¿Cuánto cobrarán los fonavistas en diciembre? Todo lo que se sabe sobre la devolución de aportes

Si eres una de las miles de personas que aportó al Fondo Nacional de Vivienda, descubre toda la información que se tiene, hasta el momento, sobre el desembolso que iniciará el próximo mes

Fonavi 2023: si aportaste, prepárate para cobrar este años. Esto es todo lo que tienes que saber de la devolución de fondos. - Crédito Composición Infobae Perú/Edwin Montesinos/Andina

Buenas noticias para las miles de personas que fueron parte del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) y que estaban a la expectativa de la devolución de sus aportes. Luego de muchos años de lucha, el gobierno promulgó el pasado 11 de noviembre la Ley 31928, la cual permite la devolución parcial de aportes, y el titular del Ministerio de Economía, Alex Contreras, confirmó que el pago se realizará desde el próximo 14 de diciembre.

“Apostamos a que en esta Navidad los fonavistas puedan cobrar, porque ya tendrán cuentas individuales. Tenemos recursos por cerca de 2,400 millones de soles y si sumamos las cuentas por cobrar que tiene el fondo llegan alrededor de 5,000 millones más. Esto, sin duda, ayudará a la reactivación de este segmento vulnerable de la población”, detalló.

“Es una promesa que está cumpliendo esta gestión, de generar cambios, de reponer esta deuda histórica que desafortunadamente ha dejado a muchos ciudadanos vulnerables sin los recursos aportados”, agregó el líder del MEF.

Si bien ya existe la fecha de pago, aún son muchos los fonavistas que se preguntan cuánto recibirán, considerando que el presupuesto destinado para iniciar con los pagos es de 2.400 millones de soles y que se priorizará a los aportantes mayores de 60 años y quienes padezcan enfermedades o tengan una discapacidad.

Este 14 de diciembre inicia devolución parcial de aportes a fonavistas. Foto: composición Infobae/Andina

Lamentablemente, aún es pronto para conocer el monto total que recibirá cada uno de los aportantes, pues la Comisión Ad Hoc consideró que “existen serias dificultades para la obtención de la información sobre las aportaciones monetarias efectivamente realizadas por los fonavistas”.

En ese sentido, se aprobó que si no se cuenta con información sobre los aportes efectuados, pero sí con evidencia de que la persona laboró durante el periodo de aportaciones, el grupo de trabajo será el encargado de “hacer el cálculo a recibir”.

Por este motivo, se invita a todas las personas que no estén registradas todavía a que se inscriban a fin de considerarlas en el Padrón Nacional y proceder con el desembolso.

Revisa cómo podrías acceder a devolución del Fonavi 2023 si eres deudo familiar de un fonavista fallecido - Crédito Andina

¿Cómo saber si soy uno de los beneficiarios?

El proceso para conocer si estás dentro de la lista de personas que recibirán sus aportes es muy sencillo. Lo único que deberás hacer es acceder al sitio web oficial de la Secretaría Técnica del Fonavi.

Elige el tipo de documento con el que te registraste, ingresa el número y coloca el código de seguridad que aparece en la imagen. Luego, haz clic en “consultar” y ¡listo! De esta manera, descubrirás si eres beneficiario o, en todo caso, cuál es el estado de tu registro.

Así puedes corroborar que estás inscrito en la lista de beneficiarios del Fonavi. - Crédito Composición Infobae/Fonavi

En caso no te hayas registrado, deberás ingresar a la página web del Fonavi y hacer clic en ‘regístrese en la secretaría técnica Fonavi (Sifonavi)’. Posteriormente, rellena el formulario N°1 (con los datos de identificación e historia laboral) y súbelo en el apartado de ‘Registro de Periodo Laboral -F1′.

Si aún no cuentas con el documento, puedes descargarlo en la sección de “Descarga de Formularios”. Es importante recordar las fechas de inicio y fin de trabajo. La Comisión Ad Hoc recomienda pedir información a los exempleadores en caso de no tener el dato.

Cabe mencionar que, en caso la empresa en la que trabajó ya no existe, igual deberá mencionarla y poner los datos de los empleadores que tuvo entre los periodos de julio 1979 a agosto 1998.

En el caso de haber sido trabajador independiente que aportó de manera voluntaria, deberán consignar en la sección de Historia Laboral del Formulario N° 1 el tipo y número de documento vigente (Libreta Tributaria, RUC) a la fecha en que realizó sus aportes; así como los periodos trabajados (fecha de inicio y cese).

¿Cómo cobrar aportes de un fonavista fallecido?

La norma precisa que el fonavista titular y, en caso de fallecimiento, deudos cuentan con los mismos derechos para obtener la devolución de los aportes.

No obstante, el cobro de la deuda se dará bajo orden de prelación excluyente; es decir, si cobra el anterior, ya no cobran los demás:

  1. El cónyuge sobreviviente o integrante de la unión de hecho
  2. Hijos menores e hijos con discapacidad total permanente acreditada por el Conadis
  3. Hijos mayores de edad
  4. Padres
  5. Hermanos
  6. A falta de las personas indicadas precedentemente, la devolución corresponde a quienes acrediten ser deudos del fonavista fallecido mediante sucesión intestada o testamentaria

En el caso de que hubiera dos deudos o más con el mismo nivel, “el total de la devolución que le hubiera correspondido al titular fallecido es repartido entre ellos proporcionalmente y en partes iguales”.

- crédito Andina

¿En qué banco se depositará a los fonavistas?

En entrevista con Infobae Perú, el presidente de la Federación de Fonavistas, Luis Luzuriaga, mencionó que los pagos a partir del 14 de diciembre se realizarán a través del Banco de la Nación. “Pensamos que debe ser a través de cuentas de ahorro por un tema de seguridad, pero ya sería para el otro año”, apuntó a este medio.

¿Cómo se dará la devolución?

Una vez que el Gobierno publique la reglamentación, “la comisión entregará en un tiempo no mayor de 30 días hábiles los Certificados de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista”.

“Se evaluará para cada uno el cálculo más favorable o por tasa de interés legal o por distribución de la recaudación sobre los meses aportados y los porcentajes aportados”, señaló la Federación de Fonavistas del Perú.

La norma menciona que la devolución se ejecutará sobre el total de las aportaciones y el total de lo recaudado por el trabajador. “Si el monto total calculado a ser devuelto resulta menor al reconocido, se adopta la solución más beneficiosa, sin exigir la devolución de la diferencia”, señala la ley.

La ley dispone la devolución de S/42.000 millones.

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