Este martes 14 de noviembre, la Comisión de Constitución, que preside la fujimorista Martha Moyano, aprobó el predictamen del proyecto de ley que propone restituir la reelección inmediata de gobernadores regionales y alcaldes.
Se trata de una propuesta de reforma constitucional, a fin de modificar los artículos 191 y 194 para agregar, en cada uno de ellos, la frase “Pueden ser reelegidos de manera inmediata por un solo periodo adicional”.
De esta manera, quedaría sin efecto la Ley de reforma constitucional 30305, promulgada en marzo de 2015, que eliminó la posibilidad de que gobernadores regionales y alcaldes puedan presentarse en comicios en busca de extender su mandato 4 años más.
Según el predictamen, restablecer la reelección será “un incentivo” para que las autoridades subnacionales para “la buena gestión regionales y municipal”, y “permite la profesionalización de la política”.
Asimismo, según la secretaría técnica de la Comisión de Constitución, esta reforma beneficiará a la ciudadanía al “revindicar para sí el derecho a elegir libremente la continuidad o no de sus autoridades a nivel municipal y regional, con lo que le permite premiar al buen gestor con la continuidad de su mandato”.
“(La ciudadanía) se beneficia de proyectos de inversión y desarrollo a corto, mediano y largo plazo. Del mismo modo, permite la mejora de la oferta política electoral al permitir la profesionalización de la política”, se lee en el texto.
No existe derecho a ser reelegido
El Tribunal Constitucional, al resolver la demanda de inconstitucionalidad que prohíbe la reelección parlamentaria, ratificó que no existe un derecho a ser reelegido en la Constitución Política del Perú.
“Limitar la reelección parlamentaria no es inconstitucional, no trasgrede el derecho constitucional de participación política, ni vulnera el derecho a elegir y el derecho a ser elegido, ni infringe los presupuestos de la democracia constitucional o del derecho a vivir en democracia. Como ya lo ha destacado el Tribunal Constitucional, existe el derecho a elegir y el derecho a ser elegido, los mismos que admiten límites; empero, no existe un supuesto derecho a ser reelegido. Es decir, nuestro orden constitucional en sentido material no garantiza el derecho a ser reelegido”, se lee en dicha sentencia.
Eso sí, el Tribunal Constitucional precisa que el restablecimiento de la reelección parlamentaria le corresponde al Congreso y, en caso de que no se obtengan 87 votos en dos legislaturas consecutivas, la ciudadanía mediante referéndum.
“Aunque lo ideal es que la Constitución no sea reformada con frecuencia, eso no significa que pueda revisarse aquello que ha sido reformado, ya que si algo ha caracterizado al Derecho a lo largo de la historia es, por un lado, su carácter netamente instrumental, y, por otro lado, su naturaleza mutable”, reza el texto.
Otros temas en agenda
La Comisión de Constitución, en la sesión de este martes, recibirá a los representantes de los partidos políticos a fin de que comenten el proyecto de ley que acaba con la obligatoriedad de las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO).
Las agrupaciones políticas citadas son Fuerza Popular, Acción Popular, Alianza para el Progreso, Avanza País-Partido de Integración Social, Perú Libre, Somos Perú, Renovación Popular, Podemos Perú, Juntos por el Perú, Partido Morado, Partido Aprista Peruano, Fe en el Perú, Libertad Popular, Partido Demócrata Unido Perú, Partido Demócrata Verde, Partido Frente de la Esperanza 2021, Frente Popular Agrícola FIA del Perú, Partido Patriótico del Perú, Partido Político Perú Acción, Perú Primero, Partido Político PRIN, Perú Moderno, Primero la Gente y Salvemos al Perú.