¿Sabías que puedes solicitar 28 licencias laborales remuneradas en Perú? Conoce la lista

Conoce qué trabajadores pueden pedir estas licencias laborales en el país, entre las cuales están las usuales como por maternidad, paternidad, y también algunas como por adopción, para asistencia médica y atención de personas.

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Esta son las licencias laborales que puedes pedir con goce de haber en Perú. - Crédito Composición Infobae/Edwin Montesinos/Andina
Esta son las licencias laborales que puedes pedir con goce de haber en Perú. - Crédito Composición Infobae/Edwin Montesinos/Andina

Los empleados formales en Perú tienen una serie de beneficios laborales en su locales de trabajo. Entre estas están las licencias laborales, que son autorizaciones que se conceden a los trabajadores para permitirles ausentarse de sus puestos de trabajo durante un período determinado, sin que esto signifique perder su relación laboral o los derechos que derivan de esta.

En la mayoría de casos, estas deben ser remuneradas. ¿Sabías que hay 28 de estas que puedes solicitar en tu empleo con goce de haber? Conoce la lista.

En algunos casos, las licencias laborales en Perú tienen que ver con temas de salud. - Crédito Difusión
En algunos casos, las licencias laborales en Perú tienen que ver con temas de salud. - Crédito Difusión

Licencias laborales en Perú: ¿cuántas pueden darse?

Hay licencias que puedes pedir en tu trabajo muy conocidas, como la de maternidad, paternidad y por lactancia; sin embargo, el listado entero incluye a 31 de estas autorizaciones, de las cuales 28 son con goce de haber. Sin embargo, estas dependerán de la actividad que realice el trabajador y los acuerdos particulares con el empleador, así como también puede depender de la ubicación geográfica.

