Disolvieron 11 cooperativas de ahorro y crédito en Arequipa, Áncash y otros departamentos: ¿cuáles son?

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) dio a conocer la lista de las Coopac que fueron declaradas disueltas. Ante ello, les designó administradores temporales. Según expertos, las cooperativas no se encuentran cubiertas por el Fondo de Seguro de Depósito.

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La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) dispuso que las cooperativas disueltas tengan administradores temporales. (Andina)
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) dispuso que las cooperativas disueltas tengan administradores temporales. (Andina)

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) dispuso declarar la disolución de 11 cooperativas de ahorro y crédito por encontrarse incursas en la causal de inactividad. En ese sentido, publicó el lunes 24 de julio las referidas resoluciones en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

¿Qué cooperativas fueron declaradas disueltas?

  • Cooperativa de Ahorro y Crédito Sol de Arequipa Limitada (Resolución SBS N° 02407-2023)
  • Cooperativa de Ahorro y Crédito Progresemos Unidos (Resolución SBS N° 02408-2023)
  • Cooperativa de Ahorro y Crédito Sol Naciente (Resolución SBS N° 02410-2023)
  • Cooperativa de Ahorro y Crédito Finanzas el Metro (Resolución SBS N° 02411-2023)
  • Cooperativa de Ahorro y Crédito Del Norteño (Resolución SBS N° 02412-2023)
  • Cooperativa de Ahorro y Crédito Credifinca (Resolución SBS N° 02413-2023)
  • Cooperativa de Ahorro y Crédito Crecer Family (Resolución SBS N° 02414-2023)
  • Cooperativa de Ahorro y Crédito Coopesur (Resolución SBS N° 02415-2023)
  • Cooperativa de Ahorro y Crédito Ancash (Resolución SBS N° 02416-2023)
  • Cooperativa de Ahorro y Crédito Alto Chicama (Resolución SBS N° 02417-2023)
  • Cooperativa de Ahorro y Crédito Raíces Limitada (Resolución SBS N° 02471-2023)
Entre los motivos de disolución, se constató que una cooperativa cerró su local principal sin que dé cuenta de ello a la SBS.
Entre los motivos de disolución, se constató que una cooperativa cerró su local principal sin que dé cuenta de ello a la SBS.

¿Cuáles fueron los motivos?

Entre los principales motivos para que La SBS declare la disolución de estas 11 cooperativas, figuran: estar incursas en causal de inactividad y no remitir los estados financieros de acuerdo con el Manual de Contabilidad por dos periodos consecutivos en el plazo de un año.

En el caso de la cooperativa Sol Naciente, no cumplió con remitir sus finanzas entre marzo de 2019 y 2023. Además se pide a las cooperativas designar administradores temporales que asuman su representación, participen en audiencias conciliatorias y arriben acuerdos conciliatorios extrajudiciales.

El artículo 9 del Reglamento de Regímenes Especiales estipula que la resolución de disolución no pone término a la existencia legal de la cooperativas, sino que subsisten hasta que concluya el proceso liquidatorio o quiebra y, como consecuencia de ello, se inscriba su extinción en el registro público.

No obstante, a partir de la publicación de la mencionada resolución de disolución, las cooperativas mencionadas dejarán de ser sujetos de crédito.

En el caso de COOPAC Raíces Limitada, se encuentra incursa en la causal de inactividad establecida en el subnumeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del Reglamento de Registro, debido a que se constató el cierre de su local principal sin que dé cuenta de ello a la SBS por un periodo de 15 días calendario continuos.

Las cooperativas de ahorro y crédito (COOPAC) no se encuentran cubiertas por el Fondo de Seguro de Depósito.
Las cooperativas de ahorro y crédito (COOPAC) no se encuentran cubiertas por el Fondo de Seguro de Depósito.

SBS: ¿cuáles son las prohibiciones en contra de las cooperativas?

De esta manera, la Superintendencia de Banca y Seguros precisa que en aplicación del artículo 9 del Reglamento de Regímenes Especiales, queda prohibido iniciar en contra de estas cooperativas:

1. Procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo.

2. Perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas en su contra.

3. Constituir gravámenes sobre alguno de sus bienes en garantía de las obligaciones que le conciernen.

4. Hacer pagos, adelantos o compensaciones, o asumir obligaciones por cuenta de ella, con los fondos o bienes que le pertenezcan y se encuentren en poder de terceros.

5. Constituir medida cautelar contra sus bienes.

¿Cooperativas de ahorro y crédito están cubiertas con un seguro?

El Fondo de Seguro de Depósito (FSD) es un respaldo financiero en caso la entidad financiera sea declarada en estado de disolución o liquidación. Este seguro de hasta S/123.000 (para el periodo junio - agosto) protege a las personas que tienen ahorros en bancos, cajas municipales y financieras, sin embargo no brinda cobertura a las cooperativas de ahorro y crédito (COOPAC).

El fondo de seguro de depósito cubre a bancos, cajas y financieras, pero no protege a cooperativas.
El fondo de seguro de depósito cubre a bancos, cajas y financieras, pero no protege a cooperativas.

Estas instituciones cuentan con su propio ‘seguro’ llamado Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo (FSDC), cuyo monto máximo será de S/10.000, pero recién entrará en vigencia a mediados de 2024.

¿Qué son las cooperativas de ahorro y crédito?

Las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (Coopac) son entidades asociativas que se dedican a captar el ahorro y otorgar préstamos a sus socios cooperativos, quienes pagan una membresía mensual por acceder a diversos productos de crédito y ahorro.

Entre los servicios que ofrece son: préstamos, aportaciones, depósitos a plazo fijo, cuentas de ahorro. Desde el 2019, las Coopac son supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

¿Qué es y cuáles son las funciones de la SBS?

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SB), es un organismo autónomo encargado de supervisar y regular el sistema financiero, así como de prevenir y detectar el lavado de activos y financiamiento del terrorismo (Laft).

Dentro de sus funciones, establecidas en la Ley General del Sistema Financiero, de seguros y Orgánica, también se encuentra el fijar y controlar el precio de las diferentes divisas que operan en el mercado.

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