Patricia Benavides: PJ rechaza medida cautelar que buscaba anular procedimiento disciplinario iniciado por la JNJ

Quinto Juzgado Constitucional de Lima indicó que el recurso de la exfiscal de la Nación contra la Junta Nacional de Justicia guarda similitud con otras demandas presentadas en juzgados del Poder Judicial y esto podría generar fallos eventualmente contradictorios.

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Patricia Benavides podrá ser investigada por JNJ: Anulan medida cautelar a favor de la exfiscal de la Nación| Composición Infobae (Clara Giraldo)
Patricia Benavides podrá ser investigada por JNJ: Anulan medida cautelar a favor de la exfiscal de la Nación| Composición Infobae (Clara Giraldo)

El Poder Judicial decidió declarar ‘inadmisible’ la medida cautelar que la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides, interpuso para suspender el procedimiento disciplinario inmediato que la Junta Nacional de Justicia (JNJ) le inició por presuntamente incurrir en falta muy grave por estar ligada a una red criminal que habría operado al interior del Ministerio Público durante su gestión.

En la resolución del Quinto Juzgado Constitucional de Lima, a cargo del magistrado Jorge Ramírez Niño de Guzmán, al que Infobae Perú tuvo acceso, se da cuenta que la decisión se sustenta en que el recurso planteado por Benavides Vargas guarda similitud con demandas presentadas en paralelo en otros juzgados del PJ, lo cual generaría “causal de improcedencia general”.

“De la sumilla de las otras demandas que se habrían presentado en otras judicaturas, habría también similitud en las pretensiones o que estas incluirían las de esta judicatura, sea en el principal o en el cautelar”, se lee en el fallo.

Además, se agrega que si Patricia Benavides ha solicitado la protección de los mismos derechos, similares al que interpuso en su medida cautelar, en otros juzgados podría generar fallos “eventualmente contradictorios”.

Poder Judicial declaró "inadmisible" la medida cautelar presentada por la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides.
Poder Judicial declaró "inadmisible" la medida cautelar presentada por la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides.

Precisamente, el juez Ramírez Niño de Guzmán ya había alertado sobre esta situación al rechazar hace días la demanda de amparo de la exfiscal de la Nación. En esa ocasión, alertó al Tercer y al Sexto Juzgado Constitucional de Lima que Patricia Benavides presentó múltiples recursos con el mismo pedido.

“Se advierte que se ha presentado la misma demanda (misma pretensión y mismas partes procesales) en este órgano jurisdiccional, (...), entre otros, evidenciando duplicidad de la presente demanda en otros procesos judiciales”, se lee en la resolución que Infobae Perú publicó al respecto.

El mismo criterio fue usado por el magistrado también para rechazar la medida cautelar de Patricia Benavides porque alega que tiene las mismas pretensiones, los derechos invocados y la supuesta afectación que denunció en su demanda de amparo por el procedimiento disciplinario que motivó su suspensión provisional por 6 meses.

Por ello, le exigió otra vez a la exfiscal de la Nación que aclare que al buscar la anulación del proceso que se le abrió en la JNJ, también tiene la pretensión de que se deje sin efecto la sanción que recibió el 6 de diciembre pasado.

Rechazan de plano uno de los amparos de Patricia Benavides
Rechazan de plano uno de los amparos de Patricia Benavides

Buscó adelantar audiencia

El martes pasado se conoció también que Patricia Benavides buscó adelantar la audiencia que vería su demanda de amparo contra la Junta Nacional de Justicia que está proyectarse a realizarse el 6 de marzo a las 9:00 horas.

La fecha no sería del agrado de la exfiscal de la Nación, quien presentó un escrito para que la vista de su causa se adelante al basarse en el artículo 12 del Nuevo Código Procesal Constitucional que establece que los procesos de amparo se lleven a cabo dentro de un plazo de 30 días hábiles. Así, buscaba que la audiencia se haga el 25 de enero.

No obstante, su requerimiento no fue aceptado por el magistrado Jorge Ramírez Niño de Guzmán, del Quinto Juzgado Constitucional de Lima, porque alegó que había alta carga procesal y vacaciones judiciales.

“Se debe tener presente que el juzgado fija fecha de la audiencia única teniendo en cuenta el orden de ingreso de los expedientes, los mismos que se fijan día con día teniendo en cuenta la agenda de Audiencias de despacho; por lo que para este proceso se fijó fecha de la audiencia única para el día 06 de marzo de 2024, ya que toda la agenda de despacho estaba copada con audiencias únicas de otros procesos; considerándose además los plazos de notificación y respuesta de la parte demandada”, se lee en la resolución a la que accedió Infobae Perú.

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