En su última sesión de la legislatura, el Pleno del Congreso aprobó el proyecto de ley para “fortalecer” la colaboración eficaz —proceso especial donde un investigado admite la comisión de delitos y aporta pruebas para sancionar a otros implicados, a cambio de beneficios como reducción de pena— con una alta votación: 83 votos a favor, 27 en contra y tres abstenciones.
En la práctica, la modificación promovida por el perulibrista Américo Gonza debilita el proceso de colaboración eficaz, tal como lo alertaron la Fiscalía de la Nación, la Procuraduría General del Estado, el Poder Judicial, la Defensoría del Pueblo y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Todas estas entidades coincidieron, en sendos informes remitidos al Parlamento, en que la reforma no es viable en la lucha contra la corrupción en el Perú.
La norma aprobada, que puede ser observada por el Gobierno de la presidenta Dina Boluarte, fija un plazo de 8 meses —en un inicio el proyecto planteaba 4 meses— para que el fiscal a cargo acepte la solicitud del aspirante a colaborador eficaz, haga las corroboraciones pertinentes y pactar el acuerdo de beneficios. El texto plantea que dicho lapso de tiempo puede ser extendido por 4 meses por “razones justificadas” y 8 meses en casos en los que se investiga a una organización criminal.
Fiscalía: “No resulta adecuado fijar un plazo”
La primera institución en oponerse a la propuesta fue la Fiscalía de la Nación, entidad que tiene a su cargo la colaboración eficaz. En noviembre de 2021, la entonces titular del Ministerio Público, Zoraida Ávalos, envió un informe elaborado por su gabinete de asesores a la congresista Gladys Echaíz, quien en ese momento presidía la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, en el que advierte, entre otros, que fijar un plazo “no resulta adecuado” toda vez que el tiempo que lleve hacer las verificaciones de la data brindada por el colaborador eficaz “depende de la amplitud de las declaraciones y de la información que progresivamente pudiera aportar”.
Pese a las observaciones planteadas, la comisión dictaminó a favor, por lo que Ávalos Rivera envió un segundo informe en febrero de 2022. Esta vez en la elaboración del documento en mención también participaron los coordinadores de las Fiscalías Especializadas en Corrupción de Funcionarios; Crimen Organizado; Lavado de Activos y del Equipo Especial Lava Jato; Derechos Humanos, Interculturalidad y Terrorismo; y la Oficina Técnica del Nuevo Código Procesal Penal del Ministerio Público.
A comparación del primer informe, en este hay una posición más contundente e incluso se califica a la iniciativa como un “sinsentido”. Se denuncia que el plazo de 8 meses “ni siquiera tiene consonancia” con los tiempos que prevé la ley en casos de organizaciones criminales (36 meses). “Aplicar los plazos del citado proyecto haría prácticamente imposible que se puedan llevar a cabo todas las etapas del proceso especial de colaboración eficaz, puesto que se requiere realizar una diversidad de actos de investigación tendentes a corroborar lo declarado”, reclaman.
“Establecer que el proceso de colaboración eficaz tenga una duración, como lo propone el proyecto, es irreal, y en la práctica solo significaría que muchos de estos procesos sean declarados caducos por exceso del plazo. En otros términos, a diferencia de las otras modificaciones como la propuesta, esta norma no solo constituye un desincentivo a la colaboración eficaz, sino que el proceso especial se tornaría en ineficaz y caería en desuso”, protestan.
Durante la gestión de Patricia Benavides, la Fiscalía de la Nación no ha emitido un pronunciamiento rechazando las reformas que se pretende incorporar al mecanismo de colaboración eficaz.
Poder Judicial: Congresistas no tomaron en cuenta los plazos reales
La segunda institución en alzar su voz de protesta contra la pretensión de un sector del Congreso fue el Poder Judicial. El gabinete de asesores de la entonces presidenta del PJ, la jueza suprema Elvia Barrios, indicó que el proyecto “no tomó en consideración los plazos reales para obtener un acuerdo de colaboración aprobado judicialmente”.
