En diciembre de 2022 se hacía historia en la lucha contra la corrupción en Perú: era sentenciado el primer exmagistrado implicado en el caso Los Cuellos Blancos del Puerto tras enfrentar juicio oral—las condenas anteriores se lograron por colaboración eficaz o terminación anticipada—. Se trataba del exfiscal superior Carlos Sáenz Loayza, condenando a 6 años de prisión efectiva por invocar supuestas influencias en el Poder Judicial y ofrecerle al exalcalde del Callao Juan Sotomayor interceder a favor de la referida Municipalidad Provincial en un proceso contencioso administrativo.
La Sala Suprema Penal Especial, además de imponer 10 años de inhabilitación y una reparación civil de 100 mil soles tras hallarlo culpable de tráfico de influencias y patrocinio ilegal, ordenó la suspensión de la pena de prisión efectiva hasta que la sentencia sea confirmada por la Sala Penal Permanente.
Sin embargo, durante el trámite del recurso de apelación, el Congreso de la República promulgó la Ley 31751, conocida popularmente como ‘Ley Soto’, que fija en un año el plazo máximo la suspensión de la prescripción de la acción penal.
En la audiencia de apelación, que se realizó en octubre de 2023, la defensa del exfiscal Carlos Sáenz invocó dicha norma a fin de que se archive el delito de patrocinio ilegal. Y es que, con la nueva norma, dicho ilícito prescribe a los 4 años (2 años por prescripción ordinaria + un año de prescripción extraordinaria + un año de suspensión de prescripción).
Los hechos que se le imputaron a Carlos Sáenz datan de octubre de 2017, por lo que prescribió en octubre de 2021. El fiscal supremo provisional Samuel Augusto Rojas Chávez no pudo oponerse al pedido del abogado del exfiscal.
“Se ha vencido en exceso el plazo de la prescripción de la acción penal por el delito de patrocinio ilegal”, concluyó la Sala Suprema que preside el juez supremo César San Martín.
Respecto a los cuestionamientos que hizo la defensa del exfiscal contra los argumentos de primera instancia sobre el delito de tráfico de influencias, el tribunal supremo los rechazó y confirmó que el exfiscal intentó influir en los jueces y funcionarios de la Corte Superior de Justicia de Callo para que se retire o rechace la demanda contencioso-administrativa contra la gestión del exChimpun Callao Juan Sotomayor.
“Los agravios expresados no logran rebatir la contundencia de los elementos de prueba directos e indirectos que sustentan la condena del procesado por el delito de tráfico de influencias, por lo que este Tribunal reproduce in extenso los fundamentos del a quo (primera instancia) en este extremo, y se revoca solo el extremo de la pena impuesta”, se lee en la resolución a a la que accedió Infobae Perú.
La nueva pena
El exfiscal Carlos Sáenz Loayza fue sentenciado a 6 años de prisión efectiva por concurso real de delitos: 5 años y 4 meses por tráfico de influencias y 8 meses por patrocinio ilegal. Al haberse declarado prescrito este último, se elimina dicha sanción.
Luego, la Sala Penal Permanente reduce la pena restante a solo 4 años de prisión debido a que Sáenz Loayza “carece de antecedentes penales y no se aprecia la concurrencia de circunstancias agravantes”. Eso no es todo. También suspendió la ejecución de la pena por un periodo de prueba de 3 años y dictó una serie de reglas de conducta.
No se detiene
Según pudo conocer Infobae Perú, pese a que ya no irá a prisión, la defensa del exfiscal Carlos Sáenz no está de acuerdo con la sentencia de vista y ha formulado un recurso de casación excepcional, que probablemente sea declarado inadmisible.
Lo que Sáenz quiere, según se desprende de la audiencia de apelación, es que se le absuelva del delito de tráfico de influencias y se anule la reparación civil de 100 mil soles por considerarla “arbitraria e ilegal” y la inhabilitación de 10 años para ejercer cargos públicos.