Adopción en Perú: Congreso propone ley para facilitar acogida de menores a cambio de beneficios tributarios

Las “adopciones especiales” buscan encontrar un hogar permanente para niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad

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Proyecto de Ley impulsa la
Proyecto de Ley impulsa la adopción de menores de edad en situación de vulnerabilidad a cambio de beneficios tributarios. (Foto: Composión - Infobae/Renato Silva/ANDINA/Gentileza Justicia Córdoba)

Una nueva iniciativa de ley, propuesta por la congresista Milagros Jáuregui (Renovación Popular) impulsaría la adopción de menores de edad a partir de los 6 años, que tengan condiciones de vulnerabilidad, como es el caso de aquellos que presentan problemas de salud, discapacidad e incluso grupos de hermanos.

El proyecto de ley, llamado “Ley que promueve las adopciones especiales para garantizar el derecho a vivir en familia”, y que se encuentra en etapa de revisión en las comisiones de ‘Economía’ y ‘Mujer y Familia’ del Congreso, sostiene que estos casos especiales de adopción deberán estar correctamente fundamentados con el fin de asegurar los intereses superiores de los menores de edad.

Además, como una forma de promover este tipo de adopciones de forma responsable, la legisladora propone que se reduzcan entre cinco y un máximo de 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) de las rentas de cuarta y quinta categoría (entre 24.750 y 49.500 soles) en caso de que las adopciones pertenezcan a este grupo vulnerable de menores de edad.

La propuesta indica que “para hijos adoptados con discapacidad o con problemas de salud graves se podrá deducir el 100% del total de los pagos realizados anualmente hasta un máximo anual de 10 Unidades Impositivas Tributarias por cada hijo adoptado”.

La congresista de Renovación Popular,
La congresista de Renovación Popular, Milagros Jáuregui, presentó un proyecto de ley para beneficiar con reducción de tributos a las familias que adopten a bebés en condición de vulnerabilidad, problemas de salud o con alguna discapacidad. (Foto: Captura/Congreso)

También se añade que “para hijos adoptados pertenecientes a un grupo de hermanos o mayores de seis años de edad adoptados se podrá deducir el 100% del total de los pagos realizados anualmente hasta por un máximo de cinco Unidades Impositivas Tributarias por cada menor adoptado”.

Según lo expuesto por la congresista Jáuregui en su proyecto, en los últimos cinco años, entre el 2018 y el 2023, se han producido 33.959 casos de desprotección a menores de edad, de los cuales 17.623 retornaron a sus hogares, 8.936 están en situación de acogidos por otras familias, mientras que 5.155 continúan en centros de acogida. Solo 720 fueron adoptados formalmente, lo cual da un promedio anual de 144 adopciones hasta la fecha.

En el documento, la congresista sostiene que “En suma, esta medida arrojará un costo beneficio favorable para el Estado y un beneficio mayor para las familias, pues, permitirán deducirse los gastos que realice en la crianza de los hijos adoptivos y finalmente será beneficioso para los menores adoptados, quienes contarán con un beneficio que promueva su inserción a una nueva familia”.

Cuándo se haría efectiva la norma

El documento, que deberá ser revisado por las comisiones pertinentes durante el siguiente periodo legislativo del Congreso, tendrá que superar su etapa actual, ser debatido en el Pleno, enviado al Ejecutivo para su promulgación y posteriormente se tendrá que publicar en el Diario Oficial El Peruano, un proceso que puede tomar buena parte del año 2024 en caso de que no se decida regresar a las comisiones para hacer textos sustitutorios o modificaciones adicionales.

El Congreso deberá debatir el
El Congreso deberá debatir el proyecto de ley durante su próximo periodo legislativo. (Foto: Andina)

En ese sentido, si bien es probable que la norma pueda ser aprobada durante el próximo año, esta tiene una condición particular para entrar en vigencia: requiere que su aplicación se produzca a partir del 1 de enero del año siguiente de su promulgación. “En la medida que la determinación de los pagos de todo tributo se realiza por periodos anuales y a fin de no afectar tal naturaleza, se establece que comience a regir con el nuevo periodo tributario”, se lee en el documento.

De forma adicional, aunque la propuesta sea aprobada en principio por el Congreso, su reglamento deberá ser elaborado por el ejecutivo en un plazo máximo de 30 días calendarios.

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