El segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lima dispuso la expulsión inmediata del ciudadano venezolano Rogel Romel Romero Sifontes, luego de que culmine su condena de 3 años y 4 meses de prisión suspendida; la misma que le fue impuesta por ser hallado culpable de robo agravado.
La decisión, adoptada por la magistrada Jaqueline Sánchez Gallozo, se ejecutó en aplicación del decreto legislativo 1573, que modifica los artículos 52 y 303-A del Código Penal; la misma que regula la expulsión de ciudadanos extranjeros como medida consecuente a su condena impuesta.
Según el Poder Judicial, al ciudadano extranjero se le imputa ser el autor del delito de robo agravado contra una mujer. En el hecho, Romero Sifontes intentó apoderarse del celular de su víctima, quien se encontraba transitando por el jr. Varela en Breña. Durante el atraco, el delincuente empleó la violencia, le jaló los cabellos y huyó del lugar; sin embargo, fue capturado mientras se daba a la fuga.
La corte señaló que la pena de prisión suspendida contra Romero Sifontes se desprende de un acuerdo entre el Ministerio Público y el representante legal del sentenciado.
Expulsión de extranjeros con situación migratoria irregular
A mediados de septiembre, el presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, descartó la prórroga del proyecto que permite regular la calidad migratoria de ciudadanos extranjeros en el país, y junto al ministro del Interior, Vicente Romero, señalaron que aquellos que no hayan normalizado su situación migratoria en el país hasta el 10 de noviembre, deberán ser expulsados.
Asimismo, a inicios de octubre, durante otro Consejo de Ministros, Otárola anunció la implementación de otras medidas con respecto a la situación de extranjeros en el Perú.
Ahora, quienes cometan ilícitos como homicidio, violación sexual, sicariatos, secuestro, trata de personas (en sus diversas modalidades), y quienes promuevan el traslado ilegal de personas, así como el reingreso clandestino de los sentenciados, serán drásticamente sancionados.
“No son personas a las que el gobierno del Perú tenga un especial énfasis respecto a su procedencia migratoria. Existen miles de ciudadanos extranjeros que están trabajando legalmente en el Perú y gozando de los sistemas de salud y educación. Nos referimos a ese pequeño grupo que viene causando tanto daño a la sociedad peruana y que, a través de estos dos decretos legislativos, van a merecer una acción inmediata por parte de nuestras autoridades”, agregó el presidente del Consejo de Ministros.
“Expulsar extranjeros con delitos en flagrancia”
Hace tan solo una semana, la Municipalidad Metropolitana de Lima presentó ante el Congreso de la República un proyecto de ley en el que busca expulsar a ciudadanos extranjeros que cometan delitos en flagrancia.
Esta iniciativa legislativa, aprobada en Consejo Municipal el pasado 29 de septiembre, busca modificar el artículo 30 del Código Penal y los artículos 446 y 448 del Código Procesal Penal.
De acuerdo al teniente alcalde de Lima, Renzo Reggiardo, la actual normativa se puede aplicar cuando el delicuente haya cumplido su condena. “(Esto) es absolutamente necesario, viendo la situación por la que atraviesan los penales de hacinamiento y que los extranjeros han ido incrementando exponencialmente”, señaló.
En esa línea, Reggiardo pidió a los congresistas a tomarse el tema con seriedad para su pronta aprobación, ya que “es una necesidad para nuestra población”.
La Municipalidad de Lima argumenta que esta decisión se debe a que hay “incidencia de la delincuencia y el crimen organizado en el Perú”, además de una “elevada crisis migratoria existente y la alteración del orden en fronteras”.