El Poder Judicial evaluará el próximo 4 de setiembre, a las 2:30 de la tarde, el pedido del Ministerio Público para incluir a cuatro empresas en la investigación que se le sigue al expresidente Martín Vizcarra (2018-2020) por los presuntos actos de corrupción que se dieron durante su gestión en el Gobierno regional de Moquegua entre el 2011 al 2014.
La magistrada Margarita Salcedo, titular del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior Nacional, será la encargada de analizar el pedido de la Fiscalía, que también es compartido por la Procuradoría Ad Hoc del caso Odebrecht y Lava Jato, en una audiencia virtual.
Las empresas en cuestión que podrían ser incluidas en la investigación contra Vizcarra Cornejo son las siguientes: Obras e Ingeniería S.A (Obrainsa), Ingenieros Civiles y Contratistas Generales S.A (ICCGSA), Astaldi S.P.A - Sucursal - Perú e INCOT Contratistas Generales S.A.C.
En caso la jueza Salcedo declare fundado el requerimiento de la Procuradoría y la Fiscalía, entonces las citadas compañías serían pasibles a pagar una reparación civil que se imponga en el proceso contra el expresidente Vizcarra.
El fiscal German Juárez Atoche ha solicitado 15 años de prisión efectiva contra el fundador del partido Perú Primero debido a que lo acusa de recibir sobornos de empresas vinculadas al ‘Club de la Construcción’ a cambio de entregarles la licitación del Proyecto de Irrigación Lomas de Ilo y de la construcción del hospital de dicha región del sur del país.
Vizcarra Cornejo afronta el proceso bajo comparecencia con restricciones.
Niega permiso
El 11 de agosto se conoció que el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional rechazó un pedido de la defensa legal de Vizcarra Cornejo, quien solicitó que el exmandatario viaje a Moquegua debido a que tiene un contrato indeterminado de trabajo mixto con la empresa Agrotécnica Estuquiña,
En esa oportunidad, la magistrada Salcedo decidió acoger los argumentos planteados por el fiscal Osías Castañeda, en representación del equipo especial Lava Jato, quien señaló que la documentación presentada por la defensa legal del exmandatario sobre su vínculo con la citada compañía era del 30 de setiembre del 2021.
El integrante del Ministerio Público enfatizó que el contrato de Vizcarra fue producto de una conciliación, que no acarrea obligación judicial alguna, y no se adjuntó pruebas sobre las labores que iba a ejecutar de manera presencial con el personal de la empresa.
“Lo que no permite conocer si dicha empresa a la fecha aún no se encuentra vigente y en operaciones, menos conocer si los representantes son los mismos en la actualidad o se tratan de otras personas”, se lee en el fallo.
De otro lado, el PJ hizo énfasis en el domicilio donde Vizcarra iba a quedarse durante sus días en Moquegua.
“El inmueble ubicado en la Urbanización Santa Catalina Mz. C Lt.22 del distrito de Moquegua, en el supuesto de que se le de autorización de viaje, adjunta el documento H, sin embargo esta data del 18 de noviembre de 2020, lo que tampoco genera certeza de que la propiedad sea del solicitante [Martín Vizcarra] en la actualidad o si pertenece a otra persona, más aún si no se acompaña documento alguno que lo corrobore”, se menciona.
Finalmente, la magistrada sostiene que “del análisis efectuado se colige que los elementos de convicción acompañados por el recurrente no generan convicción en esta judicatura como para estimar que existe un motivo o causal por razones de trabajo para la autorización de viaje a la ciudad de Moquegua en las fechas solicitadas”, zanja.