Blume a Inés Tello en 2019: “La ley no dice que tiene que cesar a los 75 años, sino al concluir su mandato”

Durante la entrevista a la entonces candidata a la JNJ, Ernesto Blume dejó en claro que el rango de 45 a 75 años establecido en la Constitución aplicaba únicamente para acceder al concurso público. Más de 3 años después, el expresidente del TC se desdice de esta interpretación jurídica

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Pregunta de Ernesto Blume a Inés Tello durante el proceso de selección de miembros de la JNJ en 2019 | Justicia TV

Uno de los cargos que se le imputa a la Junta Nacional de Justicia (JNJ) es supuestamente haber beneficiado a la consejera Inés Tello al “interpretar” el artículo 156 de la Constitución para que se mantenga en el cargo pese a haber superado los 75 años. No obstante, lo cierto es que hay dos interpretaciones al respecto: unos consideran que, en efecto, ese es el límite para ejercer dicho cargo, mientras que otros sostienen que es solo un candado al momento de postular. Uno de los que se adhirió a esa postura fue el expresidente del Tribunal Constitucional, Ernesto Blume.

Blume, al ser presidente del TC en 2019, fue uno de los miembros de la Comisión Especial para la selección de los integrantes de la entonces flamante JNJ, que reemplaza al contaminado Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) tras explotar el escándalo de Los Cuellos Blancos del Puerto o CNM Audios.

Durante la entrevista personal, el exmagistrado le consultó a la entonces candidata Inés Tello las medidas que impulsaría en el sistema de administración de justicia para garantizar la independencia judicial tras revelarse que consejeros, jueces supremos y fiscales supremos se coludían para obtener beneficios ilícitos. Antes de que la actual integrante de la JNJ respondiera, Ernesto Blume dio su posición respecto al rango de 45 a 75 años que aparece en la Constitución.

Ocurre que Tello de Ñecco se presentó al concurso público para ser miembro de la JNJ apenas cumplió 74 años (nació el 10 de setiembre de 1945). Esto era de conocimiento de los otros integrantes de la comisión especial: Walter Gutiérrez, exdefensor del Pueblo; Zoraida Ávalos, exfiscal de la Nación; José Luis Lecaros, expresidente del Poder Judicial; Nelson Shack, contralor; Jorge Alva, representante de las universidades públicas; y Antonio Abruña, representante de las universidades privadas.

De izquierda a derecha: Jorge
De izquierda a derecha: Jorge Alva, Ernesto Blume, José Luis Lecaros, Walter Gutiérrez, Zoraida Ávalos, Nelson Shack y Antonio Abruña. Foto: Defensoría

Justamente, fue el juez supremo Lecaros quien informó sobre la edad de Inés Tello durante la entrevista: “(...) Aparentemente, usted cesaría a los 8 meses (la primera JNJ juró en enero de 2020) si es que se le nombra por el límite de edad que establece la ley, salvo que Reniec esté equivocado en cuanto a su edad. ¿Usted cree que en 8 meses de labor podría usted cumplir las labores que la ley le asigna a la JNJ, y no cree usted que sería inconveniente un cambio de miembro a medio proceso?”.

La resolución

La interpretación por la que se inclinaban tanto Blume como Tello fue respaldada por los otros integrantes de la JNJ —con opinión favorable de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir)— fue materializada en la resolución 224-2020-JNJ, del 23 de octubre de 2020.

Sobre dicha resolución no se interpuso algún recurso que cuestione su contenido, ni desde el Congreso ni desde otro organismo. Es recién 3 años después que el sector extremista del Parlamento recoge este documento para imputar una supuesta “falta grave” a los integrantes de la JNJ.

Sin embargo, 3 años después, el expresidente del TC mostraría otra postura. Así lo manifestó Blume en entrevista con Canal N.

“Si yo postulo cuando no tengo 75, pero (...) me coge los 75 cumpliendo el mandato, es evidente que ahí termino porque (la Constitución) dice que ser miembro debe tener más de 45 y menos de 75. Hay esa posibilidad (de que se pueda interpretar de otra manera). Siempre en el derecho hay dos formas”, declaró.

Expresidente del TC da una nueva versión sobre el artículo 156 de la Constitución | Canal N
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