Si no pagas tu recibo de teléfono o línea móvil a tiempo, ¿puedes ser reportado en la central de riesgo de la SBS?

El registro de deudas en una central de riesgo puede afectar tu historial crediticio, además puedes ser considerado como cliente moroso ante el sistema financiero

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Si no pago mi recibo
Si no pago mi recibo de celular, ¿puedo ingresar a la central de riesgo? - Crédito: Andina

Estar en Infocorp no implica necesariamente tener un historial crediticio negativo como mucho se piensa; sin embargo, hay una serie de acciones que si cometes, podrían afectar tu calificación de positiva a negativa, lo que te comprometería en futuras solicitudes de préstamos como créditos hipotecarios, vehiculares, de consumo, entre otros productos que ofrecen las entidades financieras.

Uno de los mayores errores que se piensa es que las pequeñas deudas no ingresarán a forma parte del historial. Se debe saber que todos los peruanos mayores de 18 años están registrados en la base de datos de Infocorp; ya sea con información positiva, que significa un pago oportuno de deudas, o una información negativa, cuando las deudas impagas han caído en morosidad.

Equifax señala que si una persona ha pagado sus deudas a tiempo, es probable que la calificación que tenga sea positiva, así sea con el financiamiento de un celular o pago de una línea que puede ser reportado en cualquier momento.

Cuando no pagas a tiempo, el banco reporta tu atraso a una central de riesgos: desde este momento, tu perfil crediticio se ve afectado ante todo el sistema financiero porque serás considerado un cliente moroso. Con este antecedente se hace más difícil acceder a, por ejemplo, un préstamo.

Para acceder al reporte de
Para acceder al reporte de deudas de la SBS, puedes utilizar el servicio en línea o visitar las oficinas de atención al público, siguiendo los pasos indicados.

¿Qué empresas reportan tus deudas a Infocorp?

  • Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), que es la que recopila la información del sistema financiero como bancos y cajas.
  • Empresas comerciales de telefonía, venta directa, retail, casas comerciales o compañías que venden productos o servicios a crédito.
  • Empresas financieras no reguladas por la SBS (ONG, cooperativas, cajas rurales, fintechs).
  • Sunat.
  • La Cámara de Comercio de Lima, que administra el registro de protestos y moras (títulos como letras de cambio o pagarés) de diversas empresas comerciales.

Si he cancelado mi deuda, qué pasos debo seguir para salir de la central de riesgo

No es necesario que efectúes algún trámite ante la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, la información de deudas dejará de figurar a partir del mes de la cancelación. Por ejemplo, si pagaste la totalidad de tu deuda el 30 de diciembre 2020, no figurarás en el reporte de dicho mes, pero debes tener en cuenta que la información de tu deuda reportada hasta el mes de noviembre se mantendrá registrada como parte de tu historial crediticio.

¿Cómo se clasifica a los deudores?

La clasificación se realiza de acuerdo al tipo de crédito contratado, para créditos de consumo la clasificación se basa en la morosidad en el pago o en el alineamiento.

Normal:

  • Para créditos de consumo, el pago puntual o atraso debe ser máximo 8 días calendario.
  • Para crédito hipotecario, el pago puntual o atraso debe de ser 30 días calendario.

Problemas potenciales:

  • Para créditos de consumo, los atrasos en el pago deben ser de 9 a 30 días calendario.
  • Para crédito hipotecario, los atrasos en el pago deben ser de 31 a 60 días calendario.

Deficiente:

  • Para créditos de consumo, los atrasos en el pago deben ser 31 a 60 días calendario.
  • Para crédito hipotecario, los atrasos en el pago deben ser, de 61 a 120 días calendario.

Dudoso:

  • Para créditos de consumo, los atrasos en el pago deben ser de 61 a 120 días calendario.
  • Para crédito hipotecario, los atrasos en el pago deben ser de 121 a 365 días calendario.

Pérdida:

  • Para créditos de consumo, los atrasos en el pago deben ser de 120 días calendario.
  • Para crédito hipotecario, los atrasos en el pago deben ser de 365 días calendario.
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