PNP inició proceso de admisión a escuelas de formación profesional, ¿cuáles son los requisitos?

Para postular a una plaza de la Escuela Nacional de formación Profesional Policial debes ser peruano de nacimiento y tener entre 18 a 24 años. Entérate cómo puedes postular

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Policía Nacional del Perú inició proceso de Admisión Regular 2023-Promoción 2024. YouTube

La Policía Nacional del Perú (PNP) anunció este jueves que se dio inicio al proceso de admisión regular 2023-promoción 2024, en sus escuelas de educación superior técnico profesional policial (ESSTP) en todo el país.

La institución precisó que la convocatoria estará abierta hasta el próximo 7 de noviembre. En esta admisión se permitirá que los postulantes puedan concursar por una de las plazas para la escuela de formación profesional, que actualmente se ubican en Puente Piedra, San Bartolo (Lima), Arequipa, Ayacucho, Chiclayo, Chimbote, Cusco, Huancayo, Huánuco, Ica, Iquitos, Piura, Puno, Tarapoto y Trujillo.

Cabe recordar que para postular a una plaza, la PNP señala que antes debes pasar por el proceso de preinscripción, accediendo a este enlace. Este requisito es obligatorio si deseas formar parte de esta institución castrense.

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PNP brindó detalles acerca del proceso de admisión a su Escuela de Formación Profesional. (Foto: Captura PNP)

En el caso de las postulantes mujeres, se informa que, aquellas que deseen postular de manera voluntaria, solo podrán hacerlo para la ESSTP PNP en San Bartolo, en Lima.

Aquellos que se hayan inscrito en la EESTP PNP Puente Piedra y San Bartolo deben tener en cuenta que el desarrollo de todos los exámenes y/o evaluaciones se llevará a cabo en las instalaciones de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial, en La Campiña, Chorrillos.

Requisitos para postular

Si deseas postular a una plaza para la Escuela Nacional de formación Profesional Policial, debes tener en consideración los siguientes requisitos:

  • Ser peruano de nacimiento (Acreditado mediante la partida de nacimiento).
  • Tener entre 18 y 24 años de edad, computados al 31 de diciembre del año del proceso de admisión.
  • Cumplir con la talla mínima: varones (1.64 m.) y damas (1.58 m.).
  • Estar soltero (a) y no tener hijos.
  • Acreditar con el certificado de estudios haber concluido satisfactoriamente los estudios de educación secundaria en instituciones educativas del país o del extranjero, en cuyo caso su respectivo certificado de estudios deberá estar convalidado por el Ministerio de Educación del Perú.
  • No registrar antecedentes policiales, penales ni judiciales (presentar declaración jurada de no tener referencias de menores infractores a la ley penal legalizada notarialmente); asimismo, no registrar antecedentes en el fuero militar/policial.
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PNP brindó detalles acerca del proceso de admisión a su Escuela de Formación Profesional. (Foto: Captura PNP)
  • Acreditar (mediante constancia de buena conducta) no haber sido separado, ni expulsado de ningún centro o institución de educación secundaria o superior, o de alguna de las escuelas de formación de las fuerzas armadas o las escuelas de pregrado de la PNP o servicio militar voluntario, por medida disciplinaria o deficiencia psicofísica, o baja por las causales mencionadas de acuerdo al prospecto de admisión.

Boluarte promulga facultades para la PNP

Luego de haber recibido facultades para legislar en materia de seguridad ciudadana por parte del Congreso de la República, la presidenta Dina Boluarte promulgó la semana pasada una ley que permitiría que la PNP pueda detener a cualquier persona que sea percibida, bajo su criterio, como sospechoso de haber cometido un delito o haber sido parte de uno.

Esta disposición se refrendó tras una modificación en el numeral 4 del artículo 205 del Nuevo Código Procesal Penal, según el decreto legislativo N° 957, publicado en el diario oficial El Peruano.

PNP brindó detalles acerca del
PNP brindó detalles acerca del proceso de admisión a su Escuela de Formación Profesional. (Foto: Captura PNP)

Este apartado legal está referido al control de identidad que los agentes de la PNP realizan para mantener la seguridad en las calles.

“La Policía, en el marco de sus funciones, sin necesidad de orden del Fiscal o del Juez, podrá requerir la identificación de cualquier persona y realizar las comprobaciones pertinentes en la vía pública o en el lugar donde se hubiere hecho el requerimiento, cuando considere que resulta necesario para prevenir un delito u obtener información útil para la averiguación de un hecho punible. El intervenido tiene derecho a exigir al Policía le proporcione su identidad y la dependencia a la que está asignado”, señala la ley.
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