La ministra de Educación, Magnet Márquez, se pronunció con relación al proyecto de ley que propone el nombramiento automático de docentes con más de 3 años de experiencia como contratados. Instó a los congresistas a realizar una reflexión profunda y reconsiderar esta norma que va en contra del principio de meritocracia y de las reglas que garantizan una educación de calidad para todos los estudiantes.
“Se ha aprobado una ley que va en contra de la meritocracia y que, en realidad, ahonda más la brecha de calidad en educación porque no nos permite escoger a los mejores docentes para los alumnos de la educación pública”, expresó la titular de Educación tras reunirse con los congresistas para expresar su postura y preocupación del Poder Ejecutivo sobre esta medida.
“He visto la preocupación de muchos congresistas que están a favor de la meritocracia y con esta ley estamos yendo en contra de la calidad educativa... Esperamos haber generado un espacio para que el Congreso pueda reflexionar sobre esta medida y se pueda tomar acciones... Es preocupante porque en realidad no ha tenido el debate adecuado”, añadió.
En sus declaraciones, la ministra enfatizó que el proyecto de ley aprobado afecta el derecho a la igualdad de oportunidades de miles de postulantes que participan en los concursos de ingreso, así como de los maestros que han obtenido su nombramiento basándose en sus méritos y desempeño.
Derecho a recibir una educación de calidad
Márquez destacó la responsabilidad del Estado en hacer respetar y cumplir los derechos consagrados en la Constitución, entre ellos el derecho a recibir una educación de calidad por parte de los más de 8.5 millones de estudiantes del país. Enfatizó que para lograrlo, el Ministerio de Educación cuenta con procedimientos que garantizan la meritocracia y aseguran que los docentes seleccionados sean los más capacitados para ofrecer una educación de calidad.
Además, hizo hincapié en que el ingreso a la Carrera Pública Magisterial se lleva a cabo mediante un concurso público, donde los postulantes son sometidos a una evaluación nacional y descentralizada que evalúa sus conocimientos, habilidades pedagógicas, formación, méritos y experiencia.
Aseguró que un nombramiento automático, como el propuesto en el proyecto de ley, afectaría el derecho a la igualdad de oportunidades tanto de los postulantes como de los maestros que han obtenido su nombramiento basándose en sus méritos, según precisó la ministra Márquez.
Ejecutivo observará la ley
Magnet Márquez anunció que el Ejecutivo evaluará detenidamente la ley aprobada en las próximas horas. Expresó que, si bien comprende el argumento de reconocer el trabajo de los docentes contratados, el proceso de nombramiento de profesores se basa en concursos donde se selecciona a los mejores candidatos.
“Si estamos hablando que profesores contratados por tan solo acumular tiempo de servicio puedan ser nombrados, estamos dejando de lado a los que realmente se han capacitado. No quiero decir que también (se estén preparando) los contratados”, precisó la ministra.
Nombramiento excepcional de docentes contratados
El Congreso de la República aprobó el dictamen respaldando la autorización excepcional de nombramiento para docentes contratados en educación básica regular, basado en el proyecto de ley 1587. Esta iniciativa legislativa se unió a los proyectos de ley 1231/2021, 1293/2021, 2534/2021 y 2366/2021. La votación registró ochenta votos a favor, veintiocho en contra y seis abstenciones, y fue exonerada de segunda votación.
José Luna Gálvez, de Podemos Perú, titular de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República, explicó que el propósito de esta iniciativa es permitir de manera excepcional el nombramiento de docentes contratados en educación básica regular que hayan obtenido una plaza presupuestada orgánica a través de un concurso público de méritos y que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley 29944, conocida como Ley de Reforma Magisterial.
El proyecto de ley abarca a los docentes contratados en educación básica regular que cuenten con más de tres años de servicio, y se detallaron los requisitos para este nombramiento excepcional.
El Congreso explicó que: “pueden acogerse a la presente ley los docentes que, a la entrada en vigor de la presente ley, cumplan tres o más años de contrato vigente acumulado hasta la actualidad; o, tres o más años de contratación acumulada. Además, quienes hayan accedido a la plaza del contrato mediante concurso público, si es que la plaza a la que aspira para el nombramiento está vacante y formalmente presupuestada”.