La Fiscalía de la Nación desistió del recurso de apelación contra la resolución del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria que rechazó el pedido para confirmar la incautación de 1.700 soles que se le encontró al expresidente Pedro Castillo al momento de ser detenido en flagrancia, tras el fallido golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022.
De acuerdo con la hipótesis inicial de la Fiscalía, el monto incautado habría estado destinado a financiar las pretensiones de Castillo Terrones de disolver inconstitucionalmente el Congreso, intervenir el sistema de Justicia e instaurar un gobierno de excepción.
El recurso de desistimiento fue presentado por el fiscal supremo provisional Helder Terán Dianderas a las 8:30 am de este miércoles 22 de noviembre, media horas antes de que la Sala Suprema Penal Permanente que preside el juez supremo César San Martín inicie la audiencia de apelación.
El fiscal adjunto supremo Alcides Chinchay Castillo sustentó en la audiencia la decisión del Ministerio Público de retirar la apelación.
“Los 1.700 soles que se han hecho alusión son un mero hallazgo, no constituyen objeto de ninguna de las 2 formas de incautación que prevé el ordenamiento procesal penal. En consecuencia, no sería necesario ni procedente hacer la confirmatoria judicial que ha sido denegada en primera instancia. Por esa razón, el Ministerio Público se desiste del recurso de apelación y, por lo tanto, pasa a consentir el extremo de la resolución de primera instancia”, expresó Chinchay Castillo.
El abogado del exmandatario, Wilfredo Robles, y el exjefe de Estado se mostraron de acuerdo con la explicación de la Fiscalía.
Finalmente, el juez supremo César San Martín aprobó el desistimiento de la Fiscalía y declaró firme la decisión del juez supremo Juan Carlos Checkley.
Los S/ 1.700 de Castillo
En setiembre de este año, el juez supremo provisional Juan Carlos Checkley, del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, rechazó el pedido de confirmación de incautación de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos.
Checkley consideró que los 1.700 soles que llevaba Pedro Castillo al momento de ser detenido “no tendría relevancia significativa en el contexto del delito” de rebelión o, alternativamente, conspiración, que “por su propia naturaleza implica recursos de mayor valor”.

“Los 17 billetes de 100 soles cada uno incautados, en consideración de este juzgado, no tienen relación con la investigación seguida contra Castillo Terrones, por lo que la solicitud de confirmatoria de incautación debe ser desestimada”, resolvió el magistrado supremo en la resolución de primera instancia.
En su fallo, Checkley también cuestionó que la Fiscalía solicite la confirmación de la incautación en agosto de 2023, cuando la detención del expresidente se efectuó el 7 de diciembre del año pasado.
Hábeas corpus
La defensa de Pedro Castillo, así como abogados entusiastas, han presentado múltiples recursos de hábeas corpus para liberar al expresidente y anular la vacancia del 7 de diciembre.
Un par de estos recursos han llegado al Tribunal Constitucional luego de ser desestimados en primera y segunda instancia del Poder Judicial.
Paralelo al proceso constitucional, el proceso penal avanza. Por ejemplo, la semana pasada, el Poder Judicial levantó los secretos de telecomunicaciones y bancario del exmandatario y de los exministros Juan Silva (Transportes y Comunicaciones) y Geiner Alvarado (Vivienda, Construcción y Saneamiento) en el marco de las investigaciones de los casos Petroperú, Puente Tarata y Ministerio de Vivienda.

De esta manera, la Fiscalía tendrá acceso a los registros telefónicos (números, llamadas y mensajes) y a los reportes bancarios (cuentas, depósitos, transferencias) de los mencionados investigados.
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