Hace ya algunos años, gerencié una agencia bancaria en Cajamarca. Nuestros principales clientes eran los contratistas y proveedores de las empresas mineras que ahí operaban (a estas empresas las atendía la división de Banca Corporativa, obviamente), y la planilla de todas ellas en conjunto.
El dueño de una empresa dedicada al movimiento de tierras comentaba en una reunión que, en la siguiente oportunidad que requiriera personal, al perfil de cada puesto le agregaría que los postulantes debían contar con “capital de trabajo”, toda vez que desde que ingresaban estaban pidiendo adelantos para cubrir gastos tales como movilidad hacia y desde el paradero que los llevaba a las instalaciones mineras, comida y otros, antes de recibir su primer pago mensual. Muchos pensaron que esta era una “locura” más del directivo; otros, entendimos muy bien su idea.
Y es que, justamente, el capital de trabajo (en adelante, CT) está definido como un gasto operativo cubierto por adelantado; y, como las finanzas personales y empresariales se rigen bajo los mismos conceptos, el punto de vista del dueño de la empresa era perfectamente válido.
Completan la definición anterior de capital de trabajo dos aspectos adicionales: el primero, que el CT tiene una relación directa con el volumen de operaciones (a mayor volumen, mayor CT); y, el segundo, que toda necesidad de efectivo, compra de mercaderías u otorgamiento de crédito lo incrementa y la consecución de financiamiento de corto plazo (bancos o proveedores) lo disminuyen.
Lo mismo podría aplicarse para estos trabajadores; mientras mayor fuera la distancia de su domicilio al paradero, más CT necesitarían. Si pudieran conseguir crédito de quien les hace la movilidad y/o de quien les brinda el almuerzo necesitarían menos CT y, por tanto, ya no requerirían adelanto de sueldos.
Podría pensarse que esto, de que un trabajador que ingresa a laborar a una empresa cuente con capital de trabajo, se da por descontado. La cuestión es, ¿todos tendrán los recursos para cubrir sus gastos operativos por adelantado?, ¿alguna institución financiera se animaría a ofrecer un CT para personas dependientes? No cabe duda de que tendría que ser de muy corto plazo.
Alguien podría preguntarse por el riesgo asociado. ¿Qué pasa si este trabajador no completa siquiera el primer mes o quincena y no pueda pagar? Pues, es el mismo riesgo que se corre cuando el CT es para un negocio, pues nada asegura que quien lo solicita va a tener éxito y va a querer pagar lo solicitado.