Este 14 de diciembre inició el pago de aportes parciales del Fondo Nacional de Vivienda. Tal como lo estableció la Comisión Ad Hoc, miles de fonavistas actualizaron sus datos y asistían diariamente a la oficina de la Federación Nacional para poder conocer el estado de su inscripción y posteriormente cobrar el dinero estipulado por el Ministerio de Economía y Finanzas.
Dado que ya se publicó el reglamento para el cobro del Fonavi, los familiares de los afiliados fallecidos ya pueden saber cómo se dará este cobró, en dónde, y si podrán acceder. Toda la información aquí.
¿Puedo cobrar el Fonavi de un familiar fallecido?
La norma promulgada para aprobar la devolución de los aportes del Fonavi sí reconoce el derecho de esta para herederos de trabajadores fallecidos que hayan contribuido a este fondo. “La devolución de aportes al Fonavi será al fonavista titular o a su representante debidamente autorizado y, en caso de fallecimiento, será a sus deudos”, señala la nueva norma.
Así, esta devolución se dará en el orden de prelación excluyente; esto significa, que establece una secuencia de prioridad de quiénes pueden cobrar la deuda, y que es excluyente, en tanto que, si cobra el primero disponible, no cobran los demás
Este orden será de la siguiente manera:
- El cónyuge sobreviviente o integrante de la unión de hecho
- Hijos menores e hijos con discapacidad total permanente acreditada por el Conadis
- Hijos mayores de edad
- Padres
- Hermanos
- A falta de las personas indicadas precedentemente, la devolución corresponde a quienes acrediten ser deudos del fonavista fallecido mediante e sucesión intestada o testamentaria
La norma también explica qué sucede en caso de que hubieran dos deudos o más con el mismo nivel de derecho de cobro de los pagos parciales del Fonavi. En esta situación, “el total de la devolución que le hubiera correspondido al fonavista titular fallecido es repartido entre ellos proporcionalmente y en partes iguales”.
¿Cómo cobrar el Fonavi de un fallecido?
“El pago de la devolución a los deudos de Fonavistas fallecidos, debidamente acreditados se realiza a través del Banco de la Nación, debiendo para tal efecto suscribir el comprobante de devolución respectivo”, señala el reglamento. Si bien los deudos de un fonavista, pueden cobrar el 14 de diciembre esta entrega de pagos parciales del fondo, estos deben acreditar primero esta condición.
Así, “los deudos presentan su solicitud acompañada de los documentos que determine la Comisión Ad Hoc para acreditar tal condición”, según señala la ley. De igual manera, el Formulario 1 del Fonavi, para inscribirse al proceso de devolución, tiene un apartado para colocar los datos del socilitante, en caso de no ser fonavista, y este puede señalar el parentesco que tiene con este.
Luego de la inscripción, la secretaría técnica publicará en su página web la relación del solicitante o solicitantes por un espacio de cuarenta y cinco días, para que, en caso hubieran más deudos, presenten su oposición y soliciten también ser parte de la devolución (en tanto sean merecedores, en base al orden de prioridad). Luego de este plazo, ya se procederá con la devolución a los deudos que hayan sido acreditados.
Sin embargo, hay un caso especial, que sucede cuando el monto a devolver supera el valor de 4 UTI (cuatro unidades impositivas tributarias) por cada cobro. En esta ocasión, el deudo del fonavista fallecido (según el orden), debe acreditar su vínculo a través de una sucesión intestada o testamento, debidamente inscrito en Registros Públicos.
La calidad de deudo del fonavista, así, será determinada por el Banco de la Nación, quien analizará la acreditación presentada.
Link del Fonavi 2023: enlaces para consultar
Todo trámite del Fonavi es gratuito, tal como señala la Secretaría Técnica del fondo en su página oficial. En esta web se puede registrar en el padrón, encontrar el estado de tu registro en Fonavi, y descargar los formularios necesarios. En algunos casos, necesitas colocar el DNI.
- Página de la secretaria del Fonavi: https://www.fonavi-st.pe/
- Consulta el estado de tu registro en el Fonavi: https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic1/
- Enlace de registro en el Fonavi: https://apps4.mineco.gob.pe/registro0/registro.htm
- Descarga de formularios: https://www.fonavi-st.pe/index.php?option=com_content&view=article&id=4&Itemid=117
Fonavi 2023: ¿dónde se pagará?
El presidente de la Federación de Fonavistas, Luis Luzuriaga, señaló que a la fecha, hay 1 millón 200 mil fonavistas registrados en el padrón. En las arcas del Fonavi, se tienen en total S/2.327 millones, incluidos los S/50 millones que se aprobaron en el presupuesto público 2023. Todo ello servirá para empezar con el adelanto de aportaciones.
De acuerdo con Luzuriaga, por temas de tiempo, a partir del 14 de diciembre los pagos se realizarán a través del Banco de la Nación. “Pensamos que debe ser a través de cuentas de ahorro por un tema de seguridad, pero ya sería para el otro año”, apuntó a este medio.
¿Qué pasó con el Fonavi?
El Fondo Nacional de Vivienda fue creado en 1979, durante el gobierno de Francisco Morales Bermúdez, con el motivo de financiar préstamos para la gente que buscaba construir o adquirir un inmueble. Trabajadores dependientes e independientes aportaron, de manera obligatoria y facultativa, respectivamente, entre julio de 1979 hasta julio de 1995 (en diferentes periodos). Pero, luego, en 1998, durante el gobierno de Alberto Fujimori, se convirtió en un impuesto extraordinario de solidaridad, para, finalmente ser derogado en 2004, mientras Alejandro Toledo era presidente, sin devolverse el dinero.
Cuatro años después se conformó una comisión para iniciar la devolución, dado que se detectó que se habían perdido alrededor de 10 mil millones de soles. Actualmente, ya se anunció que, a partir del 14 de diciembre, se iniciará con la devolución de los aportes a todos los trabajadores que contribuyeron, o sus deudos en caso estos hubieran fallecido.