Empresa perjudicada exige que Alejandro Soto pague más de 300 mil soles de reparación civil

Aunque el proceso penal por estafa contra el presidente del Congreso fue declarado prescrito gracias a la Ley 31751, la empresa Waynapicchu aún puede obtener una reparación civil por daños y perjuicios. Abogado Darwin Urquizo oficializó pretensión ante juzgado de Cusco

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Fiscalía solicitaba 8 años de prisión para Alejandro Soto, pero proceso penal se interrumpió por la ley que el congresista respaldó
Fiscalía solicitaba 8 años de prisión para Alejandro Soto, pero proceso penal se interrumpió por la ley que el congresista respaldó

Luego de que Alejandro Soto, presidente del Congreso, logró que el proceso penal por estafa sea declarado prescrito, amparándose en la Ley 31751 que promovió y aprobó, el juez Carlos Román Gil, del Tercer Juzgado Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Cusco, dejó abierta la posibilidad para que la parte agraviada, la empresa de Transportes Waynapicchu, busque una reparación civil.

Por ello, en un escrito al que accedió Infobae Perú, el abogado Darwin Urquizo, quien defiende a Waynapicchu, solicitó este lunes 14 de agosto al magistrado Román Gil la instalación del juicio oral respecto a la reparación civil, que, en los hechos imputados a Soto Reyes, asciende a 323.829,87 soles.

Piden que Alejandro Soto pague reparación civil en proceso por estafa
Piden que Alejandro Soto pague reparación civil en proceso por estafa

Al parlamentario de Alianza para el Progreso se le imputan dos hechos: el cobro de 6.945 soles por la redacción y actualización de los estatutos de la empresa, compromiso que no habría cumplido, y la compraventa de un terreno sobrevalorado y sobredimensionado.

Por el hecho “Estatuto” se solicita una reparación civil de 36.558,33 soles, mientras que por la compraventa del terreno se pide una indemnización de 287.271,54 soles. Esta última, en caso de que el juez falle a favor de los denunciantes, sería cancelada de manera solidaria por Alejandro Soto y los otros 5 implicados en dicho acto irregular.

Alejandro Soto vendió por 265 mil dólares un terreno que adquirió meses atrás por 5 mil dólares
Alejandro Soto vendió por 265 mil dólares un terreno que adquirió meses atrás por 5 mil dólares

Además de las pretensiones, el letrado Darwin Urquizo ofreció los medios de prueba respectivos.

Los medios de prueba

Para el hecho “Estatuto”, la defensa legal de Waynapicchu presentará los váuchers de los cheques que giró a favor de Alejandro Soto. También se tienen las copias de los recibos por honorarios del ahora presidente del Congreso.

En relación a la compraventa del terreno, el abogado Darwin Urquizo también ofrece los registros bancarios que demuestran que Waynapicchu pagó 265 mil dólares por un supuesto terreno de 879.90 metros cuadrados.

En realidad, el terreno en mención medía 640.61 metros cuadrados, más de 200 metros cuadrados de diferencia. Así lo confirmó una segunda memoria descriptiva del predio. La primera memoria fue elaborada por el ingeniero agrónomo Marco Quenta Escalante; sin embargo, este, “falsamente y en atención a los intereses de los justiciables, señaló que el área del terreno era de 879.90 metros cuadrados”.

“Dicho imputado es hermano de José Carlos Quenta Escalante, guardaespaldas del vendedor y en aquel entonces asesor legal de la agraviada, Alejandro Soto Reyes. Servicios por los que se le pagaron 7 mil soles”, se lee en la imputación de la Fiscalía.

Se habría intentado mantener el engaño de la presunta estafa
Se habría intentado mantener el engaño de la presunta estafa

Alejandro Soto pide el archivo definitivo del proceso penal

Este lunes, el presidente del Congreso, Alejandro Soto, solicitó al Tercer Juzgado Unipersonal de Cusco declarar “consentida” la resolución que declara la prescripción del proceso penal por presunta estafa y, en consecuencia, archivar definitivamente el caso en dicho extremo.

El abogado de Soto Reyes, Walter Pimentel Peralta, basa su pedido en que ni la defensa de Waynapicchu ni la Fiscalía apelaron dicha decisión. Infobae Perú pudo conocer que no se impugnó el fallo toda vez que sigue vigente la Ley 31751, que permitió que el legislador de Alianza para el Progreso se libre de una eventual condena de 8 años y 8 meses de pena privativa de la libertad.

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