El gobierno de la presidenta Dina Boluarte aprobó el polémico Decreto Legislativo 1585, a finales de noviembre de 2023. Así, modificó varios artículos del Código Penal con la declaración oficial de reducir la sobrepoblación en las cárceles. En la práctica, este decreto facilita la liberación de delincuentes que enfrentan o han sido condenados a penas de privación de libertad, permitiéndoles evitar la prisión o ser liberados de ella, respectivamente.
Este último escenario es el caso de Jordan Arthur Carpio Laura, quien en octubre de 2022 fue sentenciado a 8 años de prisión efectiva por la Séptima Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima por el delito de robo agravado.
La defensa del condenado interpuso un recurso de nulidad ante la Corte Suprema. Debido a la carga procesal, la Sala Suprema Penal Transitoria recién llevó a cabo la audiencia el pasado viernes 15 de diciembre, donde determinó que la pena se estableció erróneamente y que esta tenía que reducirse a 5 años de prisión efectiva.
Sin el Decreto Legislativo 1585, el imputado habría sido ingresado un penal, ya que la conversión de prisión efectiva en servicios a la comunidad únicamente aplicaba para condenas de máximo 4 años. No obstante, el decreto suscrito por Boluarte aumenta este rango hasta los 5 años.
Aplicando esta disposición del Gobierno, la Sala Suprema Penal Transitoria transformó la pena de 5 años de cárcel efectiva en 260 jornadas de prestación de servicios a la comunidad.
El caso
Jordan Arthur Carpio Laura perpetró el delito en 2010, en el distrito limeño de Surquillo. Robó un celular y una cartera con dinero y objetos de valor.
“El 13 de marzo de 2010, aproximadamente a las 22:30 h, cuando los agraviados Juana Francisca Obregón Roque, Jorge Octavio Aponte Ramírez y las hermanas Katherin Silvana y Brenda Esthefani Aponte Obregón transitaban por el jirón Diana y la calle Poseidón en la urbanización Sagitario, del distrito de Santiago de Surco, el sentenciado Jordan Arthur Carpio Laura junto con otros, entre ellos el conocido como Lucho, empezaron a molestar a las agraviadas Katherin Silvana y Brenda Esthefani Aponte Obregón, para luego de forma violenta despojar a la primera de su MP4 y a la segunda de su cartera en la cual tenía su celular Nokia 5200 de color rosado, una cámara fotográfica, su documento de identidad y otros documentos, así como S/ 186,00, y la dejó solo con el asa de su cartera”, es el hecho descrito por el Ministerio Público.
Familiares de las víctimas salieron de sus viviendas para auxiliar a las agraviadas. Sin embargo, Carpio Laura llamó a un grupo de aproximadamente 20 personas para atacar, robar también a los familiares y darse a la fuga. El ladrón sería capturado a los minutos por una unidad de Serenazgo de la zona.
Con los elementos de convicción necesarios, la Fiscalía solicitó 12 años de prisión efectiva y una reparación civil de mil soles a favor de las víctimas.
Pese a que se trata de un hecho concreto, el caso se dilató más de una década. Incluso, en 2017, Carpio Laura fue declarado reo contumaz al no presentarse al juicio oral y se ordenó su ubicación y captura. El imputado estaba en Austria, donde fue a radicar, formar una familia y estudiar una carrera profesional.
Sería puesto a disposición de la justicia 5 años después, en 2022. Ya en la etapa de juzgamiento, el imputado reconoció los hechos que se le atribuyen con el objetivo de evitar el juicio oral e intentar obtener sin éxito una pena de prisión suspendida.
Más decretos cuestionados
El Gobierno de Boluarte, abusando de las facultades legislativas que le otorgó el Congreso, publicó el Decreto Legislativo 1605, que resta facultades al Ministerio Público en la conducción de la investigación.
A cambio, el decreto otorga facultades para investigar a la Policía Nacional del Perú (PNP). Según el exprocurador anticorrupción Antonio Maldonado, suprimir a la Fiscalía y dar atribuciones de investigación a la PNP son acciones propias de regímenes de países autoritarios, como El Salvador, Nicaragua y Guatemala.
“Después de 19 años, la Policía recupera las facultades plenas de investigar los delitos en la etapa preliminar y lo hace sin afectar un ápice las atribuciones del Ministerio Público. (...) Así se coordinarán y articularán esfuerzos y acciones con la Fiscalía y con los demás operadores de justicia con el fin de enfrentar estas lacras de la sociedad con herramientas jurídicas y legales efectivas para frenar su avance”, indicó la jefa de Estado.
El decreto aprobado por el Ejecutivo, que modifica el Nuevo Código Procesal Penal y concede facultades a la Policía Nacional del Perú (PNP) para llevar a cabo intervenciones sin la presencia del Ministerio Público, ha provocado una respuesta por parte de esta entidad. La Junta de Fiscales Supremos, a través de una carta, informó que revisaron las resoluciones publicadas el 21 de diciembre de 2023 durante la gestión de Dina Boluarte.
En este contexto, indicaron que estas disposiciones normativas atentan contra las funciones constitucionales de la institución. Por lo tanto, han decidido asignar a una comisión la evaluación de posibles acciones legales en contra de estas normativas que limitan las facultades.
Defienden decreto que perjudica a Fiscalía
El premier Alberto Otárola insiste en defender el cuestionado Decreto Legislativo que suprime facultades del Ministerio Público en la investigación del delito y se las otorga inconstitucionalmente a la Policía.
“Se produce delito y a veces los fiscales tardan en llegar y como son titulares de la investigación penal se pueden retrasar y pueden alterarse inclusive los medios probatorios”, indicó el premier.
Ante el comunicado de la Junta de Fiscales Supremos, respecto a acciones legales contra el referido decreto legislativo, el jefe del gabinete dijo someramente que estas normas respetan el “marco constitucional”.