Fondo de garantía agrario: Gobierno aprueba decreto para brindar subvenciones de S/10 millones contra El Niño

Luego de aprobarse las facultades legislativas que pidió el Gobierno al Congreso, el Ejecutivo ha sacado hoy en El Peruano un decreto legislativo para fortalecer el Fondo de Garantía para el campo y del Seguro Agrario (Fogasa), para prevenir un mayor impacto del El Niño

Se darán subvenciones por un máximo de S/10.000. Créditos Composición Infobae, Andina

El pasado miércoles 20 de septiembre el Congreso de la República aprobó delegar facultades al Ejecutivo para diversas materias, como inseguridad ciudadanas. Entre estas, también se permitía que el Gobierno de Dina Boluarte pudiera aprobar normas para la gestión de riesgo de desastres de cara a El Niño global.

Ahora, este poder del Estado peruano ha sacado un decreto legislativo que fortalece el Fondo de Garantía para el campo y del Seguro Agrario (Fogasa), modificando la Ley N° 29148, ley que establece su implementación y funcionamiento.

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Gobierno fortalece Fondo de Garantía para campo y del Seguro Agrario

Con el nuevo decreto legislativo, con fecha de 3 de octubre de 2023, el Ejecutivo modifica el artículo 2, 3, 6 y parte del 4 de la Ley N° 29148, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agrario (Fogasa), “en favor de las y los productores agrarios, afectados como consecuencia de eventos naturales, climáticos, biológicos u otras situaciones excepcionales que hayan impactado o impacten negativamente sobre su actividad agraria”.

Así, el Gobierno de Dina Boluarte, implementa nuevas medidas para hacer frente a El Niño global, principalmente, cambiando el artículo 2 para aprobar la entrega de subvenciones económicas, hasta por un máximo de S/10 millones, de los saldos del Fogasa. Este apoyo se dará por medio de compensaciones directas, entregadas a los pequeños productores agrarios, que hayan sido afectados con una pérdida total de sus cultivos o crianzas, a consecuencia de “eventos naturales, climáticos, biológicos u otras situaciones excepcionales”.

Este apoyo está dirigido a paliar los efectos negativos de El Niño global sobre la actividad agraria en el Perú, y promete ir directamente a los afectados, siempre y cuando no hayan sido ya indemnizados por otros mecanismos del mismo Fogasa.

Los agricultores de Arequipa han visto perder miles de hectáreas de cultivo. | Andina

Asimismo, si en algunas regiones del Perú las áreas aseguradas por este fondo han disminuido, con respecto a la campaña 2022-2023, para ampliar la cobertura, y como medida urgente y prioritaria contra El Niño, se ha autorizado un incremento del importe de la póliza contratada en estos departamentos —aquellos que han tenido como resultado una reducción de áreas aseguradas mayores al 30%—

Estos cambios se aplicarán en un plazo máximo de 30 días calendario, a partir del 4 de octubre.

¿Qué gastos cubre el Fogasa?

El Fondo de Garantía para el campo y del Seguro Agrario (Fogasa) cubre gastos dirigidos a:

  • La administración de los fideicomisos
  • La realización de estudios relacionados con los seguros agrarios
  • Implementación de sistemas informáticos para la gestión de riesgos
  • La difusión de los mecanismos de aseguramiento a nivel nacional
  • Gastos operativos vinculados al funcionamiento, capacitación, mejoras e innovaciones de los seguros agrarios
  • Subvenciones económicas hasta por un monto máximo de S/ 10 millones, incluidos los gastos operativos.
Miembros de comunidades indígenas y campesinos participan en una marcha en Cuzco durante una protesta exigiendo la disolución del Congreso y la celebración de elecciones democráticas en lugar de reconocer a Dina Boluarte como presidenta de Perú, tras la destitución del líder peruano Pedro Castillo, en Cuzco, Perú, Diciembre 14, 2022. REUTERS/Paul Gambin. NO REVENTAS. NO ARCHIVOS

¿Qué otros cambios ha hecho el decreto legislativo sobre el Fogasa?

De igual manera, ahora el Consejo Directivo del Fogasa también puede aprobar la realización de estudios relacionada “a los seguros agrarios, implementación de sistemas, informáticos para la gestión de riesgos, el plan de difusión de los mecanismos de aseguramiento a nivel nacional, los gastos operativos vinculados al funcionamiento, capacitación, mejoras e innovaciones de los seguros agrarios financiados por el fondo, y aprobar las subvenciones económicas dirigidas a las y los pequeños productores agrarios”.

También se ha resaltado, en el artículo 4, que la implementación de este Decreto Legislativo no se financia con los recursos del Tesoro Público, sino que se solventa con cargo a los recursos referidos en el artículo 7 de la Ley N° 29148, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agrario.