El juez Fernando Vicente Fernández Tapia, del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ica, ya recibió el expediente del hábeas corpus a favor del exdictador Alberto Fujimori que le remitió el Tribunal Constitucional tras rechazar pedidos de aclaración formulados por las partes.
Pese a que en ningún lado de la decisión se habla de dar cumplimiento a la sentencia del 2022, el presidente de esta institución, el magistrado Francisco Morales Saravia, aseguró que el juez de primera instancia sí debe liberar al exdictador pese a que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) invalidó el indulto restituido por la anterior conformación del TC.
Según Morales Saravia, las sentencias del TC prevalecen sobre las decisiones de la Corte IDH.
El juez Fernández Tapia deberá resolver: liberar a Alberto Fujimori o hacer un control difuso de convencionalidad y respetar la decisión de la Corte IDH de abstenerse a aplicar la gracia presidencial producto de una compra de votos para salvar a Pedro Pablo Kuczynski de una moción de vacancia.
Los antecedentes de Fernández Tapia
Fernández Tapia registra sanciones disciplinarias en la Oficina de Control de la Magistratura (ahora Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial).
Una de estas es por haber liberado indebidamente a un supuesto integrante de “La Sagrada Casta de Ica”, organización criminal investigada por homicidio, robo agravado, asociación ilícita para delinquir, extracción ilegal de especies acuáticas y tráfico de drogas.
Se le atribuyó a Fernández Tapia haber declarado fundado el cese de la prisión preventiva contra uno de los imputados valorando únicamente las declaraciones que favorecían al investigado y no contraponiéndolas con las declaraciones de testigos protegidos de la Fiscalía que afirmaban que sí pertenecía a “La Sagrada Casta de Ica”.
La queja llegó a la Oficina de Control de la Magistratura (ahora Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial) que solicitó la destitución del magistrado a la Junta Nacional de Justicia (JNJ). Como parte del proceso de instrucción, el juez fue suspendido preventivamente del cargo.
La JNJ confirmó que Fernández Tapia incurrió en falta grave al “haber vulnerado el deber de impartir justicia con respeto al debido proceso, en su manifestación de la motivación de las resoluciones judiciales consagrado en el artículo 139 numeral 5) de la Constitución Política del Estado”.
No obstante, los consejeros determinaron que el grado de culpabilidad del magistrado se aminora si se tiene en cuenta que “si bien omitió explicar el proceso mental por el cual los nuevos testimonios de los testigos protegidos desvanecían los dichos iniciales de esos mismos testigos, sí consideró otros elementos de convicción, haciendo respecto de ellos la valoración que le era exigible”.
Por ello, los consejeros de la JNJ concluyeron que no corresponde aplicar la sanción de destitución “sino una menor que compete imponer al órgano de control del Poder Judicial”. Es decir, la OCMA.
Corte IDH interviene
Este jueves 30 de noviembre, la Corte IDH solicitó al Estado peruano un informe sobre el cumplimiento de la resolución del 7 de abril que impide liberar a Alberto Fujimori.
De esta manera, el organismo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) recordó al Estado peruano que sigue vigente el punto de la decisión de 2022. Esta dice:
“El Estado del Perú debe abstenerse de implementar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional del Perú el 17 de marzo de 2022, que restituye los efectos al indulto “por razones humanitarias” concedido a Alberto Fujimori Fujimori el 24 de diciembre de 2017, debido a que no cumplió con las condiciones determinadas en la Resolución de supervisión de cumplimiento de sentencias”.