El Poder Judicial concedió una nueva autorización al expresidente Martín Vizcarra para que acuda a la región Moquegua, durante los primeros cuatro meses de este año por razones laborales.
Como se sabe, Martín Vizcarra enfrenta un proceso penal por presuntas acciones corruptas durante su mandato como presidente regional de Moquegua. Actualmente, está sujeto a medidas cautelares, incluida la prohibición de salir de Lima Metropolitana sin autorización judicial, además de una orden reciente de impedimento de salida del país por 12 meses, dictada por la jueza Salcedo Guevara en el marco de este proceso penal.
En ese sentido, el fiscal Germán Juárez Atoche solicitó al Poder Judicial que imponga al exmandatario una condena de 15 años de prisión por el presunto delito de cohecho pasivo propio en perjuicio del Estado en relación con este caso.
Tras recibir la solicitud del exmandatario, la jueza Margarita Salcedo la aceptó, por lo que Vizcarra tiene permiso para ausentarse de Lima del 9 al 13 de enero, del 22 al 26 de febrero, del 1 al 5 de marzo y del 10 al 14 de abril de 2024.
Durante estos periodos, Vizcarra aseguró que realizará funciones como ingeniero de proyectos en la empresa Agrotécnica Estuquiña S.A.
La magistrada Salcedo autorizó la movilidad del exjefe de Estado únicamente por motivos laborales e indicó que el procesado debe llevar a cabo sus actividades profesionales en los días y horas solicitados. Así se lee en la resolución emitida el 8 de enero de 2024, según RPP Noticias.
La jueza también instó al jefe de la División de Protección de Dignatarios de la Policía Nacional del Perú (PNP) que envíe a su despacho un informe minucioso acerca del itinerario de viaje y las actividades del acusado, durante las fechas en las que se le concede el permiso judicial.
Este informe deberá ser remitido al día siguiente de concluido el viaje de Martín Vizcarra, con la advertencia de que, en caso de incumplimiento de esta orden, se enviarán copias al Ministerio Público para que inicie una investigación por el delito contemplado en el artículo 368° del Código Penal, lo que se realizará sin perjuicio de que se comunique a la Inspectoría de la Policía Nacional.
Respecto a la reacción del Ministerio Público, cabe resaltar que no presentó una objeción a la solicitud de viaje de Martín Vizcarra. Pero solicitó a la jueza Salcedo que ordene al exjefe de Estado el estricto cumplimiento de las reglas de conducta impuestas.
También pidió que se le proporcione una descripción detallada de las actividades que llevará a cabo durante sus desplazamientos y evite realizar aquellas que no estén destinadas y aprobadas, especialmente actividades proselitistas.
Es importante destacar que el martes 9 de enero la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Moquegua anuló la decisión que consideraba prescrito el proceso penal contra el expresidente Martín Vizcarra por supuesta negociación incompatible en el caso de la represa Chirimayuni.
En este caso, el juzgado de primera instancia había aplicado la Ley 31751, también conocida como la ‘Ley Soto’, de forma independiente.
El tribunal mencionado se ajustó a lo establecido en el Acuerdo Plenario N° 05-2023/CIJ-112, que sostiene que dicha normativa es inconstitucional. En consecuencia, llevó a cabo un control difuso para respaldar las apelaciones presentadas por la Fiscalía y la Procuraduría Anticorrupción.
La Sala Penal de Apelaciones de Moquegua determinó que el proceso penal por negociación incompatible contra el exmandatario debe seguir su curso.
Se ha mencionado que el abogado de Martín Vizcarra, Fernando Ugaz, impugnará la resolución de segunda instancia. En tal caso, el expediente sería elevado a una de las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia para obtener una resolución definitiva.