
Pese a que lo haya negado en reiteradas ocasiones, el presidente del Congreso, Alejandro Soto, sí se benefició con la Ley 31751, norma que promovió y respaldó con su voto. Así lo demostraron resoluciones judiciales a las que accedió Infobae Perú y ahora lo confirma un escrito presentado por el abogado del cuestionado parlamentario de Alianza para el Progreso, Walter Pimentel Peralta.
El 14 de julio, una semana antes de que se instale el juicio oral en su contra por presunta estafa, la defensa de Soto Reyes remitió un escrito al juez Carlos Román Gil, del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, en el que requiere que se aplique la Ley 31751 en el caso de su patrocinado y, en consecuencia, se archive el caso.
La referida norma hace cambios en el Código Penal y el Código Procesal Penal para reducir la suspensión de la prescripción a un año. En la práctica, facilita que casos emblemáticos queden impunes.
“Señor magistrado, como bien sabemos, en fecha 25 de mayo del año 2023, se publicó en el Diario Oficial el Peruano la Ley 31751 (Ley que modifica el Código Penal y el Nuevo Código Procesal Penal para modificar la suspensión del plazo de prescripción)”, se lee en el documento al que accedió Infobae Perú.

El letrado invocaría dicha norma en la audiencia del último 21 de julio, cinco días antes de que se lleve a cabo la elección de la Mesa Directiva que ganaría Alejandro Soto con votos del fujimorismo y cerronismo.
“En este acto, señor magistrado, me permito solicitar a su despacho se declare la extinción de la acción penal a favor de mi patrocinado por prescripción, sobre todo, invocando lo establecido por la Ley 31751, que se aplique de manera retroactiva a favor de mi patrocinado, ley que está vigente”, reiteró el doctor Pimentel Peralta.
Alejandro Soto intentó victimizarse
Canal N entrevistó a Soto Reyes para, entre otros temas, consultarle sobre porqué su abogado invocó la Ley 31751 para que se archive su proceso por estafa cuando supuestamente había prescrito en 2019. “(Mi abogado) puede argumentar mil cosas”, dijo el presidente del Congreso.
“Está utilizando una norma que a mí no me beneficia. No me beneficia en absoluto porque mi caso ya estaba prescrito y sobreseído cuatro años atrás. (...) “Es un argumento que él habrá utilizado. El fondo del asunto es que un juez en el 2019 ya había declarado prescrito el caso”, insistió.
Sin embargo, esta afirmación también es falsa. En efecto, un juzgado de la investigación preparatoria ordenó la prescripción a favor de Soto Reyes y otros implicados en 2019. Sin embargo, dicha decisión sería anulada por una sala de apelaciones. Resoluciones difundidas por Infobae Perú corroboran ello.

Además, ya en 2023, la resolución que declara extinta la acción penal contra Alejandro Soto también consigna que la defensa legal solicitó aplicar la Ley 31751. Luego de que se diera a conocer esto, el jefe de la Mesa Directiva no ha vuelto a pronunciarse.
Sí se pronunció la empresa perjudicada: a través de su abogado, el doctor Darwin Urquizo, anunciaron que buscarán que el congresista de Alianza para el Progreso pague una reparación civil de 300 mil soles.
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