En su último mensaje a la nación, la presidenta de la república, Dina Boluarte, recordó a los ciudadanos extranjeros residentes en el Perú que tienen un plazo de hasta tres meses para acogerse a la amnistía dada por el gobierno central y que puede tramitarse de forma gratuita ante la Superintendencia Nacional de Migraciones.
Los ciudadanos venezolanos, colombianos, ecuatorianos y de otros países en Perú tendrán plazo hasta el 28 de octubre.
“Hemos dado las facilidades para que aquellos que se encontraban incursos en alguna infracción migratoria, puedan regularizarla a través de una amnistía de multas, para lo cual se dio un plazo de 6 meses que vence el próximo 28 de octubre. No habrá prórroga alguna. Quienes no hayan cumplido ante Migraciones serán expulsados del país”, señaló la mandataria durante su discurso.
Cómo acceder a la amnistía
Las personas extranjeras que se acojan a la amnistía serán libradas de pagar la multa. Este beneficio se aplica incluso a aquellos que estén en medio de procedimientos en trámite o que tengan fraccionamientos de multa, con la excepción de aquellos que ingresaron al país como turistas desde que la Ley de amnistía entró en vigencia.
En el caso de que la persona extranjera no solicite la amnistía y emprenda algún proceso para regularizar su situación, si la infracción persiste, Migraciones estará facultada para iniciar los procedimientos administrativos sancionadores correspondientes.
El trámite del proceso es virtual. La solicitud se realiza a través del módulo “Acogimiento de Amnistía” en la Agencia Digital de Migraciones.
La aprobación de la amnistía es automática. Una vez que envíe la solicitud, la confirmación llegará a su correo electrónico.
Infracciones migratorias
Estas son las infracciones migratorias pueden acogerse a la amnistía:
- El exceso de permanencia al momento de salir del país.
- En caso de más de una nacionalidad, utilizarlas indistintamente para el ingreso, permanencia o salida del territorio nacional.
- No actualizar la información contenida en el carné de extranjería.
- No pagar las tasas que corresponda.
- No solicitar la prórroga de la calidad migratoria dentro del plazo de su vigencia
- Realizar actividades que no corresponden a la calidad migratoria, visa o permiso asignado o desnaturalizarla.
Los beneficiarios de CPP también pueden acogerse
La Superintendencia Nacional de Migraciones ha informado que esta amnistía beneficia a las personas extranjeras que, principalmente, no realizaron el trámite de prórroga de residencia o tienen exceso de permanencia en el Perú.
Los extranjeros con Permiso Temporal de Permanencia (CPP) que hayan cometido alguna de las infracciones migratorias ya mencionadas pueden acogerse también a la amnistía que vence el 28 de octubre de este año.
Sobre los refugiados
El procedimiento de amnistía no implica llevar a cabo una regularización migratoria, solicitar un cambio de calidad migratoria o extender la residencia.
Migraciones aconseja a todos los ciudadanos extranjeros regularizar su situación migratoria, solicitar la prórroga de residencia o cambiar su calidad migratoria para evitar acumular multas nuevamente.
Cabe indicar que las personas que están solicitando la condición de refugiados y aquellas que ya han sido reconocidas como refugiados no están sujetas a multas migratorias, por lo tanto, no deben realizar este procedimiento.
Solicitudes de Permiso Temporal de Permanencia
Por otro lado, en el marco de la campaña “Regularización por un país seguro”, la Superintendencia Nacional de Migraciones informó que cerca de 70,000 personas extranjeras solicitaron acogerse al nuevo Permiso Temporal de Permanencia, que posibilita regularizar la situación migratoria por el periodo de un año
Este permiso está dirigido a quienes ingresaron al país sin control migratorio o excedieron su periodo de permanencia hasta el 10 de mayo pasado.
Del total de solicitudes, más del 70 % iniciaron su trámite en Lima, seguidas de Trujillo (6.9%) Chiclayo (3.3%), Piura (2.9%), Arequipa (2.8%), Chimbote (2.5%), entre otras ciudades, donde Migraciones cuenta con oficinas.