“En la práctica muchas diligencias de corroboración pueden no ser satisfechas en corto tiempo por motivos ajenos al propio solicitante a colaborador o al de la propia administración de justicia (por ejemplo para acceder a base de datos de correos electrónicos, los casos de asistencia judicial internacional, o para la realización de pericias especializadas), todo lo cual conllevaría ante la propuesta planteada a desincentivar al acogimiento de colaboración, pues de no poder acceder en el tiempo señalado a la obtención de pruebas de corroboración, conllevará a entender la no presentación del mismo. Por lo que dicha propuesta de modificación tampoco resulta viable”, se lee en el informe.
Procuraduría: “Contraviene la política criminal del Estado”
La Procuraduría General del Estado argumentó que limitar la colaboración eficaz no resultaría beneficioso para la defensa de los intereses del Estado. Para emitir este informe, se tomó en cuenta las opiniones de la Procuraduría Pública Ad hoc para el caso Lava Jato y las Especializadas en Delitos de Terrorismo; en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio; en Delitos contra el Orden Público; y en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas.
Al respecto, mencionan que el plazo propuesto “no es razonable” ya que la colaboración eficaz es una herramienta que la Fiscalía usa principalmente en casos declarados complejos, lo que implica un tiempo considerable para hacer las corroboraciones respectivas. Como se indicó líneas arriba, en casos de organizaciones criminales las diligencias pueden llegar a durar hasta 3 años.
Por ello, la Procuraduría sostiene que el proyecto contradice jurisprudencia de la Corte Suprema, sentencias del Tribunal Constitucional y la posición jurídica del Ministerio Público.
“Un plazo en esos términos resultaría más en un impedimento parar celebrar los acuerdos antes que propiciarlos o asegurarlos, tornando a este proceso, en los hechos, en ilusorio e ineficaz pues la alta complejidad de este tipo de procedimientos, así como de los delitos involucrados en su aplicación, en términos empíricos resultaría materialmente imposible que el proceso culmine en poco tiempo. Es más, en muchos casos, su trámite amerita la activación de canales internacionales tales como la Cooperación Jurídica Internacional, situación que genera la necesidad de la ampliación de su duración”, se lee en el informe.
Por esta, y otras consideraciones, la institución que lidera Daniel Soria concluyó que la aprobación de la iniciativa “generaría una afectación de la efectividad de la defensa del Estado, debilitando asimismo la eficacia de la colaboración eficaz de cara a la persecución del delito, contraviniendo la política criminal del Estado”. Incluso, luego de la aprobación por parte del Congreso, solicitó a la mandataria observar la autógrafa.
Ministerio de Justicia: “Resultaría contraproducente”
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se sumó a las críticas contra la pretensión del Congreso de limitar la colaboración eficaz. A través de un informe elaborado por la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, la cartera recuerda que este proceso especial al que se pueden acoger personas procesadas consta de 6 etapas: calificación, corroboración, celebración del acuerdo, acuerdo de beneficios, control judicial y revocación.
Al igual que las otras opiniones técnicas, la comisión reitera al Parlamento que la duración “puede variar y extenderse según la complejidad del caso”.
“Limitarlo resultaría contraproducente para lograr el objeto y finalidad del proceso de colaboración eficaz. En todo caso, el establecimiento de un plazo debe ser objeto de un cuidadoso análisis de acuerdo al caso concreto y en ningún supuesto ese plazo debe constituir una limitación para lograr el objetivo y finalidad de este proceso especial”, reza el texto.
Defensoría: “Es preocupante que se insista en fijar un plazo”
La Defensoría del Pueblo —antes de ser tomada por el Congreso— rechazó que en el dictamen se insista con establecer un periodo de tiempo para concretar la colaboración eficaz y calificaron esta tentativa como “preocupante”.
“Consideramos preocupante que se insista en la idea de fijar un plazo de 8 meses para la culminación del mismo. Dada la complejidad de este tipo de procesos, una medida de esta naturaleza dificultaría su eficacia debido a la premura con la cual se tendrían que realizar las diligencias de corroboración entre otros aspectos. A juicio institucional, el diseño legal vigente del proceso por colaboración eficaz, si bien puede mejorarse, ha contribuido a combatir organizaciones criminales, siendo por ello necesario evitar reformas legislativas que le impidan alcanzar sus fines”, se lee en el escrito suscrito por la exprimera adjunta encargada, Alicia Abanto.
En esa línea, invocan al Congreso a reflexionar sobre la pertinencia de implementar modificaciones al instituto de la colaboración eficaz.