Licencias con goce de sueldo

  • Licencia por maternidad: una de las más conocidas, donde la gestante tiene derecho a 49 días de descanso prenatal y 49 días de descanso posnatal —98 días, poco más de tres meses—. La licencia puede ser extendida por 30 días en caso de un nacimiento múltiple o de niños con discapacidad.
  • Licencia por paternidad: asimismo, trabajadores cuyas parejas estén en periodo gestante tienen derecho a diez días de descanso posterior al parto. De igual manera, en caso de nacimientos prematuros o múltiples, el periodo se amplía a 20 días de descanso. Pero si el niño nace con alguna enfermedad congénita terminal o discapacidad severa esta licencia aumenta a 30 días. Esto también se amplía su la mare sufre de complicaciones.
  • Permiso por lactancia: las madres también tienen derecho a una hora diaria de permiso para lactancia, hasta el primer año de edad del niño. En caso de parto múltiple, este permiso aumenta a dos horas.
  • Licencia por enfermedad grave o accidente grave de familiares directos: En caso de que el padre, madre, pareja o persona bajo tutela del trabajador sea diagnosticado con una enfermedad terminal o grave, o si sufre un accidente que ponga en riesgo su vida, el trabajador podrá solicitar máximo siete días de descanso.
  • Licencia por fallecimiento: aquellos trabajadores que pierdan a un familiar directo (padres, hijos o hermanos) tienen derecho a una licencia por un periodo de cinco días. Según la norma vigente, la licencia podrá extenderse por días adicionales si las actividades fúnebres son en un lugar lejano.
Conoce lo que el nuevo reglamento de licencias por fallecimiento de familiares señala. - Crédito Composición Infobae/Camila Calderón/Andina
Conoce lo que el nuevo reglamento de licencias por fallecimiento de familiares señala. - Crédito Composición Infobae/Camila Calderón/Andina
  • Licencia para atención de familiares con alzheimer y otras demencias: los empleados que tengan familiares que padezcan este tipo de enfermedades y estén a cargo de su cuidado, tendrá un día de licencia (24 horas) al año. Esto significa que pueden usar estas horas continuamente o en partes durante el año.
  • Licencia para asistencia médica y terapia de rehabilitación de personas con discapacidad: los trabajadores con hijos o menores de edad bajo su tutela con alguna discapacidad tienen derecho a 56 horas de permiso al año. Estas también pueden ser tomadas de forma alterna durante este periodo, solo cobrando las necesarias en un día.
  • Licencia por hijo menor de edad con diagnóstico de cáncer: los trabajadores con hijos menores de edad y con diagnosticó de cáncer podrán solicitar esta licencia por un periodo no mayor a un año: los primeros 21 días son pagados por el empleador y luego de esto, EsSalud asumirá el pago restante.
  • Licencia para realizarse exámenes oncológicos preventivos: esta licencia da derecho a solicitar uno o dos días de descanso para asistir a exámenes preventivos oncológicos. Sin embargo, según el acuerdo con el empleador, las horas dejadas de laborar deberán ser compensadas más adelante
  • Licencia para realizarse exámenes de detección temprana de cáncer de mama y cuello uterino: Las trabajadoras tienen un día de licencia con goce de haber para poder realizarse exámenes de detección temprana del cáncer de mama y de cuello uterino.
  • Permiso para donar sangre: los empleados que son donadores de sangre tienen derecho a solicitar permiso a su empleador cuando se vaya a donar y solo por el tiempo que demande esta acción.
  • Descanso médico o por accidente: en caso de enfermedad o accidente, los trabajadores podrás tener descanso, la cantidad de días que indique el médico tratante, y deberán ser remunerados.
  • Permiso por tratamiento de tuberculosis: quienes estén bajo tratamiento por tuberculosis tienen derecho a ingresar una hora tarde o retirarse una hora antes de su horario con fines de cumplir con estas atenciones.
  • Licencia por siniestros: válido en el sector público, y se otorga por hechos fortuitos de desastres naturales como terremotos, inundaciones, huaycos, entre otros, o por fuerza mayor como incendios, conmoción social, etc. Esta es determinada por la autoridad competente y no puede exceder el plazo de treinta días calendario.
  • Licencia por estudios de posgrado, especialización o perfeccionamiento: se puede otorgar por un plazo máximo de 2 años.
  • Licencia por capacitación: se otorga por el tiempo de duración de la capacitación.
  • Licencia para trabajadores seleccionados para representar al Perú en eventos oficiales nacionales e internacionales: se otorga hasta por un máximo de 30 días hábiles a personas que deban asumir representación oficial del Estado peruano en certámenes nacionales o internacionales de carácter científico, educativo, cultural y deportivo
  • Licencia por citación expresa, judicial, militar o policial: se otorga a quienes deban concurrir a resolver diligencias judiciales, militares o policiales, se requiere presentar la notificación o citación respectiva, y por el tiempo que dure.
  • Licencia por declaración de testigos: se solicita con una constancia para sustentar ante el empleador la inasistencia y el pago de la remuneración por el tiempo de ausencia del empleadores que tenga obligación de declarar en un juicio.
  • Permiso a miembros del comité o al supervisor de seguridad y salud en el trabajo: según el caso, esta licencia se otorgan por treinta días naturales por año calendario para que estos empleados desempeñen sus funciones.
  • Licencia por representación sindical: esta licencia se podrás extender hasta por treinta días y el pago deberá ser asumido por la empresa.
  • Licencia por desempeñar cargo cívico y servicio militar obligatorio: esta licencia se otorga por el tiempo en que duren las funciones.
  • Licencia para bomberos voluntarios: esta licencia se otorga por el tiempo en que duren las funciones.
En algunos casos es necesario presentar la documentación que acredite la razón de la licencia. - Crédito Canva
En algunos casos es necesario presentar la documentación que acredite la razón de la licencia. - Crédito Canva

¿Qué licencias sin goce de haber existen?

  • Licencia por motivos particulares: la más común, la que solicitas por algún tema ajeno a los mencionados. Esta podrá ser otorgada hasta por 90 días (en un período no mayor de un año), y se dará de acuerdo a las razones que se expongan al empleador.
  • Licencia por violencia familiar: las víctimas de violencia familiar tienen derecho a una licencia que les permite suspender su relación laboral sin goce de haber hasta cinco meses.
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