Luis Ángel Aragón, congresista de Acción Popular, presentó un proyecto de ley que pretende incorporar las pausas activas —o también llamados ‘microdescansos’— en la jornada laboral. Después de recibir la aprobación en marzo en la Comisión de Trabajo, se someterá a debate y votación en la próxima y próxima sesión del Congreso de la República.
Como se recuerda, la primera sesión plenaria de la nueva legislatura fue el pasado jueves 31 de agosto y la segunda cita estaría por darse a menos de una semana. Todo parece indicar que la tentativa de ley se encamina a ser aprobada por una mayoría, no obstante, algunos expertos en temas laborales la encuentran contraproducente.
¿En qué consiste el proyecto y cómo se aplicaría?
El proyecto de Ley 2135/2021-CR dispone que el trabajador tendrá derecho a realizar pausas activas de cinco minutos por cada dos horas de trabajo, tiempo en el que estará exento de realizar actividades laborales o cualquier otra relacionada con la entidad.
Esta normativa, que sería implementada para los trabajadores bajo todos los regímenes laborales, privados, públicos y especiales, servirá para mejorar la productividad, bienestar laboral y salud mental de los empleados.
Luis Aragón, autor de la propuesta, ha remarcado algunos puntos para que la naturaleza del proyecto no se vea afectado y las empresas no intenten ‘sacarle la vuelta’ a la posible norma.
“El microdescanso no puede aplicarse al inicio y al final de la jornada laboral, ni el horario del derecho a tomar sus alimentos de los trabajadores”, subraya la iniciativa legislativa.
“En el caso de trabajadores que, por la naturaleza de sus actividades, no puedan detener su ejecución, el empleador deberá diseñar un mecanismo equivalente a las pausas activas que, sin hacer peligrar la actividad, permita al trabajador tener los espacios de distensión para mitigar el impacto de los riesgos laborales”, refiere el proyecto de ley.
Además, se establece que el empleador deberá crear un registro de pausas activas en el que el trabajador firmará para confirmar que ha llevado a cabo estas pausas. El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o el supervisor, en caso necesario, serán responsables de asegurarse de que se cumpla
“La Superintendencia de Fiscalización Laboral y la Autoridad Nacional del Servicio Civil, en el marco de sus funciones, fiscalizan el cumplimiento e implementación del derecho de los trabajadores al disfrute del microdescanso”, menciona la propuesta.
“Es una medida innecesaria”
Para el abogado laboralista Martín Ruggiero, la tentativa presentada por Acción Popular es innecesaria debido a que ya existe como ley un tiempo de refrigerio por un tiempo no menor de 45 minutos.
Asimismo, en diálogo con Gestión, indicó que la jornada de trabajo se vería reducida si se aprueba la propuesta. Por ejemplo, en el caso de una jornada de 8 horas diarias, esta tendría tres pausas activas que sumarían 15 minutos. O en caso de una jornada de 9 horas diarias, tendría cuatro pausas activas que sumarían 20 minutos.
“El disponer la implementación de un registro de pausas activas implica que su aplicación es obligatoria. Si ese registro no está llenado, en una fiscalización la Sunafil podría iniciar un procedimiento sancionador”, advirtió.
De igual forma, el abogado laboralista Carlos Cadillo, socio en Miranda & Amado, indicó que el proyecto de ley crearía un derecho para el trabajador y a su vez una obligación para el empleado.
En esa línea, Cadillo también consideró que la medida generaría un sobrecosto laboral. “Al disponer que las pausas activas formen parte de la jornada laboral, el pago que hace la empresa será para una jornada que se reducirá en 20 minutos. Con ello, querer mantener la productividad terminará siendo más costoso”, mencionó.
Según el experto, la opción más adecuada sería que cada empleador decida de manera voluntaria si desea incorporar las pausas activas en función de las particularidades de cada puesto de trabajo, y que busque orientación de un profesional especializado en el tema para hacerlo.
¿Desde cuánto se implementará los microdescansos?
Si este proyecto es aprobado y publicado en el diario oficial El Peruano, las instituciones tanto públicas como privadas deberán, en colaboración con sus empleados, establecer el horario de microdescanso en un plazo de 30 días.