Presidente del TC refuta a congresistas sobre medida cautelar de JNJ: “Nadie puede hacer lo que le da la gana”

El magistrado Francisco Morales Saravia ratifica que el Poder Judicial sí puede revisar actos del Congreso “cuando se traten de casos en los que estén involucrados los derechos fundamentales”

"Todos tenemos límites", dijo el magistrado Francisco Morales Saravia. Video: RPP Noticias

El presidente del Tribunal Constitucional, el magistrado Francisco Morales Saravia, ratificó que el Poder Judicial sí puede intervenir en procedimientos del Congreso “siempre y cuando” se vean involucrados derechos fundamentales de las personas. El magistrado dio esa respuesta al ser consultado por la medida cautelar a favor de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) que paraliza la “investigación sumaria” por supuesta causa grave.

“El ponente de ese caso, el doctor Gutiérrez, se encargó de dejar claramente establecido que (el Poder Judicial no podía intervenir en procesos parlamentarios), siempre y cuando, no se violen los derechos fundamentales. (...) Justamente, se dijo que cuando se traten de casos en los que estén involucrados los derechos fundamentales, la vía del amparo es posible”, declaró Morales Saravia en entrevista con RPP Noticias.

En relación a los argumentos de congresistas que sostiene que el TC ha prohibido toda actuación del Poder Judicial contra el Parlamento, el magistrado aseveró que en una democracia “nadie puede hacer lo que le da gana”.

“En un Estado constitucional, en una democracia donde regida por el imperio de la ley y la Constitución, nadie puede hacer lo que le da la gana porque todos estamos sujetos al mandato de la Constitución, de los tratados internacionales de derechos humanos y de la jurisprudencia. O sea, todos tenemos límites, incluso el Tribunal Constitucional”, agregó.

"Todos tenemos límites", recalca el presidente del TC. Foto: Andina

Finalmente, el presidente del Tribunal Constitucional invocó a la tranquilidad tras este nuevo conflicto entre un sector del Congreso contra la JNJ.

“Hay que esperar a ver qué dice la Sala Constitucional y Social. Puede revocarla o confirmarla. Entonces, se nos ha hecho un pedido ya resuelto para que en esta sentencia anulemos esto de aquí. Vamos a evaluar, vamos a ver, pero por lo pronto yo creo que debemos invocar a la tranquilidad”, apuntó.

Demanda competencial de Patricia Benavides

El presidente del TC, Francisco Morales Saravia, lamentó los conflictos que instituciones han iniciado contra la JNJ debido a que el mandato de los actuales consejeros vence en 2025. Adelantó que respetarán el plazo establecido de 30 días desde que se llevó a cabo la audiencia.

“Pero este caso tiene cierta vinculación porque está la Junta. Todos los reflectores están en la Junta. Yo lamento realmente esta situación a la que hemos llegado por la Junta le falta un año y la Junta fue la que nombró a la fiscal de la Nación. Nosotros hemos sido muy prudentes, hemos guardado un silencio que lo mantendremos y trataremos de resolver. Cuando hay este tipo de tensiones lo mejor es que las partes... hay algo que suele ocurrir en los juicios civiles: cuando las personas están que discuten hay unas etapas de conciliación. Estamos frente a unos procesos constitucionales donde están en juego derechos y competencias. Nosotros resolveremos, pero los actores pueden (reflexionar)”, indicó.

Patricia Benavides busca anular investigaciones disciplinarias en su contra | Andina

‘Ley Boluarte’

Morales Saravia informó que “en unos días” el pleno del Tribunal Constitucional debatirá la admisibilidad de la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 31810, que permite a la presidenta dina Boluarte despachar de manera remota cuando esté fuera del país.

En ese sentido, el presidente del TC precisó que, en caso se declare inconstitucional dicha norma, los viajes efectuados bajo esa la ley mantendrán su legalidad.

“En el derecho constitucional, existe una presunción de constitucionalidad. Mientras el Tribunal Constitucional no declare que una ley es inconstitucional, todos los actos que se hicieron al amparo de esa ley mantienen tu constitucionalidad. En el Perú, la declaratoria de inconstitucionalidad de una norma es de aquí (momento en que declara inconstitucional la norma) para adelante”, señaló.

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