El 15 de noviembre del 2022, la Sala Penal Especial de la Corte Suprema condenaba al excongresista Kenji Fujimori a 4 años y 6 meses de prisión efectiva tras ser hallado culpable del delito de tráfico de influencias agravado por el denominado caso ‘Mamanivideos’. Sin embargo, el colegiado suspendió la pena hasta que la sentencia sea ratificada por la Sala Penal Permanente.
Junto a Fujimori Higuchi también fueron condenados sus excolegas Bienvenido Ramírez y Guillermo Bocángel, y su exasesor Alexei Toledo. A este último se le impuso 4 años de prisión suspendida.
Según pudo conocer Infobae Perú, la audiencia de apelación se llevará a cabo el próximo viernes 22 de diciembre. Luego de escuchar a las partes, la sala suprema que preside el juez supremo César San Martín, decidirá si confirma la sentencia condenatoria o la revoca y absuelve a los imputados. También cabe la posibilidad de que se reduzca la pena. La Fiscalía ha requerido que esta se incremente a 6 años de pena privativa de la libertad.
La dilación en la programación de la audiencia —tomó casi un año— se debió a pedidos de los acusados, como que Keiko Fujimori declare en el acto o que se excluya a Bocángel del proceso por haberse anulado la acusación constitucional en su contra.
La referida anulación fue ordenada por el Quinto Juzgado Constitucional de Lima, en la sentencia del proceso de amparo que interpuso Guillermo Bocángel contra el Congreso de la República.
El juez Jorge Luis Ramírez dejó sin efecto la resolución legislativa 010-2017-2018-CR, ya que parlamentarios que integraban la Comisión Permanente votaron en el Pleno, pese a que el artículo 100 de la Constitución lo prohíbe expresamente. Esto también sucedió en el caso de las acusaciones constitucionales contra Kenji Fujimori y Bienvenido Ramírez.
El pedido de Kenji Fujimori
De acuerdo con el expediente judicial al que accedió Infobae Perú, Kenji Fujimori buscó incorporarse al proceso que inició Guillermo Bocángel con el objetivo de que la justicia constitucional también anule la resolución legislativa 009-2017-2018-CR, con la que se le levantó la prerrogativa del antejuicio político para que sea procesado por tráfico de influencias y cohecho activo genérico.
Pero, ¿por qué es importante la resolución legislativa que levanta la prerrogativa de antejuicio político? Pues, es el mecanismo que autoriza a la Fiscalía de la Nación procesar penalmente a los altos funcionarios señalados en el artículo 99 de la carta magna (presidente de la República, ministros de Estado, magistrados del Tribunal Constitucional, consejeros de la JNJ, jueces supremos, fiscales supremos, defensor del Pueblo y contralor general). Sin la resolución acusatoria del Parlamento no puede darse la persecución del delito.
Teniendo en cuesta esto, la Procuraduría Pública del Congreso se opuso a la pretensión de Fujimori al considerar que no guarda relación con la demanda de amparo de Guillermo Bocángel, quien no se opuso a la solicitud de su excolega.
Debido al estado del proceso (apelación de sentencia), fue la Segunda Sala Constitucional y no el Quinto Juzgado Constitucional de Lima la instancia que resolvió el pedido del menor de los Fujimori Higuchi.
El colegiado le dio la razón a la defensa del Parlamento y desestimó el pedido del hermano de la lideresa de Fuerza Popular.
Si bien la sala reconoció que tanto Bocángel como Fujimori buscan la nulidad de votaciones que se efectuaron el 7 de junio de 2018, “la relevancia (del proceso de amparo) recae en que el accionante, lo que busca en estricto, es un acto posterior a dicha votación”.
Bocángel solicitó que se deje sin efecto resolución legislativa 010-2017-2018-CR, mientras que Kenji la resolución legislativa 009-2017-2018-CR. Se tratan de disposiciones totalmente diferentes, concluyó el tribunal.
“Los actos lesivos son diferentes, involucran a personas distintas, diferentes pretensiones, así como diferentes resoluciones legislativas; por ende, sea cual sea el resultado o de cómo se resuelva el presente caso, no habría relevancia jurídica que afecte al solicitante (Kenji Fujimori) al litisconsorcio”, argumentó la Segunda Sala Constitucional de Lima.
“Improcedente el pedido de intervención litisconsorte facultativo activo solicitado por Kenji Gerardo Fujimori Higuchi y prosiga la causa conforme a su estado”, resolvió el colegiado.
Bajo estos mismos argumentos se rechazó la solicitud de Bienvenido Ramírez para ser incorporado en el proceso de amparo que inició Guillermo Bocángel.
¿Qué sigue?
La intención de Kenji Fujimori de aprovechar el proceso de amparo de Guillermo Bocángel llegó a su fin con la decisión de la Segunda Sala Constitucional de Lima, según lo establece el artículo 47 del Nuevo Código Procesal Constitucional.
Dicho apartado sostiene, entre otros, que “la resolución que concede o deniega la intervención litisconsorcial es inimpugnable”. Es decir, no se puede interponer un recurso de apelación.
Infobae Perú se contactó con la defensa de Kenji Fujimori con el objetivo de conocer si se buscará, a través de algún otro recurso, la anulación de la acusación constitucional. Sin embargo, al cierre del presente informe, no obtuvimos respuesta.