La vicepresidenta del Tribunal Constitucional, Luz Pacheco, se pronunció acerca de la decisión de inscribir en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) a los hijos de Ricardo Morán.
Este fallo permite que los gemelos Catalina y Emiliano sean registrados como peruanos, derecho que el productor de televisión venía exigiendo a la justicia peruana desde 2019. Ambos nacieron mediante el alquiler de un vientre en Estados Unidos. Luego de su nacimiento, Morán acudió al Reniec para inscribirlos como ciudadanos peruanos. Sin embargo, la entidad estatal negó su requerimiento.
En conversación con RPP Noticias, Luz Pacheco, una de las magistradas que votó a favor de que los menores sean reconocidos como peruanos, explicó los argumentos de su decisión.
En principio aclaró que su primera opinión fue que se trataba de una contradicción porque Ricardo Morán negaba que sus hijos tenían mamá y al mismo tiempo mostró la identidad de esta a los tribunos.
“No obstante, después, analizando a fondo el caso, viendo el Código Civil, concretamente el artículo 21, que en su tercer párrafo faculta a una madre a inscribir a su hijo, sin decir la razón por la cual no quiere decir quién es el padre y le pone los dos apellidos. No se contemplaba el derecho para el papá, entonces esa era una clara discriminación en perjuicio del varón”, señaló.
En ese sentido, aseguró que el objetivo del Tribunal Constitucional es evitar cualquier forma de discriminación, tal como ocurrió en el caso de Ricardo Morán.
En otro momento, explicó por qué decidieron ordenar que Reniec inscriba a los menores. Según la Constitución del Perú, los niños y niñas que nacen en el extranjero y son hijos de peruanos son reconocidos también con esta nacionalidad.
Sin embargo, los padres deben inscribirlos primero, proceso que se le fue denegado a Ricardo Morán. La magistrada explicó que en la partida de nacimiento de los gemelos no figuraba el nombre de la mamá.
Por esto, en la sentencia del Tribunal Constitucional, se hace énfasis en la creación de un registro reservado al que los ciudadanos puedan acceder para conocer los datos de sus progenitores.
“Hemos puesto en la exhortación de la sentencia animando al Congreso a que establezca un registro reservado a que ese niño pueda acceder cuando quiera, para saber quién es su otro progenitor porque todos queremos saber quién es nuestro padre y nuestra madre”, indicó.
Luz Pacheco precisó que el caso de los hijos de Ricardo Morán no está relacionado a la fecundación artificial. No obstante, actualmente en el TC se encuentran dos demandas que buscan una respuesta respecto a este derecho.
La vicepresidenta del TC explicó que la Ley General de Salud del Perú ya se refiere a la fecundación artificial. En la norma se explica que en el Perú puede existir este caso, pero la misma persona que dona los óvulos debe ser la gestante.
“Tenemos dos casos en el TC. Ahí sí vamos a analizar lo que es la maternidad subrogada y si es conforme con nuestro ordenamiento jurídico, sobre todo con los valores constitucionales, con lo que es la maternidad, la identidad del niño. Pero eso ahora no lo hemos tratado porque lo importante aquí es inscribir a niños que existían, hijos de un varón, que le estaban negando el derecho que hubieran tenido una madre”, dijo.