Fonavi: aprueban norma que facilita devolución de aportes a beneficiarios

La ley aprobada el miércoles por el Congreso de la República permite devoluciones parciales y obtuvo un respaldo de 110 votos a favor, ningún voto en contra y una abstención.

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El cambio permitirá la devolución parcial del dinero con cargo a una posterior cancelación, además de reconocer el derecho de devolución a los herederos. (Andina)
El cambio permitirá la devolución parcial del dinero con cargo a una posterior cancelación, además de reconocer el derecho de devolución a los herederos. (Andina)

El dictamen del proyecto de ley que modifica la Ley 29625, conocida, como la Ley de devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores contribuyentes, fue aprobado el miércoles por el Pleno del Congreso de la República. El cambio permitirá la devolución parcial del dinero con cargo a una posterior cancelación, además de reconocer el derecho de devolución a los herederos en caso de fallecimiento de los trabajadores que contribuyeron al Fonavi.

La iniciativa legislativa se basa en los proyectos de ley 696/2021 y 4702/2022, y obtuvo un respaldo de 110 votos a favor, ningún voto en contra y una abstención. Además, se exoneró de la segunda votación.

La titular de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, Rosangella Barbarán Reyes (FP), explicó que esta medida se logra mediante la modificación del artículo 4 de la Ley 29625 y la incorporación del artículo 4-A. El primer artículo reconoce el derecho a la devolución y el siguiente crea una Comisión Ad Hoc encargada de aplicar los procedimientos necesarios para cumplir con lo establecido en los artículos 2 y 3 de la Ley 29625.

La inclusión del término “ad hoc” es importante, según explicó, ya que esta Comisión es reconocida y su instalación no presenta inconvenientes, lo que facilita la aplicación de los procedimientos necesarios.

La Comisión Ad Hoc deberá priorizar la atención a las personas mayores de sesenta y cinco años, a los registrados en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) y a aquellos que padezcan alguna enfermedad grave o terminal, ya sean titulares o herederos.

La Comisión Ad Hoc deberá priorizar la atención a las personas mayores de sesenta y cinco años. (Andina)
La Comisión Ad Hoc deberá priorizar la atención a las personas mayores de sesenta y cinco años. (Andina)

MEF coordina con Comisión Ah doc

El 2 de mayo el ministro de Economía y Finanzas, Alex Contreras, sostuvo que su cartera coordinararía con la Comisión Ad Hoc encargada de hacer efectiva la devolución de los aportes del Fonavi para iniciar el proceso en el menor tiempo posible.

“Vamos a coordinar con la Comisión que ve el tema de Fonavi para corregir algunos aspectos legales con el fin de iniciar el proceso lo más rápido posible”, señaló a su salida de la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República.

Además, el ministro afirmó que el Fonavi cuenta con los recursos para atender la deuda social.

“El Tribunal Constitucional ya se pronunció sobre el monto de la deuda, entonces lo que hemos dicho como MEF es que, dado que ya se definió el tema, es importante que se empiece a pagar”, dijo.

Fallo del TC

El 21 de marzo de este año, el Pleno del Tribunal Constitucional (TC) resolvió, por mayoría, una demanda de inconstitucionalidad planteada por el Poder Ejecutivo contra el Congreso de la República, en la que cuestionaba la Ley 31173, la cual garantiza el cumplimiento de la ley sobre devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores.

El colegiado declaró fundada en parte la demanda de inconstitucionalidad y consideró que los fonavistas solo deben recibir los aportes que realizaron, pero no los efectuados por los empleadores, incluidos el Estado y otros.

Aquella vez, el TC exhortó al Poder Ejecutivo y al Congreso para que implementen todas aquellas medidas que permitan continuar con el proceso de devolución de los aportes a los contribuyentes al Fonavi, tal y como se precisó en los fundamentos 58 y 59 de esta sentencia recaída en el expediente 00016-2021-PI/TC.

El fallo del TC buscaba garantizar los principios constitucionales en favor de la estabilidad fiscal y los procedimientos presupuestarios que garanticen la gobernabilidad del país. La decisión también aseguraba la devolución de los aportes efectivos de los trabajadores de forma actualizada con la tasa de interés legal.

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