El presidente del Congreso de la República, José Williams, consideró que la mandataria Dina Boluarte debe observar la autógrafa de la ley que limita la colaboración eficaz. Dicho proyecto ha sido blanco de críticas por parte de juristas, parlamentarios, instituciones y exprocuradores debido a que fija un plazo reducido de ocho meses para que se concrete el referido proceso especial.
“Yo creo que (los exprocuradores) están en su derecho. Pienso que esa ley, en lo personal, debe ser observada. Esa ley debe volver al Congreso y debatirse algo más. ¿Por qué? Porque ha ocasionado opiniones diversas. Hay algunos que piensan que el plazo debe estar enmarcado dentro de los 36 meses, que es lo que dura la fase de la investigación preparatoria (en casos de organizaciones criminales) y otros consideran que pueden 8 meses llevado a 16 meses para casos del que nos referimos que es como cuando hay organización criminal”, dijo Williams a la prensa.
Para el titular del Parlamento, el periodo para que el representante del Ministerio Público reciba la solicitud del aspirante a colaborador eficaz, haga las corroboraciones necesarias y celebre el acuerdo de beneficios, no debe superar los 30 meses.
“Creo que debe haber un plazo, probablemente, pueda estar entre 25 y 30 meses. Por ahí. Es cuestión de decidirlo, no pueden ser eternos. Si alguien va a colaborar pues que ya lo haga, pero tampoco se le puede recortar a la Fiscalía o fiscales no solamente se las da el que pretende ser colaborador eficaz, sino que tiene que buscarla en otras fiscalías, en otras regiones y también en el extranjero. Y eso amerita un poco más de tiempo”, agregó Williams Zapata.
Congreso envió autógrafa al Poder Ejecutivo
El último lunes, el presidente del Congreso, José Williams, y la primera vicepresidenta del Parlamento, la fujimorista Martha Moyano, remitieron al Despacho Presidencial la autógrafa de la norma que debilita la colaboración eficaz.
Ahora, la mandataria Dina Boluarte deberá decidir si promulga la norma o plantea observaciones al texto, tal como lo dispone el artículo 108 de la Constitución Política del Perú.
“Si el presidente de la República tiene observaciones que hacer sobre el todo o una parte de la ley aprobada en el Congreso, las presenta a éste en el mencionado término de 15 días”, establece dicho apartado.
No obstante, pese a que han pasado 12 días desde que el Pleno del Congreso aprobara la cuestionada norma, la jefa de Estado ha optado por guardar silencio. En tanto, los ministros de Estado han sido ambiguos en sus declaraciones. Tal es el caso del premier Alberto Otárola, Daniel Maurate (Justicia y Derechos Humanos) y Nelly del Castillo (Desarrollo Agrario y Riego).
Boluarte Zegarra tiene plazo para observar la autógrafa de ley que limita la colaboración eficaz hasta el lunes 24 de julio.
En caso de que no formule objeciones al texto ni ordene publicar la norma en el Diario Oficial El Peruano, el Congreso está habilitado de ordenar la promulgación de la ley. Así lo dispone el artículo 80 del Reglamento del Poder Legislativo.
“Si no tiene observaciones, el presidente de la República promulga la ley, ordenando su publicación. Si vencido el término de quince días, el presidente de la República no promulga la proposición de ley enviada, la promulga el presidente del Congreso”, se lee en el mencionado artículo.