Miles de personas han sido afectadas por las constantes llamadas que llegan de agotados trabajadores de los callcenter, quienes ofrecen servicios que van desde telefonía hasta seguros de salud. Incluso, el spam ha ido tan lejos que se pueden recibir comunicaciones en las que nadie responde. Por ello, a fin de preservar la tranquilidad de la ciudadanía, el Pleno del Congreso aprobó nuevamente el proyecto de ley que modifica el Artículo 58 de la ley 29571, a fin de ampliar la prohibición de que las empresas realicen llamadas o envíen mensajes de texto para vender sus productos o servicios, sin que esto haya sido solicitado por el consumidor.
Con con 112 votos a favor y ninguno en contra o abstención, el texto sustitutorio de los proyectos de ley 2942, 3131 y 3541 fue aprobado este 14 de septiembre. Además, se exoneró de segunda votación.
Esto, después de que el pasado 2 de mayo, el Poder Ejecutivo observase la autógrafa de ley que prohíbe las llamadas o mensajes de texto spam con fines comerciales porque no se analizaban bien las consecuencias de las restricciones, además de que las comunicaciones spam solo se prohiben de forma absoluta desde las 8:00 p.m. hasta las 7:00 a.m., por lo que los ciudadanos aún pueden seguir recibiendo estas comunicaciones en los horarios no restringidos.
“La modificación tendría un efecto desfavorable para el consumidor, en la medida que con ello se facultaría a los proveedores a comunicarse cualquier día y dentro de los horarios no prohibidos, aun cuando el consumidor no hubiese solicitado recibir tales propuestas”, indicó el Ejecutivo en sus observaciones.
Esto, lamentablemente se ha mantenido en esta nueva votación.
Inicialmente, este 14 se buscaba que el proyecto de ley sea aprobado por insistencia y así fue al principio de las votaciones; sin embargo, una de las autoras del proyecto de ley, Patria Juárez (Fuerza Popular) señaló que era necesario modificar una sola palabra del texto, en el literal “e”, del artículo 58.
Esto debido a que, según su parecer, el texto de la única excepción a estas comunicaciones spam estaba mal redactado. Finalmente se cambió una “y” por una “o”, en este párrafo. (Ver imagen)
“En el literal E, del artículo 58 del Código de Defensa del Consumidor donde están las excepciones, donde el consumidor puede recibir información publicitaria de los proveedores siempre y cuando que este lo solicite del proveedor. Sin embargo, por un defecto de redacción se estaría afectando los derechos de los trabajadores de las empresas proveedoras al momento de ofrecer sus servicios, pues la letra “y” generaría una doble carga para el consumidor, al entenderse que una ve que el consumidor se puso en contacto no se necesitaria una nueva autorización cuando se le contacte”, dijo la parlamentaria.
José Cevasco, ex Oficial Mayor del Congreso explicó que esta modificación convierte al documento del proyecto de ley en uno completamente nuevo, por lo que el Ejecutivo nuevamente puede observarlo, tal como sucedió con el anterior.
“Así se modifique una sola palabra o una sola letra, ya es un proyecto de ley nuevo”, dijo a Infobae Perú.