El juez Fernando Vicente Fernández Tapia, del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ica, no ejecutó la sentencia del Tribunal Constitucional que restablece el indulto a favor de Alberto Fujimori y ordenó la devolución del expediente al máximo intérprete de la carta magna.
Tras recibir el expediente de más de 900 folios por parte del TC, el magistrado de primera instancia indicó que no tiene competencia para ejecutar la sentencia debido a que la demanda de hábeas corpus no fue declarada fundada por su juzgado.
Además, a diferencia de los magistrados del TC, el juez Fernando Fernández reconoce que existe “escenario jurídico sobreviniente” en referencia a la resolución de supervisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que ordena al Estado peruano abstenerse de aplicar el indulto que otorgó PPK en la víspera de la Navidad de 2017.
“Corresponde al máximo intérprete de la Constitución como es el Tribunal Constitucional —además que dicha disposición del órgano supranacional está directamente dirigida a cuestionar tal fallo— dilucidar tal incertidumbre por constituir ello un análisis de fondo o sustancial, sobre el cual el despacho judicial carece de competencia en tanto está referida a los efectos de una sentencia emitida por el Tribunal Constitucional y la trascendencia que lo conlleva”, resolvió el juez de Ica.
Resolución sobre la ejecución del habeas corpus en favor de Alberto Fujimori by Infobae Perú on Scribd
La Corte IDH requirió al Estado peruano un informe sobre el cumplimiento de la resolución de abril de 2022, que bloqueó la liberación del exdictador. El Gobierno tiene plazo hasta el 6 de diciembre para presentar el documento.
Desacato
El presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Morales Saravia, asegura que las sentencias del TC tienen prevalencia sobre las resoluciones de la Corte IDH, pese a que el Estado peruano reconoce la competencia contenciosa del tribunal supranacional.
“En este caso, la que tiene prevalencia es la sentencia del TC. Las decisiones de la Corte Suprema (IDH) y su jurisprudencia las valoramos mucho, pero nosotros no nos hemos pronunciado sobre ese punto. En todo caso puede haber un debate sobre el alcance o no de esa decisión (de la Corte IDH). Depende ya de las autoridades penitenciarias de proceder con la excarcelación”, indicó Morales Saravia a RPP Noticias.
En tanto, el exagente del Estado peruano ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Adrián Simons, aseveró que las resoluciones de la Corte IDH sí son de obligatorio cumplimiento y recordó que la orden de no aplicar el indulto sigue vigente.
“La Corte le dice al Perú: ‘Tú no puedes implementar la sentencia’. Pero no ha cerrado la puerta. ‘No la puedes implementar debido a que no cumplió con las condiciones determinadas en la resolución de supervisión de cumplimiento de sentencia’”, declaró Simons a RPP Noticias.
Los 7 estándares para que Alberto Fujimori pueda disfrutar de un indulto son:
- Análisis de proporcionalidad
- Valorar la vida y salud del reo
- Tiempo de carcelería
- Pago de la reparación civil
- Conducta para esclarecer la verdad
- Reconocimiento de la gravedad de los delitos
Las condenas de Fujimori
El exdictador Alberto Fujimori fue condenado por varios delitos durante su mandato en la década de 1990. Entre las condenas más importantes se encuentran:
- Violaciones a los derechos humanos, incluyendo su responsabilidad en las masacres de Barrios Altos (1991) y La Cantuta (1992), donde grupos militares asesinaron a civiles.
- Corrupción, por haber cometido actos de malversación de fondos públicos y soborno.
- Autorización de pagos ilegales a su asesor Vladimiro Montesinos, que fueron desviados de fondos del Estado.
¿Quién es el juez de Ica?
Fernández Tapia registra diversos procesos y sanciones disciplinarias en la Oficina de Control de la Magistratura y la Junta Nacional de Justicia, incluso se solicitó su destitución por falta grave.
La OCMA solicitó a la JNJ la destitución del magistrado por haber ordenado la liberación de un miembro de la organización criminal “La Sagrada Casta de Ica”. Se le imputó de considerar únicamente pruebas a favor del acusado sin tomar en cuenta declaraciones de testigos protegidos que lo vinculan al grupo delictivo.
El órgano de control del PJ suspendió preventivamente a Fernández Tapia. La JNJ, aunque reconoció la gravedad de la falta, evitó la destitución optando por una sanción menos severa a ser determinada por la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA).
La JNJ argumentó que Fernández Tapia vulneró “el deber de impartir justicia con respeto al debido proceso”, pero consideró atenuantes en su conducta, como la valoración de otros elementos de convicción en la decisión judicial.