Anulan sentencia que prohibía a la PNP usar caballos para controlar movilizaciones

Sala Suprema Constitucional dejó sin efecto decisión de mayo de 2021 y ordenó a la primera instancia emitir un nuevo pronunciamiento sobre la demanda de acción popular contra la PNP

Se cuestiona el uso de la Policía Montada en marchas por el riesgo al que se exponen los animales. Foto: Expreso

¡Anularon la sentencia! La Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema dejó sin efecto la disposición que prohibía a la Policía Nacional del Perú (PNP) usar caballos para el control de la ciudad ante evento que congregue a multitudes.

La sentencia, que fue dejada sin efecto fue emitida en mayo de 2021 por la Primera Sala Constitucional de Lima, eliminaba la palabra “montada” del numeral 6 del artículo 229 del Decreto Supremo 026- 2017-IN (Reglamento de la Ley de la Policía).

Entre los fundamentos del fallo en primera instancia está el hecho de que la sensibilidad auditiva de los caballos ante ruidos “es mayor a la de cualquier ser humano, lo que le ocasiona nerviosismo manifiesto con respuestas conductuales como hiperexcitación y angustia”.

“No solamente por ese escenario de conflicto y alteración, sino también por las mismas maniobras realizadas por el personal policial que utiliza, entre otros, instrumentos u objetos de represión y gases químicos (como bombas lacrimógenas), que definitivamente ocasionan sufrimiento al animal y peligro para su jinete y las demás personas”, argumentó la Primera Sala Constitucional de Lima en su decisión.

Caballos son expuestos a los eventuales enfrentamientos entre policías y manifestantes violentos. EFE/Stringer

Este colegiado también consideró que la Policía “tiene y puede utilizar en el control de multitudes de los eventos y espectáculos públicos otras alternativas”, como el uso de vehículos y otras tecnologías que “tendrían mayor eficacia” que el uso de caballos.

La Procuraduría Pública en materia constitucional de Ministerio de Justicia no se mostró conforme con esta sentencia y apeló.

La decisión de la Corte Suprema

De acuerdo con la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia, la decisión en primera instancia “es incongruente” con los fundamentos consignados en la sentencia ya que, sostiene el colegiado supremo, “solo elimina la palabra ‘montada’ de la disposición cuestionada más no el uso de caballos en control de multitudes”.

Asimismo, la sala suprema considera que el colegiado de primera instancia tuvo que haber buscado mayor certeza científica para determinar que, efectivamente, la sensibilidad auditiva de los caballos en mayor al del ser humano.

“El principio precautorio no debe ser usado como una medida facilista para agotar la búsqueda de la certeza en las decisiones o para justificar una pereza en el desarrollo de las mismas, basadas en una mera intuición. Con lo cual, también la sentencia emitida padece de una deficiencia en cuanto a la motivación o justificación de sus premisas”, advierte el tribunal supremo.

Por ello, la Sala Suprema de Derecho Constitucional y Social Permanente acordó anular la sentencia de la Primera Sala Constitucional de Lima y ordenó a este colegiado emitir una nueva resolución, tomando en cuenta los argumentos supremos.

Discordia

La Sala Suprema de Derecho Constitucional y Social Permanente anuló la sentencia de primera instancia luego de resolver una discordia.

Los magistrados supremos Calderón Puertas, Yalán Leal y Barra Pineda votaron por confirmar la decisión de la Primera Sala Constitucional, mientras que los jueces Burneo Bermejo y Ruidías Farfán apostaron por anular la sentencia.

De acuerdo con el Código Civil, en instancia suprema, una resolución surge efecto con el voto de 4 jueces supremos.

Por ello llamaron al juez supremo Corante Morales, quien se adhirió a la posición de declarar nulo el fallo de primera instancia. La votación quedó 3 votos a favor de confirmación y 3 votos a favor de un nuevo pronunciamiento.

Entonces se convocó al magistrado Linares San Román para que dirima. Este juez supremo respaldó los argumentos para anular la sentencia y exigir una nueva resolución a la instancia inferior.

Más Noticias

Magaly advierte a Farfán y Lucho Cáceres: “Guarda la platita, vaya a ser que tengas que devolvérmela”

La periodista habló sobre la reparación civil que tuvo que pagar ATV al actor y al exfutbolista. Según Benji Espinoza, no es definitiva, ya que el Tribunal Constitucional podría revertir la sentencia

Magaly Medina junto a su abogado hacen fuerte anuncio en vivo: “Se viene cartas notariales y querellas”

La conductora de ‘Magaly TV: La Firme’ expresó su indignación ante las denuncias que la vinculan con delitos graves, y su abogado Benji Espinoza enfatizó que no permitirán que estas acusaciones queden impunes

Ana Siucho abandona el país al recibir amenazas de muerte por caso Chibolín: “Está fuera desde fines de septiembre”

La esposa de Edison Flores se vio obligada a salir de Perú a fines de septiembre luego de ser intimidada por sus declaraciones sobre el expresentador, quien enfrenta investigaciones por lavado de activos y tráfico de influencias

María Pía emprende acciones legales por acusaciones de lavado de activos: “No permitiré que se dañe nuestra reputación”

La conductora de ‘América Televisión’ abordó las recientes acusaciones que circulan en redes sociales que la vinculan a ella y a su familia en un caso de lavado de activos y otros delitos. Además, exigió una rectificación pública al medio que publicó el reportaje

APEC 2024: Lula confirmado y Joe Biden en veremos, revela la organización de la cumbre en Lima

Visitas bilaterales de China, Japón y Corea del Sur: ‘La cumbre será una plataforma clave para fortalecer relaciones comerciales y políticas con las principales economías de Asia’, según Taffur