Las acciones frente a la perspectiva laboral

Carlos Cadillo Ángeles, socio de Miranda & Amado, comenta los alcances de la última edición del Índice Global de los Derechos y los resultados de 2023 de la Confederación Sindical Internacional. Dicho reporte señala que 9 de cada 10 países vulnera el derecho a la huelga

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En el Perú, solo el 30% de personas en edad laboral son trabajadores formales.
En el Perú, solo el 30% de personas en edad laboral son trabajadores formales.

A fines de junio se publicó la 10ª edición del Índice Global de los Derechos y los resultados de 2023 de la Confederación Sindical Internacional. Se trata de un reporte que incluye el grado de respeto legal de los derechos laborales colectivos a nivel internacional, con datos de abril de 2022 a marzo 2023.

Dicha publicación se ha elaborado con la información proporcionada por 331 centrales sindicales nacionales afiliadas a dicha Confederación, que se encuentran en 163 países. Por eso, el reporte tiene la opinión de los trabajadores, pues no contiene la versión de los empleadores o de los Estados, ni los pronunciamientos de las autoridades o jueces laborales. Sin embargo, resulta interesante para tomar en cuenta la perspectiva que tienen actualmente los trabajadores y los sindicatos, a efectos de que los empleadores revisen y verifiquen si vienen cumpliendo con la normativa laboral, busquen y cuenten con el respaldo legal en aquellos temas sensibles, elaboren planes de acción y realicen las medidas preventivas, según corresponda a la realidad específica de cada organización y de las relaciones laborales individuales y colectivas.

El punto de vista que recoge el reporte no es favorable porque señala que 9 de cada 10 países vulnera el derecho a la huelga. Entre los actos que afectan este derecho se encuentran los despidos y las denuncias penales por ejercer la huelga, y las demandas de daños y perjuicios por las pérdidas económicas ocasionadas por la huelga. Además, se indica que 8 de cada 10 países vulnera el derecho a la negociación colectiva. Como los actos que afectan este derecho se mencionan la negativa a cumplir los convenios colectivos, el rechazo a los sindicatos establecidos y la realización de negociaciones con sindicatos que no representan genuinamente a los trabajadores. Cabe precisar que, respecto de la región de las Américas, los porcentajes son similares; pues, el reporte señala que en el 92% de los países se ha vulnerado el derecho a la huelga y en el 76% de los países, el derecho a la negociación colectiva.

Frente a este reporte, se recomienda realizar una difusión permanente sobre la normativa laboral y cómo se debe aplicar en la práctica. También, hacer públicas las buenas prácticas de los empleadores, sea porque cumplen la ley en un mercado laboral mayoritariamente informal, porque la superan o porque adoptan decisiones teniendo a los trabajadores como prioridad. Asimismo, dentro de cada organización, es recomendable que se comuniquen todas aquellas acciones que se realizan en favor del personal. Estas acciones ayudarán a tener una visión completa de los temas laborales, que se diferencien y reconozcan a los empleadores que cumplen sus deberes e invierten en el personal, y que se forje o refuerce el mensaje de que existen relaciones laborales son armoniosas y colaborativas.

Por otro lado, el reporte señala que los trabajadores tienen la necesidad de solicitar mejoras salariales, porque mantienen los mismos salarios y se ha incrementado el costo de vida, debido a la coyuntura económica que viene afectando a los distintos países. Al respecto, cabe indicar que se trata de una situación que puede llevar a negociaciones difíciles y a no llegar a acuerdos dentro de los plazos habituales a cada negociación, con el riesgo de que existan conflictos abiertos o que se apliquen medidas o mecanismos de solución que no se presentaron en las negociaciones anteriores. Además, puede generar que los trabajadores presenten solicitudes individuales o busquen conversar sobre su situación particular y obtener alguna mejora.

Por ello, resulta importante que los empleadores cuenten y difundan sus políticas de compensaciones y beneficios con las reglas que rigen internamente; diseñen las estrategias de negociación o los planes estratégicos de mejora o de retención, según las posibilidades económicas y considerando los beneficios no salariales que se pueden ofrecer; evalúen los casos que se presenten y tengan respuestas claras y uniformes; y, tengan en cuenta el mercado laboral y el impacto que puede causar la rotación en la organización. Estas son algunas medidas que permitirán afrontar la coyuntura y mitigar conflictos o reclamos laborales.

Carlos Cadillo
Carlos Cadillo
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