El Poder Judicial declaró infundada la acción de amparo que presentó el exministro de Defensa, Walter Ayala, a favor del golpista expresidente Pedro Castillo. El objetivo de dicho recurso era la anulación de la vacancia presidencial del 7 de diciembre de 2022, la declaratoria de permanente incapacidad moral y la sucesión constitucional de Dina Boluarte.
Así lo dispuso la Tercera Sala Constitucional de Lima, integrada por los jueces Néstor Fernando Paredes Flores, José Clemente Escudero López y José Luis Velarde Acosta, quienes concluyeron que la resolución del Congreso sí estuvo debidamente motivada, contrario a lo que argumentaba Castillo.
“El hecho que el accionante tenga una valoración de los hechos y una interpretación jurídica discrepante a la plasmada en la precitada resolución del Congreso que se cuestiona, no constituye en modo alguno, afectación del derecho a la motivación resoluciones, ni tampoco implica la existencia de una motivación insuficiente”, refirió la sala en la resolución a la que accedió Infobae Perú.
La resolución del Congreso consigna como motivos para destituir al exmandatario el fallido intento de disolver el Poder Legislativo, instaurar un Gobierno de excepción e intervenir ilegalmente el sistema de justicia.
Castillo también denunció una supuesta afectación a su derecho a la defensa, debido a que no, afirma, no se le dio la oportunidad de presentarse ante el Pleno del Congreso. No obstante, la Tercera Sala Constitucional de Lima — coincidiendo con la Corte Suprema — aseveró que nos encontrábamos en una “situación de particular y extrema excepcionalidad constituida por la clara y manifiesta voluntad” de intentar ejecutar un golpe de Estado.
“Una conducta que generó una afectación de gran magnitud contra el orden constitucional y democrático, y la consiguiente paz pública. Resultaba no sólo necesario, realmente era imprescindible la adopción de una inmediata decisión del Congreso de la República —insistimos— por la situación de extrema excepcionalidad de los hechos producidos; no obstante ello, las limitaciones y restricciones efectuadas en el derecho de defensa y debido proceso del accionante no puede calificarse de patentemente inconstitucional”, argumentó el colegiado.
Por ello, la Tercera Sala Constitucional de Lima rechazó la pretensión de Pedro Castillo, quien se encuentra recluido en el penal de Barbadillo, para ser restituido en el cargo de presidente de la República.
Pedro Castillo y sus abogados
Esta acción de amparo fue presentada en enero de este año por el exministro Walter Ayala, quien fue denuncia constitucionalmente junto a Pedro Castillo por abuso de autoridad, patrocinio ilegal y cohecho pasivo propio en el caso de Ascensos irregulares en las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú.
En junio, Ayala anunció que cedía la defensa legal en este recurso al abogado Guillermo Olivera. Sin embargo, este también renunciaría tras acusar al expremier Aníbal Torres de permitir el arresto de Pedro Castillo.
“Él lo ha llevado a la cárcel, lo ha entregado a la cárcel, he visto que el mismo Aníbal Torres firmó la papeleta de detención que le entregaba la fiscal de la Nación cuando en ese mismo momento se debió rechazar esa papeleta de detención”, indicó a Panorama.
A los días, Olivera dio a conocer que recibió una llamada telefónica del exministro Iber Maraví para reclamarle por las afirmaciones contra Torres. “Que don Pedro designe a otro defensor que defienda como Iber desea y pueda dirigirlo. Creo que él conoce a sabios y yo no lo soy”, manifestó en una publicación de Facebook.
Ante ello, el exministro Walter Ayala retomaría la defensa del expresidente.
“He vuelto a retomar el amparo a favor del presidente Pedro Castillo, seguiré actuando con profesionalismo, honestidad y lealtad. Esperamos con mucha esperanza pronunciamiento del Poder Judicial”, comunicó Ayala en un tuit.