Alberto Fujimori: ministro de Justicia y Canciller respaldan liberación del expresidente

El titular del Minjus, Eduardo Arana, y el ministro de Relaciones Exteriores rompieron su silencio sobre la excarcelación del exmandatario e indicaron que su postura no afectará la adhesión del Perú al sistema interamericano

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Ejecutivo se pronuncia luego de la liberación de Alberto Fujimori. TV Perú

Luego de más de 24 horas en silencio, el gobierno de Dina Boluarte explicó su posición sobre la liberación del expresidente Alberto Fujimori. A través de un pronunciamiento realizado por el ministro de Justicia, Eduardo Arana, y el canciller Javier González-Olaechea, anunciaron que acatarán la decisión del Tribunal Constitucional.

“Acorde al artículo 118, inciso 9 de la Constitución Política del Perú, es obligación del Poder Ejecutivo cumplir y hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los órganos jurisdiccionales. El gobierno ha procedido a acatar la sentencia del Tribunal Constitucional emitida el 17 de marzo del 2022 que resuelve el proceso constitucional de habeas corpus a favor de Alberto Fujimori”, mencionó Arana.

“En efecto, en el cumplimiento del mandato del supremo intérprete de la constitución política, el Instituto Nacional Penitenciario procedió a ejecutar los extremos del auto de fecha de 4 de diciembre del 2023 y disponer su libertad sin condicionamientos”, agregó.

Eduardo Arana declaró que el
Eduardo Arana declaró que el Estado está obligado a cumplir las sentencias de los órganos jurisdiccionales. | TV Perú

Por su parte, el titular del Ministerio de Relaciones Exteriores sostuvo que el acatar la sentencia del Tribunal Constitucional en lugar del de la Corte IDH no supone riesgos para el país.

“El cumplimiento de la sentencia del Tribunal Constitucional de ningún modo desconoce las obligaciones que se derivan de los tratados internacionales y del sistema interamericano de derechos humanos. Para tal virtud, ratificamos la firme adhesión del gobierno del Perú a la convención americana de los derechos humanos que garantiza la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad”, declaró.

Recolectan firmas para interpelar al ministro de Justicia

La parlamentaria Sigrid Bazán (Cambio Democrático) adelantó que se encuentra recolectando firmas para que el titular del Minjus acuda al Congreso a fin de responder por la excarcelación del exdictador.

Estas son las preguntas

  1. Detalle y responda por qué el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) dispuso la excarcelación del ciudadano Alberto Fujimori, desacatando lo dispuesto por la Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), de fecha 7 de abril de 2022.
  2. Detalle y responda por qué el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) dispuso la excarcelación del ciudadano Alberto Fujimori Fujimori, desacatando lo dispuesto en la Resolución del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), de fecha 5 de diciembre de 2023, en la cual se dispone que el Estado Peruano se abstenga de ejecutar la orden del Tribunal Constitucional del Perú de 4 de diciembre de 2023, en donde se ordenó la “inmediata libertad” de Alberto Fujimori, hasta tanto la Corte Interamericana de Derechos Humanos cuente con todos los elementos necesarios para analizar si dicha decisión cumple con las condiciones establecidas en la Resolución de la Corte IDH de 7 de abril de 2022.
  3. ¿El Ministerio a su cargo realizó un análisis previo sobre las implicancias legales, tanto nacionales como internacionales, de incumplir dos resoluciones del sistema interamericano del cual el Perú es parte?
  4. ¿El Ministerio a su cargo sostuvo reuniones con la señora Dina Boluarte, Presidenta de la República, así como Alberto Otárola, Presidente del Consejo de Ministros, previo a tomar la decisión de excarcelar al ciudadano Alberto Fujimori Fujimori? Detalle y responda en qué consistieron dichas reuniones y las conclusiones a las que se llegó.
  5. Detalle y responda, tomando en cuenta el marco normativo constitucional e internacional de derechos humanos, si las disposiciones del sistema interamericano son vinculantes para el Estado peruano.
  6. ¿Cuál es el estatus de un Estado que incumple lo dispuesto en el artículo 68 de la Convención Americana de Derechos Humanos que establece la obligación convencional de los Estados Partes a cumplir la decisión de la Corte en todo caso en que sean partes?
  7. ¿Cuáles son las implicancias económicas y en materia de promoción de las inversiones internacionales en el país, luego de tener la imagen de un Estado que incumple las decisiones de tribunales internacionales y que, por tanto, no genera un ambiente propicio para el fomento de la inversión?
  8. ¿Cuáles son las consecuencias legales que deben afrontar los jueces, incluyendo a los miembros del Tribunal Constitucional cuando desacatan sentencias del sistema interamericano?
  9. La Procuraduría ha señalado que Alberto Fujimori debe 57 millones por reparación civil. ¿Qué medidas está realizando su Despacho para hacer efectivo el cobro de la reparación civil?
  10. Mediante Oficio N° 211-2023-2024-GPCDJP-CR, de fecha 05 de diciembre, se trasladó el pedido de las víctimas de los casos Cantuta y Barrios Altos solicitando una reunión con su Despacho ¿Por qué motivos esta reunión no fue concedida? ¿Qué tipo de comunicación ha tenido el Estado con las víctimas antes de tomar la decisión de liberar a Fujimori?
  11. El indulto a Fujimori se otorgó en el año 2017 por razones de salud, no obstante, desde esa fecha hasta la actualidad el señor Fujimori ha estado en el penal sin que su estado de salud ponga en riesgo su vida ¿su Despacho ha evaluado la situación de salud del condenado Fujimori antes de ordenar su liberación?
  12. Para que responda y detalle: ¿En qué cambio la posición jurídica del Estado Peruano respecto del 2022, año en el que, respetando las obligaciones internacionales del Perú, decidió no aplicar la sentencia del Tribunal Constitucional que ordenaba la liberación del ciudadano Alberto Fujimori?
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