El Gobierno observó la autógrafa de ley que busca revertir la medida que obliga a empresas e influencers divulgar su Registro Único de Contribuyente (RUC) en la publicidad digital tal como redes sociales. De esta manera, hasta que no se promulgue debidamente en las normas legales del diario oficial El Peruano, todo negocio deberá seguir incluyendo su razón social al vender por plataformas digitales.
Recordemos que en julio del 2023, entró en vigencia el Decreto Legislativo N° 1524 que disponía la obligación antes referida. Sin embargo, ante las críticas vertidas, el Gobierno dispuso un plazo de “marcha blanca” hasta el 31 de diciembre para la no aplicación de multas.
En ese ínterin, desde el Congreso de la República hubo posiciones contrarias de la referida norma. Parte de ello fue el proyecto de la parlamentaria Adriana Tudela, quien llevó hasta el Pleno su iniciativa de revertir la ley, logrando que esta sea aprobada con 75 votos a favor.
Algunos sectores consideraron la medida como una “barrera a la publicidad online”, mientras que otros apuntaban que favorecería a los consumidores para conocer a quienes contratan; además de facilitar la labor de la Sunat. Es bajo estos dos últimos criterios que el Ejecutivo decidió observar el Proyecto de Ley que eliminaba la obligación de incluir el RUC y la denominación/razón social de la publicidad.
El documento firmado por la presidenta Dina Boluarte y el premier Alberto Otárola señala que publicitar el número de RUC de los proveedores en los medios que emplee para ofrecer al mercado sus bienes o servicios, ayuda en dos aspectos:
- Mejorar la detección por parte de la Administración Tributaria cuando hace cruce de información, dado que contar con el número de celular no permite identificar al titular. Con lo que se supera el problema de trazabilidad de las operaciones.
- El cliente, en presencia del RUC también sabrá que puede pedir el comprobante de pago respectivo y también evita fraudes e incumplimientos.
Comisión de Economía deberá volver a analizar proyecto
Así, el Poder Ejecutivo envió la autógrafa de ley a la Comisión de Economía para un nuevo análisis. El mencionado grupo de trabajo evaluará si acoge la observación o si recomendará su aprobación por insistencia. De momento, la ley sigue vigente y se deberá continuar colocando el RUC y razón social en la publicidad.
Otro de los argumentos del Gobierno apunta que la presente ley no afecta la protección al consumidor. Ello en respuesta a la posición de la congresista Tudela, quien sostuvo que se trata de “una exigencia absurda” de colocar el RUC y razón social en la publicidad, la cual iba a tener un impacto negativo emprendimientos y consumidores peruanos.
“Es de resaltar que en la exposición de motivos del Proyecto que originó la Autógrafa no ha quedado acreditado cómo es que la consignación del número de RUC (…) puede afectar la libertad de empresa y derecho a la protección intelectual o industrial, por cuanto, no se limita el ejercicio de la libertad de expresión en la actividad comercial que se traduce en la actividad publicitaria”, se lee en el documento.
El gobierno también hace hincapié en la alineación de esta normativa con prácticas internacionales, citando como ejemplo a España, donde existe una exigencia similar en el ámbito de la publicidad digital.
Recordemos que Sunat dispuso un plazo hasta el 31 de diciembre para que las empresas se adecuaran a la norma. El beneficio de discrecionalidad suspendía la aplicación de multas para aquellos que no consignaran su RUC en la publicidad digital.
Ley que obliga RUC en redes sociales sigue vigente
Por tal motivo, desde el 1 de enero de 2024, hasta la fecha en que se publique el proyecto para eliminar esta medida, las empresas que no cumplan el mandato podrán ser multadas.
El proyecto, que pretende modificar el Decreto Legislativo 943 (Ley del RUC), fue aprobado por el Congreso en diciembre, argumentando que la inclusión del RUC en la publicidad digital era obsoleta y afectaba negativamente el diseño publicitario.
Esto se basa en la idea de que tal requisito constituye un obstáculo para la libertad de empresa y los derechos de propiedad intelectual.