Más impunidad. Otro sentenciado por robo agravado fue beneficiado con el Decreto Legislativo 1585, emitido por el Gobierno de Dina Boluarte, y salió en libertad condicional luego de que el Poder Judicial se viera en la obligación de suspender la pena de 5 años de prisión efectiva. Se trata de Héctor Huarancca Condori, quien fue condenado a 5 años de pena privativa de la libertad efectiva por una Sala Penal de Apelaciones de Cusco por intento de robo a una menor de edad de 15 años en 2016.
El sentenciado se encontraba purgando dicha pena en un establecimiento penitenciario en tanto su recurso de apelación era resuelto por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema.
En el trámite del recurso en sede suprema, el Gobierno publicó el Decreto Legislativo 1585, que, entre otros, modifica el Código Penal para habilitar al juez a suspender la pena privativa de libertad cuando esta no supere los 5 años (antes era 4 años) y cuando el autor carezca de antecedentes penales y sea menor de 25 años al momento de cometer el delito.
“Al recurrente Héctor Huarancca Condori, por la pena impuesta de 5 años, ingresa al ámbito de aplicación del numeral 1 del reciente modificado artículo 57 del Código Penal. Sobre lo cual debe señalarle que, de conformidad con lo establecido en el requerimiento acusatorio y en la sentencia recurrida, el encausado carece de antecedentes penales, tenía menos de 25 años cuando ocurrieron los hechos, el hecho condenable del delito tentado de robo ocurrió sin pluralidad de agentes, sin el uso de arma u objeto contundente dañino — piedra, palo, etcétera—; el comportamiento procesal no fue fugarse de la persecución penal o efectuar actos dilatorios u obstruccionistas; a la fecha se encuentra recluido en un establecimiento penitenciario como se apreció de la audiencia convocada en sede suprema, y no se informó que posea una personalidad o comportamientos antisociales y, menos, agresivos”, se lee en la resolución del tribunal supremo.
Por ello, la Sala Penal Permanente revocó el extremo de la sentencia apelada sobre la ejecución, suspendió la pena por un periodo de prueba de 4 años, ordenó su inmediata libertad y dictó reglas de conducta al condenado
El caso
El delito ocurrió el 5 de junio dicho año, cuando Huarancca Condori siguió por más de 4 cuadras a la menor de edad, que se dirigía a su domicilio tras cuidar a la hija de un vecino
“El imputado la alcanzó, le tapó la boca con una mano, con la otra la agarró del lado derecho de la cintura y la jaló aproximadamente unos 3 metros hacia una pared, donde le agarró la cabeza y, con una mano, le apretó la cara contra su pecho mientras que con la otra mano le rebuscó los bolsillos de ambos lados de la casaca y el pantalón. Ella llevaba 15 soles en un lado y 5 soles, en el otro, que el agresor no logró sustraerle porque la agraviada lo empujó y logró zafarse de él y correr hacia la casa de su tía para pedir auxilio”, acusó la Fiscalía.
Si bien en un inicio, el sujeto se alejó al ver a la mujer salir con una escoba en la mano, regresó a los minutos. Vecinos salieron en auxilio de la menor y su tía y amenazaron con lincharlo. Es en ese momento, que el imputado llamó a la Policía Nacional del Perú.
En primera instancia, Héctor Huarancca Condori fue absuelto ya que el Juzgado Penal determinó que el acusado se encontraba estaba en un estado de grave alteración de la conciencia por ebriedad absoluta. Sin embargo, en segunda instancia se revocó dicho fallo y se le impuso 5 años de prisión efectiva y una reparación civil de 3 mil soles a favor de la víctima menor de edad.