ paralizar la deforestación en su territorio

Integrantes de la comunidad religiosa son acusados de realizar actividades extractivas y depredatorias en la selva central de la región Ucayali. Juzgado declaró fundada la medida cautelar que paraliza dichas acciones

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Comunidad menonita en Ucayali habría deforestado un área de al menos 50 000 metros cuadrados. Ivette Sierra Praeli/Mongabay
Comunidad menonita en Ucayali habría deforestado un área de al menos 50 000 metros cuadrados. Ivette Sierra Praeli/Mongabay

El Juzgado de Investigación preparatoria transitoria de Delitos Ambientales de la Corte Superior de Justicia de Ucayali dispuso una medida relevante frente a la presunta existencia de tala indiscriminada en la selva de Ucayali. Se trata de una medida cautelar aprobada que busca proteger el territorio forestal que ocupan los asociados de la Colonia Menonita Cristiana Agropecuaria Masisea, más conocidos como “menonitas”.

Como se sabe, en octubre del 2023, el Ministerio Público, a través de la Segunda Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Ucayali; dio inicio a una investigación en contra del los miembros de la colonia menonita por la presunta comisión del delito contra los Recursos Naturales, en la modalidad de Delito contra los Bosques o Formaciones Boscosas y Alteración del Ambiente o Paisaje.

Ello, luego de que se advirtiera que dicha agrupación había estado construyendo una trocha carrozable en los terrenos que adquirieron; los cuales están ubicados dentro de la Comunidad Nativa Caimito; en el distrito de Masisea, en Ucayali.

Resolución del Juzgado de la Corte Superior de Ucayali. Infobae Perú
Resolución del Juzgado de la Corte Superior de Ucayali. Infobae Perú

Según la resolución judicial a la que Infobae Perú tuvo acceso y que data del último 8 de enero, esta trocha carrozable estaría generando la deforestación de un área aproximada de 50 mil metros cuadrados; mediante la presunta tala ilegal de una parte del bosque ucayalino de “20 metros de ancho por una longitud aproximada de 2.5 kilómetros”.

Si bien las pesquisas en contra de la comunidad menonita se encuentra en un estado de investigación preparatoria, el juez a cargo de la sala, Omar Magno García Zavaleta resolvió declarar fundada la solicitud del fiscal Vladimir Rojas Arellano; ordenando la “suspensión inmediata de actividades extractivas, depredatorias, y cese de construcción de trocha carrozable (...) donde se estarían continuando con actividades de desbosque y tala ilegal”.

La orden del juzgado, a cargo de García Zavaleta, contempla que esta medida cautelar de paralización sea respetada “durante el tiempo que duran las investigaciones o eventualmente, todas las etapas procesales penales”. Esto incluye también el periodo del juicio oral, de llegarse a dicha etapa.

En ese sentido, el juez Magno García exhortó “al Juzgado de Paz Letrado de Masisea, a efectos de que, de acuerdo a la agenda de su juzgado, señale la fecha para la diligencia y ejecución de la presente medida”; a fin de notificar una copia de la resolución a cada una de las partes implicadas. Esto quiere decir, que tanto los ciudadanos menonitas como el fiscal que requirió la medida cautelar sean debidamente notificados por la autoridad judicial de dicha comunidad.

Juez confirmó existencia de trocha carrozable y presuntas actividades ilegales

Sustentos del Juez Magno García para determinar la detención de tala de los menonitas. Infobae Perú.
Sustentos del Juez Magno García para determinar la detención de tala de los menonitas. Infobae Perú.

En la resolución, el juez Margno García detalló entre los motivos que justificaron la medida, se encontraba la existencia de una serie de copias certificadas y actas de la Diligencia de Constatación Fiscal. Estos documentos, a los que García Zavaleta les da la razón, advierten que “efectivamente, se estarían realizando actividades de extracción; así como actos que estarían afectando y teniendo gran impacto ambiental negativo”.

De hecho, durante la constatación fiscal, el juez señaló que “se logró advertir una trocha carrozable en construcción aproximadamente de 20 metros de ancho por un largo aproximado de 2.5 kilómetros; asimismo, se advirtió una vivienda con acopio de trozas de madera de las especies Lupuna y Estoraque.

Como resultado, el magistrado de la Corte Superior de Ucayali consideró que “existen suficientes elementos de convicción que justifican la adopción de la medida de suspensión inmediata de la actividad contaminante, extractiva o depredatoria”.

“Al estar acreditada la existencia no solo de la verosimilitud del derecho invocado, y el peligro en la demora, sino también la existencia de una razón justificable, teniendo en cuenta que este tipo de medida cautelar constituye una medida necesaria y complementaria hasta el dictado de la sentencia condenatoria resulta pertinente ampararla”, dicta el fallo de García en favor de la medida.

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