Al proyecto de ley que plantea el retiro de hasta 4 UIT de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), se le suma otro orientado en casos de fallecimiento. La congresista Digna Calle (Podemos Perú) elaboró una iniciativa a fin de que los contribuyentes que no tengan hijos, padres o cónyuge elijan a las personas que deseen designar como beneficiarios, sin necesidad de que se trate de familiares directos.
El documento N° 6359/2023-CR propone incorporar el artículo 12-A, el cual contempla que “el afiliado que reúna las condiciones contempladas en el artículo 727 del Código Civil, tiene derecho a designar a la persona o personas que serán beneficiarias de recibir el cien por ciento (100%) de los fondos previsionales acumulados hasta la fecha de la muerte”.
Agrega que dicha designación podrá realizarse “y cambiarse en el momento que el afiliado lo considere necesario”, y que, en caso de que no exista beneficiario consignado, la AFP podrá, de oficio, iniciar el trámite previsto en el artículo 830 del Código Civil para adjudicar el total de los aportes acumulados.
“En los supuestos previstos en el presente artículo, los fondos previsionales adquieren la condición de intangibilidad y no procede el cobro de comisión alguna”, se lee en el texto.
De aprobarse de la manera en la que ha sido presentado, las únicas personas que tendrán esta posibilidad son aquellos que no tienen cónyuge ni parientes de los indicados en los artículos 725 y 726.
Como es de conocimiento público, hasta el momento, solo los esposos, hijos menores de 18 años o mayores de edad en situación de invalidez (declarados incapacitados para trabajar de manera total y permanente por los comités médicos del SPP) y padres que dependan económicamente del afiliado (padre mayor de 60 años y madre mayor de 55 años o declarados en situación de invalidez) pueden ser beneficiarios.
¿Cómo retirar el fondo de AFP u ONP si mi familiar directo fallece?
La Asociación de AFP explicó que para solicitar la pensión de sobrevivencia, se debe presentar: acta de defunción, certificado médico de defunción o certificado de necropsia o certificado de declaración de muerte presunta; atestado policial (en caso de muerte accidental), documentos que acrediten las remuneraciones de los últimos 48 meses del afiliado y su condición.
En el caso de la herencia, si no existen beneficiarios, los herederos considerados en la declaratoria, sucesión intestada o testamento inscrito en Registros Públicos, pueden solicitar la devolución del fondo.
En el caso de la ONP, los beneficiarios no pensionistas deberán entregar una solicitud virtual o presencial, documentos que acrediten la relación y/o declaración simple que consigne el vínculo, copia simple de los Certificados de Pago Regular (CPR) y Certificados de Pago Especial (CPE). Mientras que el solicitante pensionista solo deberá iniciar la solicitud.
Cabe mencionar que los deudos puede perder el derecho a la pensión automáticamente si forma un nuevo hogar fuera del matrimonio. Es decir, si convive con una nueva persona y tiene un hijo extramatrimonial.
Fecha para el séptimo retiro AFP 2023
Existen varios proyectos de ley en curso en el Congreso, pero uno es el que está más avanzado y con mejores posibilidades de aprobarse. Se trata de la iniciativa legislativa presentada por el parlamentario de Podemos Perú, José Luna Gálvez, quien lleva meses pidiendo la aprobación de un séptimo retiro de la AFP. El legislador adelantó recientemente que el pleno del Congreso de la República podría aprobar en un máximo de tres semanas que los afiliados accedan a un nuevo desembolso de hasta 19,800 soles, equivalente a cuatro Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
Esto son los proyectos para un séptimo retiro de AFP en 2023:
- Retiro AFP de 2 UIT (S/9.900) - Segundo Montalvo Cubas (Perú Libre)
- Retiro AFP de hasta 4 UIT (S/19.800) - Digna Calle (Podemos Perú)
- Retiro AFP de hasta 3 UIT (S/14.850) - Víctor Cutipa (Perú Bicentenario)
- Retiro AFP del 50% de fondos - Elías Ávalos (Podemos Perú)
- Retiro AFP del 70% de fondos - Américo Gonza (Perú Libre)
- Retiro AFP del 50% de fondos para compra de vivienda - Patricia Juárez (Fuerza Popular)
- Retiro AFP de 3 UIT (S/14.850) - Víctor Flores (Fuerza Popular)
- Retiro AFP de 5 UIT (S/24.750) - Jaime Quito (Perú Libre)
- Retiro AFP de 4 UIT (S/19.800) - Guido Bellido (Perú Bicentenario)
- Retiro AFP de 25% para pagar deudas con garantía hipotecaria - Melissa Córdova (Avanza País)
- Retiro AFP del 100% para compra de vivienda - Ilich López (Acción Popular)
- Retiro AFP de 4 UIT (S/19.800) - José Luna (Podemos Perú)
- Retiro AFP de 4 UIT (S/19.800) - Jorge Luis Flores Ancachi (Acción Popular)
- Retiro AFP de 4 UIT (S/19.800) - Kelly Portalatino (Perú Libre)
- Retiro AFP de 4 UIT (S/19.800) - Luis Aragón (Acción Popular)
- Retiro AFP de 4 UIT (S/19.800) - Flavio Cruz (Perú Libre)
- Retiro AFP de 4 UIT (S/19.800) - José Pazo (Somos Perú)
- Retiro AFP de 3 UIT (S/14.850) - Edgard Reymundo (Cambio Democrático-Juntos por el Perú)
Marcha por retiro de AFP
El pasado jueves, miles de personas marcharon desde el Campo de Marte hasta el Congreso a fin de exigir la aprobación del séptimo retiro de las AFP. “No queremos bonos, no queremos limosnas. Queremos poder decidir sobre nuestro dinero, que el Estado cumpla con pagar la deuda social que tiene con los millones de peruanos”, expresó el líder de Podemos Perú en la manifestación.
“Esta multitud es un mensaje de advertencia al gobierno. Hoy es el momento para tomar medidas urgentes que ayuden a reactivar la economía, impulsar a las empresas, sobre todo a las micro y pequeñas empresas; generar empleo y enfrentar la inseguridad ciudadana ¡Es ahora o nunca!”, recalcó José Luna Gálvez.
¿Cuándo podría aprobarse el séptimo retiro en el pleno del Congreso?
Luna Gálvez adelantó que el un nuevo desembolso de hasta 19,800 soles, equivalente a cuatro Unidades Impositivas Tributarias (UIT), podría debatirse en el pleno del Congreso de la República en una semana.
“En dos semanas, la Comisión de Economía tiene que emitir su informe técnico. Se debate su informe técnico y se propone que puede haber la propuesta en mayoría y propuesta en minoría. Esa propuesta se pone a voto, se decide, y se va al pleno. Puede ir al pleno en la semana siguiente, entonces, en tres semanas, puede estar aprobada las 4 UIT”, aseveró Luna Gálvez en Exitosa.