Aparte de conseguir una vacante en un colegio privado, los padres de familia tiene otra gran preocupación en el inicio del Año Escolar 2024 que son la lista de los útiles escolares. Generalmente, existe la duda sobre enviar o no los materiales que serán usados a lo largo de los meses por sus pequeños hijos en los primeros días de clases, pero no necesariamente resultaría así.
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) implementó en el año 2023 hace una guía llamada ‘Checa tu cole’, donde brinda una serie de respuestas a preguntas que los papás y mamás se hacen cuando una institución educativa les exige que entreguen los implementos de sus niños.
Hay que tener en cuenta que esta guía no se encuentra vigente en la actualidad; sin embargo, anunciaron que vienen trabajando en una nueva que se emitirá próximamente.
Aunque son inciertos los cambios que se aplicarán en el nuevo reglamento, y en tanto se actualiza, la anterior guía se puede tomar como referencia para este nuevo año escolar.
¿Los útiles escolares se entregan en el primer día?
En su guía anterior, el Indecopi sostenía que los padres podrán enviar los útiles escolares de sus hijos cuando sean necesitados en el desarrollo de sus clases. Además, agregaba que el colegio privado debe fijar un plazo determinado para que los materiales sean entregados y no debería exceder más de los 30 días calendarios.
¿Se debe agregar útiles adicionales?
En la guía que aún debe ser actualizada, Indecopi recalca que el colegio privado no puede obligar a los papás y las mamás a entregar otros útiles adicionales a los solicitados para sus hijos como de aseo personal para el aula o materiales de utilidad para los docentes como plumones o tizas.
Igualmente, en dicho documento del 2023 anota que tampoco se debería aceptar del colegio privado que se compre materiales de alguna marca especifica porque se tiene la plena libertad para escoger de acuerdo a la realidad económica de los padres.
¿Los textos escolares deben ser nuevos o no?
Indecopi debe definir este punto. Como referencia, en la guía “Checa tu cole” del año 2023 se menciona que los textos escolares pueden ser nuevos o de segundo uso.
No es obligatorio adquirir nuevos, a diferencia de los “cuadernos de tarea, trabajo o de actividades”, que solo se pueden utilizar por única vez, pueden ser físicos (en papel) o virtuales (plataformas virtuales).
¿Los padres pueden influenciar en textos escolares de sus hijos?
En la guía anterior, Indecopi anotaba que el director del centro educativo privado debe promover la participación de las familias y sus órganos de representación (APAFA o Comités de Aula) y los libros podrían durar más años de lo establecido para los niños y las niñas.
¿Dónde se puede denunciar?
Indecopi ha establecido canales de atención a la ciudadanía para que reporte si estas recomendaciones no se cumplen en los colegios privados.
- Los padres de familia podrán escribir de manera anónima al siguiente correo electrónico: colegios@indecopi.gob.pe
- De otro lado también tienen la opción de resolver un problema con un colegio a través de sacreclamo@indecopi.gob.pe
- Líneas telefónicas: 224-7777 para Lima y 0800-4-4040 para provincias.
¿Qué otras obligaciones los colegios privados deben seguir?
Indecopi también estableció en el 2023 algunos lineamientos que los colegios privados deberían seguir con los padres de familia para ofrecer su servicio de matrícula y garantizar la igualdad de oportunidades.
- Condiciones de servicio: La entidad en mención hace hincapié en que se debe informar sobre el servicio educativo que se brindará con una anticipación no menor a los 30 días calendarios a la fecha en que inicia el proceso de matrícula.
“Entre la información que los colegios deben brindar se encuentran: monto y fecha de pago de la matrícula; monto, número y fecha de pago de las pensiones; monto y fecha de pago de la cuota de ingreso; posibles incrementos de pensión e información histórica del monto de pensiones, matrícula y cuota de ingreso de los últimos cinco años; si el colegio retiene certificados de estudios por la falta de pago de pensiones; el plan curricular de cada año lectivo, sistemas de evaluación y control de asistencia; número máximo de estudiantes por aula; servicios de apoyo para los estudiantes, entre otros”, señala el Indecopi.
- Cobros permitidos: Las instituciones educativas particulares solo deberán cobrar por conceptos de cuota de ingreso (se paga una sola vez a estudiantes nuevos y puede ser devuelto si el alumno se retira del colegio), matrícula (se cobra una vez al inicio del año y no debe ser mayor al monto de la pensión mensual) y pensión (se cobra mensualmente y luego de culminado el mes de enseñanza).
-Atención a estudiantes con discapacidad: Se debe garantizar una educación inclusiva a los “estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas o no a una discapacidad”. Todo trato debe ser en igualdad de condiciones que reciben los demás alumnos.
-Protección contra el bullying: Los colegios privados tienen la obligación de “promover medidas para la prevención y asistencia de casos de bullying, conforme a los protocolos establecidos por el Minedu”.
-Autorización de funcionamiento: Es necesario que los colegios privados obtengan permisos de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa Local para poder ofrecer sus servicios educativos.